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Decreto Local 5 de 2012

Decreto Local 5 de 2012 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
5
Año
2012
Fecha
13 de febrero de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**DECRETO LOCAL 5 DE 2012 (Febrero 13) "Por el cual se conforma el Consejo de Planeación Local (CPL) de la Localidad Cuarta de San Cristóbal LA ALCALDESA LOCAL DE SAN CRISTÓBAL (E) En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993 y el Acuerdo No. 13 de 2.000

CONSIDERANDO:

Que el Concejo Distrital expidió el Acuerdo 13 del 26 de Junio de 2000, mediante el cual se reglamentó la participación ciudadana en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del Plan de Desarrollo Económico y Social, para las diferentes localidades que conforman el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

Que en virtud de lo establecido en el artículo 5° capítulo II del citado Acuerdo, se deberá crear e integrar el Consejo de Planeación en cada localidad del Distrito Capital, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la Localidad, integrado por un representante de las siguientes organizaciones, con asiento en la Localidad: • Asociación de Juntas de Acción Comunal • Asociación de Padres de Familia • Organizaciones Juveniles • Rectores de establecimientos educativos • Organizaciones de Comerciantes • Organizaciones de Industriales • Gerentes de Establecimientos de Salud Pública • Organizaciones no Gubernamentales • Comunidad Indígena • Comunidad Étnica • Organizaciones Ambientales • Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados • Consejo Tutelar Que el Secretario Distrital de Gobierno, expidió la circular No. 001 del 6 de enero de 2012, por medio de la cual se reglamenta el proceso de elección de miembros de los Consejo de Planeación Local, y se recomienda la vinculación como delegadas y delegados de algunas organizaciones no incluidas en el acuerdo No. 13 de 2000, con presencia, vigencia y trabajo local y la Circular No. 007 del 25 de enero de 2012, mediante la cual se aclara la circular 001, en el sentido de indicar que esta participación será democrática como invitados.

Que la Alcaldía Local de San Cristóbal, realizó la convocatoria pública para la conformación del Consejo de Planeación Local, del 2 al 12 de enero de 2012, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del Acuerdo No. 13 del 26 de junio de 2000, proferido por el Concejo Distrital.

Que la Alcaldía Local de San Cristóbal, durante los días 13 de enero al 2 de febrero de 2012, adelantó el procedimiento de acreditación de los representantes de Asociaciones, Organizaciones y Sectores, para la conformación del Consejo de Planeación Local.

Que vencidos los términos de acreditación e inscripción por parte de las distintas organizaciones, asociaciones y sectores, contemplados en el artículo 5°, capítulo II del Acuerdo No. 13 de 2000, se inscribieron un total de ciento noventa y siete (197) representantes de organizaciones locales de los distintos sectores.

Que ante la acreditación de varios representantes o delegados del mismo sector u organización, se adelanto por parte de la Alcaldía Local de San Cristóbal, durante los días 6, 7 y 8 de febrero de 2012, la elección del representante de cada uno de los sectores que acreditaron varios representantes.

Que el proceso de elección de los representantes de los diferentes sectores para la conformación del Consejo de Planeación Local, se adelantó de forma democrática y con la observancia de los principios de publicidad, transparencia, imparcialidad y demás principios que rigen la función Administrativa, en cumplimiento de los requisitos y calidades conforme a lo establecido en los artículos 6° y 8°, del Acuerdo No. 13 de 2000. La Alcaldesa Local En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

- Instálese el Consejo de Planeación Local de la LOCALIDAD SAN CRISTOBAL, el cual estará conformado por los representantes de los siguientes sectores: | SECTOR | REPRESENTANTES Y/O DELEGADOS ---|--- Asociación de Juntas de Acción Comunal. | Miguel Antonio Moreno Bonilla Asociación de Padres de Familia. | Gladys Marina Pineda Tovar Organizaciones Juveniles. | Fredy Alberto Gallego Díaz Rectores de establecimientos educativos. | Guillermo León Montenegro Pava Organizaciones de Comerciantes. | Iván Darío Lemus Chauta Organizaciones de Industriales. | Yoban Sanabria Manrique Gerentes de Establecimientos de Salud Pública. | Argemiro Rincón Ortiz Organizaciones No Gubernamentales. | Moisés Alirio Castillo Prieto Organizaciones Ambientales. | Elba Azucena Parrado Hortúa Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. | José del Carmen Martínez Arias Comunidad Indígena. | Taita Marcelino Chindoy Chicunque Comunidad Étnica. | Ángela Ximena Conto Muñoz Consejo Tutelar. | Amparo García Pedreros

**

Artículo segundo.

-

Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local a partir del año 2012 hasta el año 2015, conforme con lo establecido en el artículo 9° del Acuerdo No. 13 de 2000.

Parágrafo. -

En caso de faltas absolutas de los consejeros de planeación local se convocará a elección con las personas inscritas por el respectivo sector. En caso de no postularse ningún aspirante o no presentarse ningún inscrito y de no haber quórum necesario se designará a la persona que haya obtenido la siguiente votación por sector. En todo caso el período de los consejeros no podrá ser superior a lo escrito en el inciso anterior.

Artículo tercero.

-

El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los artículos 10° y 11° así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo No. 13 de 2000.

Artículo cuarto.

-

Los representantes y delegadas o delegados al Consejo de Planeación Local, no recibirán remuneración alguna y su participación será ad honorem.

Artículo quinto.

-

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2012.

MARIA DEL PILAR MUÑOZ TORRES Alcaldesa Local San Cristóbal (E)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4835 de febrero 14 de 2012 **

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