Decreto Local 004 de 2012
Decreto Local 004 de 2012 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 004
- Año
- 2012
- Fecha
- 13 de febrero de 2012
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
** DECRETO LOCAL 004 DE 2012 (Febrero 13) _Por el cual se instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad de Ciudad Bolívar, de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo No. 13 de junio 26 de 2000 del Concejo de Bogotá_ EL ALCADE LOCAL (E) DE CIUDAD BOLÍVAR En uso de sus facultades legales que el confiere el artículo 7° del Acuerdo No. 13 de 2000
CONSIDERANDO:
1.
Que en virtud del artículo 5° capítulo II del Acuerdo No. 13 de 2000 se deberá crear e integrar el Consejo de Planeación en cada Localidad, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la Localidad, integrado por un representante de las siguientes organizaciones, con asiento en la Localidad: • Asociación de Juntas de Acción Comunal. • Asociaciones de Padres de Familia • Organizaciones Juveniles. • Rectores de Establecimientos educativos. • Organizaciones de Comerciantes. • Organizaciones de industriales. • Gerentes de establecimientos de salud pública local. • Organizaciones no gubernamentales. • Organizaciones ambientales. • Consejo Tutelar. • Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. Adicionado por el Acuerdo Distrital 436 de 2010 • Organizaciones de las comunidades indígenas y étnicas • Organizaciones campesinas 2.
Que en virtud del parágrafo único del artículo 5° Capítulo II del Acuerdo 110 de 2003 para los efectos del cumplimiento de la función de participación en la formulación y seguimiento de políticas en la planeación del desarrollo Local en el tema de infancia y de seguimiento y veeduría a los proyectos, programas y presupuestos anuales, el Consejo Tutelar eligió su representante para el Consejo Local de Planeación. 3.
Que se realizó la convocatoria ciudadana por parte de la Alcaldía Local para la conformación del Consejo Local de Planeación de acuerdo a lo estipulado en el Acuerdo No. 013 de 2000 en artículo 6° y como lo estableció las Circulares 001 y 007 de enero de 2012 de la Secretaria Distrital de Gobierno. 4.
Que una vez vencidos los términos de acreditación e inscripción por parte de las distintas organizaciones contempladas en el Acuerdo No. 13 capítulo II artículo 5° fueron inscritos un total de doscientos ochenta ocho (288) representantes de organizaciones locales de los distintos sectores. 5.
Que una vez realizada la elección de cada uno de los representantes de los distintos sectores al Consejo de Planeación Local de acuerdo a las calidades estipuladas en el artículo 8° y los términos del artículo 6° del Acuerdo No. 013 de 2000.**
DECRETA:
Artículo primero.
-** Instálese el Consejo de Planeación Local de la Localidad de Ciudad, el cual estará conformado por los representantes de los siguientes sectores: |
SECTOR | REPRESENTANTE ---|--- Asociación de Juntas de Acción Comunal. | Julio Armando Fuentes Rojas | C.C. No. 19.350.899 Asociación de Padres de Familia. | Oscar Duarte Niño | C.C. No. 80.097.341 Organizaciones Juveniles. | Ana Marcela Silva Penagos. | C.C. No. 52.535.698 Rectores de establecimientos educativos. | Albeiro Soacha Taborda | C.C. No. 6.465.234 Organizaciones de Comerciantes. | Karolx Guillena Rizo Pico | C.C. No. 52.242.111 Gerentes de Establecimientos de Salud Pública. | Esmit Torres Monrras | C.C. No. 40.399.917 Organizaciones no Gubernamentales. | Tatiana Sabogal Méndez | C.C. No. 52.218.987 Organizaciones Ambientales. | Willington Rocha León | C.C. No. 79.897.165 Organizaciones de Comunidades Campesinas. | Carlos Alberto Becerra | C.C. No. 19.309.611 Consejo Tutelar. | Luis María Lizarazo Sanguino | C.C. No. 19.114.999 Organizaciones Étnicas Afrodescendientes. | Adíela Dagua Aponza | C.C. No. 41.636.928 Organizaciones Indígenas. | Joel Uribe Sierra | C.C. No. 79.719.611 Organizaciones de Industriales. | Julio Gustavo Ovalle Bohórquez | C.C. No. 79.267.337 Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados | Lucio Alejandro Garzón | C.C. No. 17.220.283
Artículo segundo.
-** Que mediante Circular No 001 y Circular No 007 del mes de enero de 2012 expedidas por la Secretaria Distrital de Gobierno en la cual se recomendó la vinculación de delegados y delegadas de sectores que no se encuentran incluidos en el Acuerdo 013 de 2000, como invitados permanentes al Consejo Local de Planeación sin que por ello sea improcedente la participación democrática como invitados y voceros de los sectores que no están incluidos en el Acuerdo 13 de 2000.
Los Delegados y Delegadas al Consejo Local de Planeación de los sectores no incluidos en el Acuerdo 13 de 2000, estarán conformado por los representantes de los siguientes sectores:
SECTOR | DELEGADO (A) ---|--- LGBTI. | Graciela Lozada Cuellar | C.C. No. 52.037.603 Propiedad Horizontal. | Luis Alberto Reyes Vargas | C.C. No. 79.250.982 Comité de Participación Comunitaria COPACO | Rosalba Gutiérrez | C.C. No. 20.563.713 Deportes | Cesar Alfredo Valencia Celis | C.C. No. 79.537.191 Mujer y Genero | Flor Yolanda Moreno | C.C. No. 51.577.288 Cultura Arte y Patrimonio | Marina Meza Alarcón | C.C. No. 51.651.391 Desplazados y Victimas del Conflicto armado | William Peña Ocampo | C.C. No. 96.330.047 Discapacidad | Diego Javier Rodríguez | C.C. No. 80.126.238 Dirección Local de Educación en representación de los Colegios Oficiales | José Benigno Segura Velásquez | C.C. No.19.167.526
Artículo tercero.
-** Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local conforme a lo establecido en el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3784#9) del Acuerdo No. 13 de 2000.
Artículo cuarto.
-** Con el fin de asegurar la presencia permanente de representantes de los diferentes sectores en el Consejo de Planeación Local, sé asignan como suplentes, quienes harán las veces de los Consejeros y Delegados principales únicamente cuando éstos falten de manera temporal o absoluta:
SECTOR | SUPLENTES REPRESENTANTES ---|--- Asociación de Padres de Familia. | Hebert Granados Mora | C.C. No. 79.258.617 Organizaciones Juveniles. | Sandra Milena Useche | C.C. No. 52.489.911 Rectores de establecimientos educativos. | Nohora Lilia Molina de Moreno | C.C. No. 20.896.080 Organizaciones de Comerciantes. | José Humberto Buitrago | C.C. No. 19.109.697 Organizaciones no Gubernamentales. | Neyl Fernando Rocha | C.C. No. 79.540.257 Organizaciones Ambientales. | Javier Mauricio Arias Ramírez | C.C. No. 79.768.396 Organizaciones de Comunidades Campesinas. | Luis Fernando Porras Galindo | C.C. No. 80.742.693 Organizaciones Étnicas Afrodescendientes. | Alberto Antonio Angulo Quiñonez | C.C. No. 16.594.984 Organizaciones Indígenas. | María Marleny Jajoy Tisoy | C.C. No. 52.499.565 Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados | Sixta Tulia Torres | C.C. No. 20.338.837 SECTOR | SUPLENTES DELEGADO (A) Propiedad Horizontal. | German Moncada Peña | C.C. No. 79.297.039 Mujer y Genero | Ana Silvia Romero | C.C. No. 41.354.509 Desplazados y Victimas del Conflicto armado | Elizabeth Acosta Serrano | C.C. No. 28.816.851 Discapacidad | Luz Mery Sánchez | C.C. No. 51.669.123
Artículo quinto.
-** El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en el artículo 10° y 11° así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo No. 013 de 2000.
Artículo sexto.
-** Este Decreto Local rige a partir de la fecha de su sanción.
** PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C. a los 13 días del mes de febrero del año 2012 MELQUISEDEC BERNAL PEÑA Alcalde Local (E) de Ciudad Bolívar NOTA: Publicado en el Registro Distrital 4841 de febrero 22 de 2012 **
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