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Decreto Local 025 de 2012

Decreto Local 025 de 2012 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
025
Año
2012
Fecha
26 de diciembre de 2012
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 025 DE 2012

(Diciembre 26) [Liquidado por el Decreto Local 026 de 2012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51207#0)

_Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2013_**

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el artículo17 del Decreto 372 del 2010.

CONSIDERANDO:

1.

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010. 2.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2012EE260760 de 1 de Noviembre de 2012, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $13.450.472.000.00 para la vigencia. 3.

Que mediante Circular No. 06 de fecha 30 de Noviembre, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No. 15 del 28 de Noviembre de 2012 emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2013, por la suma de $27.241.494.856.00.

4.

Que mediante oficio No. 20120220187641 de diciembre 3, radicado 963, la administración local radicó en la Junta Administradora Local, el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013. 5.

Que con oficio 755 de diciembre 11, radicado 2012022013634, la Junta Administradora Local de Chapinero radica en la Alcaldía Local, la ponencia positiva modificatoria al Proyecto de Acuerdo presentado por el Alcalde Local. 6.

Que en comunicación escrita No. 20120200193411 de diciembre 14 la Administración local acepta parcialmente las modificaciones propuestas por la JAL de Chapinero al Proyecto de Acuerdo. 7.

Que en sesión de fecha 12 de diciembre de 2012, la Junta Administradora Local de Chapinero realiza el primer debate al Proyecto de Acuerdo, el cual no es aprobado por parte del cuerpo edilicio y por tanto la JAL, no expide el Acuerdo Local del Presupuesto de Chapinero para la vigencia 2013. 8.

Que se aclara que el rubro 3 GASTOS por valor de $27.241.494.856,00, se desagrega de la siguiente forma: Rubro “3.1 Funcionamiento: $1.647.065.000,00.” y “3.3 Inversión: $25.594.429.856,00”. 9.

Que de acuerdo con la comunicación 2612201204 de fecha 26 de diciembre de 2012, la Directora Distrital de Presupuesto menciona que “el documento base con el cual se debe expedir el Presupuesto es aquel presentado por el Alcalde Local el 3 de diciembre, en consideración a que la normatividad aplicable establece que para que las modificaciones fuesen aprobadas tenían que ser aprobadas con la mayoría de votos en la sesión de la Comisión de Presupuesto, ó en aquella que en la JAL de Chapinero, tenga a su cargo el estudio del proyecto de Presupuesto de 2013. El resultado de la votación en primer debate en la Comisión fue de 4 votos en contra y 3 a favor, quiere decir esto que los Ediles no respaldaron la ponencia modificatoria, no aprobaron las modificaciones y en consecuencia debe expedirse el mismo proyecto presentado inicialmente por el Alcalde Local, a nivel agregado”. 10.

Que en concordancia con el artículo 17 del Decreto 372 de 2010, el cual reza:

Artículo 17°.

Aprobación y Expedición del Presupuesto: La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos. El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quórum. En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobarán las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en primer debate” 11.

Que de acuerdo con lo anterior, le corresponde al Alcalde Local expedir el Presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, mediante decreto Local. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Chapinero,

DECRETA:

Artículo primero.

- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($27.241.494.856.00) M/CTE., conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 13.791.022.856 2 | INGRESOS | 13.450.472.000 2.1 | INGRESOS CORRIENTES | 151.000.000 2.2 | TRANSFERENCIAS | 13.297.572.000 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 1.900.000 | TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL | 27.241.494.856

Artículo segundo.

- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013, por la suma de VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS ($27.241.494.856.00) M/CTE.,** conforme al siguiente detalle:

CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 27.241.494.856 3.1 | Funcionamiento | 1.647.065.000 3.3 | Inversión | 25.594.429.856 | TOTAL GASTOS MÁS DISPONIBILIDAD FINAL | 27.241.494.856

Artículo tercero.

-** El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2013.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

MAURICIO JARAMILLO CABRERA

Alcalde Local de Chapinero

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