Circular 107 de 2012
Circular 107 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 107
- Año
- 2012
- Fecha
- 10 de octubre de 2012
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 107 DE 2012 (Octubre 10) | Para: | SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO ---|--- De: | SECRETARIO GENERAL (E) DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E) Asunto: | ELECCIÓN O RATIFICACION DEL REPRESENTANTE SECTORIAL ANTE LA COMISIÓN INTERSECTORIAL DE GESTIÓN ÉTICA DEL DISTRITO CAPITAL El Acuerdo 257 de 2006, en su artículo 38, define a las Comisiones Intersectoriales como instancias de coordinación de la gestión Distrital, cuya atribución principal es orientar la ejecución de funciones y la prestación de servicios que comprometan organismos o entidades que pertenezcan a diferentes Sectores Administrativos de Coordinación.
En ese sentido, con el Decreto Distrital 489 de 2009 se creó la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital, como la instancia encargada de articular la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas que en la materia se formulen. Esta Comisión tiene a cargo las siguientes funciones:
1. Liderar procesos de articulación para el desarrollo de programas, proyectos y estrategias para implementar la política ética en el Distrito Capital, aprobada por el Comité Sectorial de Gestión Pública.
2. Evaluar los resultados de los programas, proyectos y estrategias adoptados y recomendar acciones para el mejoramiento de la Gestión Ética en el Distrito.
3. Mediar en los conflictos éticos que involucren a entidades distritales.
4. Promover el diálogo y la concertación como medios para resolver los conflictos éticos en el Distrito.
5. Orientar y estimular la labor de los/las Gestores/as de Ética de las entidades distritales.
6. Ser escenario de reflexión colectiva para construir insumos que aporten al desarrollo de la gestión ética en el Distrito Capital.
7. Coordinar la ejecución intersectorial de la campaña de divulgación y apropiación de los principios y valores distritales actualizados, para contribuir al fortalecimiento continuo de la cultura ética.
8. Definir estrategias para extender la dimensión ética de la gestión a otros grupos de interés como contratistas, proveedores/as y ciudadanos/as en general.
9. Adoptar su propio reglamento.
Así mismo, el citado decreto señala en su artículo 2° que: "La Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital estará integrada por el Alcalde Mayor de Bogotá o su delegado, que será el/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, quien la presidirá; el/la Director/a Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General, quien ejercerá la Secretaría Técnica de la Comisión; _un/a (1) representante del nivel directivo de cada uno de los 11 sectores administrativos de coordinación restantes_ (subrayado fuera de texto); un/a (1) representante del nivel directivo del Sector Localidades; un/a (1) representante de los/las Gestores/as de Ética, elegido por ellos mismos, por cada uno de los sectores: central, descentralizado y localidades, y uno por los hospitales distritales (ESE)". El Decreto 426 de 2011 modificó parcialmente este texto en el sentido de señalar que el/la delegado/a del/la Alcalde/sa Mayor de Bogotá en la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital será el/la Director/a Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Adicionalmente, señala que la Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital, es el/la Subdirector/a Técnico/a de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
Además, en el parágrafo primero se establece que los representantes del nivel directivo de cada uno de los sectores administrativos de coordinación serán elegidos en su respectivo Comité Sectorial; una vez designados, su función en la Comisión será indelegable y el período de su ejercicio será de dos (2) años.
De acuerdo a lo anterior, cada Sector Administrativo de coordinación tendrá en la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital un representante del nivel directivo. En este sentido, corresponde a cada cabeza de sector coordinar la elección y/o ratificación de los delegados a la Comisión según lo citado en el Decreto 489 de 2009, sobre la conformación de la misma.
Bajo los lineamientos de la actual administración, las entidades objeto de ésta Circular deben remitir a más tardar el día 10 de Noviembre del año en curso a la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General, el nombre y cargo del delegado que integrará la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital, con el propósito de reactivar el funcionamiento de la misma.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor Bogotá D.C, a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, dará la asesoría y el acompañamiento necesarios en este proceso de selección y elección, para lo cual pueden comunicarse con los coordinadores del equipo de gestión ética: Tania Patiño o Diego Quintero en el teléfono 3813000, extensiones 2407 y 2404.
Cordialmente, ** JOSÉ ORLANDO RODRÌGUEZ GUERRERO Secretario General (E)
** Proyectó: Tania Patiño Vanegas Dagoberto Gómez Conde Revisó: Dra. Clara Yolanda Bohórquez Dr. Luis Eduardo Sandoval Isdith
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