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Resolución 1849 de 2013

Resolución 1849 de 2013 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
1849
Año
2013
Fecha
4 de octubre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1849 DE 2013 (Octubre 04) "Por la cual se adiciona y modifica parcialmente la Resolución 2923 del 07 de Diciembre de 2012" EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus atribuciones legales y administrativas, en especial las previstas en la Constitución Política, las Leyes 489 de 1998, 80 de 1993 y 1150 de 2007, así como los Decretos Distritales 854 de 2001 y 330 de 2008 y demás normas concordantes,

CONSIDERANDO:

Que en el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Carta Política se establecen principios que gobiernan la función administrativa, entre los cuales están los organizacionales, en virtud de los cuales se establece la forma como pueden repartirse las competencias dentro de la estructura administrativa, en desarrollo de la función administrativa como lo son la descentralización, desconcentración y delegación de funciones.

Que el artículo [5°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33029#0) del Decreto 330 de 2008, establece entre otras funciones del Despacho del Secretario de Educación del Distrito, en el literal _i) Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo._ Que el primer inciso del Artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 establece que _"las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias",_ en concordancia con lo preceptuado en el Parágrafo del Artículo 2° de la misma ley, en virtud de lo cual las reglas relativas a los principios de la función administrativa dentro de las cuales se encuentra la delegación, se aplican en lo pertinente a las entidades territoriales.

Que el artículo [60](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4088#60) del Decreto 854 de 2001, establece: _"Las Secretarías de Despacho, Departamentos Administrativos y Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, como entidades ejecutoras que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto. Estas facultades están en cabeza de los Secretarios de Despacho, Directores de Departamento y Gerente de la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos (...) Estas_ Sentencias C-[496](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48567#0) de 1998 y C-561 de 1999 Que para la ejecución de lo contemplado en el Acuerdo [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47766#0) de 2012, _"por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá 2012 — 2016 Bogotá Humana",_ se hace necesario que cada uno de los proyectos de inversión tenga Ordenador de gasto y de pago, Gerente de proyecto y Coordinadores operativos por componente de proyecto, para la adecuada planeación, ejecución, coordinación, seguimiento y consolidación de información, lo cual implica en materia de contratación la delegación de actos inherentes a esa actividad en cumplimiento de los principios de eficacia, economía y celeridad, así como la asignación de especiales funciones y gestión dentro del ámbito descrito.

Que los proyectos de inversión contemplados en el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá 2012 — 2016 Bogotá Humana fueron inscritos y actualizados a través del Sistema de Seguimiento al Plan de Desarrollo (SEGPLAN).

Que en cumplimiento de lo anterior, la Secretaría de Educación Distrital expidió la Resolución 2923 del 07 de Diciembre de 2012 _"Por la cual se asignan responsabilidades para la gerencia de los proyectos de inversión, se delegan algunas competencias en materia de contratación, ordenación del gasto y del pago de los recursos de funcionamiento e inversión"._ Que en el _"Anexo Uno Proyectos de Inversión"_ de la Resolución 2923 de 2012 se delegó la ordenación del gasto en el componente de _"infraestructura"_ de los proyectos de inversión 889 _"Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas"_ y 901 _"Prejardín, jardín y transición: Preescolar de calidad en el sistema educativo Oficial", y_ del componente _"Adecuadas condiciones físicas para el trabajo"_ del proyecto de inversión 902 _"Mejor Gestión"_ al Subsecretario (A) de Acceso y Permanencia.

Que teniendo en cuenta, que a través de la Dirección de Servicios Administrativos de la Subsecretaría de Gestión Institucional se organiza la prestación de los servicios de apoyo administrativo que son requeridos por las diferentes dependencias de la Secretaría, el Secretario de Educación Distrital decide delegar la ordenación del gasto en materia de arrendamientos en la gestión del componente de _"Infraestructura"_ de los proyectos de inversión 889 _"Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas"_ y 901 _"Prejardín, jardín y transición: Preescolar de calidad en el sistema educativo oficial";_ y del componente _"Adecuadas condiciones físicas para el trabajo"_ del proyecto de inversión 902 _"Mejor Gestión",_ en la Subsecretaría de Gestión Institucional.

Que de acuerdo con, el artículo 11 de la Resolución 2923 de 2012 se asigna _"la gerencia de los respectivos proyectos de inversión de la Secretaría de Educación del Distrito, de conformidad con la configuración prevista en el anexo del presente acto administrativo (...)"_ siendo necesario incorporar en la reglamentación la responsabilidad y gerencia en el evento que un proyecto de inversión carezca de gerente.

Que con posterioridad a la expedición de la Resolución 2923 de 2012, se adicionó el componente _"Movilización Escolar"_ al proyecto de inversión 889 _"Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas",_ para garantizar el suministro de transporte a los niños, niñas y los y las jóvenes y el desplazamiento a las actividades pedagógicas, para el aprovechamiento de la ciudad como espacio para el ejercicio de la ciudadanía, el aprendizaje de los escenarios culturales, la realización de diferentes deportes, entre otros. Igualmente, se adicionó el componente _"Talento Humano"_ al proyecto de inversión 891 _"Media fortalecida y mayor acceso a_ _la educación superior",_ para garantizar el nombramiento de docentes y recurso humano requerido para la implementación del Grado 12 y la media diversa de los grados 10° y 11°.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Adicionar al artículo 1° de la Resolución No. 2923 del 07 de diciembre de 2012, el siguiente parágrafo:

Parágrafo 1. Delegación en materia de arrendamientos. Delegar en el (la) Subsecretario (a) de Gestión Institucional, la facultad en materia de arrendamientos del componente _"Infraestructura"_ de los Proyectos de Inversión 889 _"Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas"_ y 901 _"Ere jardín, jardín y transición: Preescolar de calidad en el sistema educativo Oficial";_ y del componente _"Adecuadas condiciones físicas para el trabajo"_ del proyecto de inversión 902 _"Mejor Gestión".

Artículo 2°.

Modificar el parágrafo 3 del artículo 4° de la Resolución No. 2923 de 2012 en los siguientes términos: Sin perjuicio de estar sujeto al régimen de delegaciones establecido en los artículos precedentes, los convenios que se fundamentan en régimen especial del artículo 355 de la Constitución Política, desarrollado por el Decreto Nacional 777 de 1992 y por los artículos 95 y 96 de la Ley 489 de 1998, deben ser presentados para su aprobación por los Subsecretarios en la primera sesión de cada mes del Comité Directivo.

Artículo 3°.

Adicionar al artículo 11° de la Resolución No. 2923 de 2012, el siguiente parágrafo:

Parágrafo 2. En el evento que un proyecto de inversión carezca de gerente, su responsabilidad deberá ser asumida por el ordenador del gasto que represente el mayor presupuesto dentro del proyecto.

Artículo 4°.

Modificar el anexo 1 de la Resolución 2923 de 2012, para incorporar los componentes de _"Movilización Escolar"_ al proyecto de inversión 889 _"Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas"_ y el componente _"Talento Humano"_ al proyecto de inversión 891 _"Media fortalecida y mayor acceso a la educación superior"._ Así como delegar la gerencia del proyecto 951 _"Fortalecimiento a la transparencia"_ en el Jefe (A) de la Oficina Asesora de Planeación. | ANEXO No. 1. PROYECTOS DE INVERSION | | | ---|---|---|--- PROYECTO DE INVERSIÓN | COMPONENTES | ORDENADOR DEL GASTO | GERENCIA DEL PROYECTO | | | | | Cargo | Cargo | | | 262 | Hábitat escolar | Construcción y compra de colegios nuevos | Subsecretario (A) de Acceso y Permanencia | Director (A) de Construcción y Conservación de Establecimientos | Terminación de colegios inconclusos | Ampliaciones y adecuaciones | Mantenimiento y contingencias | Plan Maestro de Equipamentos Educativos | Construcción de centros de idiomas | Gestión y Saneamiento Legal | Saneamiento de predios | Dotación de colegios | Operación de colegios | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | 888 | Enfoques diferenciales | Prácticas pedagógicas pertinentes con enfoque diferencial | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director(a) de Inclusión e Integración de Poblaciones | Jornada educativa de 40 horas semanales para la excelencia académica y la formación integral, y jornadas únicas | Acciones Afirmativas para la Inclusión Escolar | 889 | Dotaciones | Subsecretario(A) de Acceso y Permanencia | Asesor (A) Subsecretaria de Calidad y Pertinencia | Infraestructura | Alimentación | Movilidad escolar | Talento humano | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | Desarrollo Curricular para la Formación integral | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | 890 | Resignificación de las miradas de la educación | Historias de la educación | Subsecretario (A) de Integración Interinstitucional | Jefe Oficina asesora de Comunicación y Prensa | Niños, niñas, jóvenes y maestros dialogando | Educación oficial en la opinión pública | Clima organizacional | Comunicación en comunidad efectiva | 891 | Media fortalecida y mayor acceso a la educación superior | Fortalecimiento de la educación media diversa y homologable | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director (A) de Educación Media y Superior | Grado 12 | Acceso y permanencia a la educación superior | Media diversa 10, 11 | Infraestructura media y superior | Talento Humano | 892 | Diálogo social y participación de la comunidad educativa | Movilización social | Subsecretario (A) de Integración Interinstitucional | Director (A) de Educación y Colegios Distritales | Transversalización de la igualdad de géneros | Acercando realidades | Desarrollo local | Movilización y coordinación de UPZs | 893 | Pensar la educación | Sistema de evaluación integral para la calidad educativa | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director (A) Evaluación de la Educación | Investigaciones, estudios para la excelencia | Acreditación institucional | Estímulos para la calidad educativa | 894 | Maestros empoderados, con bienestar y mejor formación | Formación | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director (A) de Formación de Docentes e Innovaciones Pedagógicas | Mejoramiento de las condiciones de trabajo de los docentes | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | Reconocimiento social de los maestros | Subsecretario (A) de Integración Interinstitucional | Empoderamiento docente | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | 897 | Niños y niñas estudiando | Alimentación escolar | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director (A) de Bienestar estudiantil | Transporte escolar | Movilidad escolar | Subsidio educativo condicionado | Seguro escolar | Seguimiento y gestión al subsidio educativo | Gestión y análisis del proceso de matrícula | Gratuidad educativa | 898 | Administración del talento humano | Nómina | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | Director (A) de Talento Humano | Personal de apoyo a la gestión de la SED | Bienestar, capacitación, salud ocupacional y dotación | Requerimientos de pago | 899 | Tecnologías de la información y las comunicaciones | Incorporación, uso y apropiación de las ciencias y las tecnologías para la innovación y la creatividad | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director (A) de Ciencia, Tecnología y Medios Educativos | Comunicación digital para las nuevas generaciones | Conformación de ambientes de aprendizaje en tecnología y medios de comunicación. | Conectividad y tecnologías de la información y las comunicaciones | Compra de equipos | Sistemas de información | 900 | Educación para la ciudadanía y la convivencia | Participación para la ciudadanía y el empoderamiento | Subsecretario (A) de Integración Interinstitucional | Asesor (A) del Despacho del Secretario de Educación | Integración curricular de aprendizajes ciudadanos | Convivencia escolar | Campañas para la convivencia y la ciudadanía | Formación ciudadana de la acción | Recurso humano para la convivencia y la ciudadanía | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | 901 | Prejardín, jardín y transición: Preescolar de calidad en el sistema educativo oficial | Infraestructura | Subsecretario(A) de Acceso y Permanencia | Asesor (A) de Calidad y Pertinencia | Dotación | Alimentación y Vida saludable | Transporte primera infancia | Educación Inicial y acompañamiento pedagógico | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Trabajo con la familia y el entorno | Pedagogía, Jardín y Entorno | Talento Humano | Subsecretario(A) de Gestión Institucional | | 902 | Mejor gestión | Modelo de gestión organización de procesos | Subsecretario(A) de Gestión Institucional | Asesor (A) del Despacho de la Subsecretaría de Gestión Institucional | Gestión del talento humano para el cambio | Diagnóstico, adquisición implementación de sistemas de información | Calidad, procesos y sistemas | Fortalecimiento de la transparencia | Adecuadas condiciones físicas para el trabajo | Subsecretario(A) de Acceso y Permanencia | 905 | Fortalecimiento académico | Currículo y ciclos | Subsecretario (A) de Calidad y Pertinencia | Director(A) de Educación Preescolar y Básica | Educación ambiental | Bibliotecas escolares | Tecnobibliotecas escolares | Escuela ciudad escuela | Fortalecimiento de una segunda lengua | 951 | Fortalecimiento a la transparencia | Fortalecimiento de la transparencia | Subsecretario (A) de Gestión Institucional | Jefe (A) de Oficina Asesora de Planeación | Sensibilización | 4248 | Subsidios a la demanda educativa | Servicio educativo contratado | Subsecretario (A) de Acceso y Permanencia | Director (A) de Cobertura | Colegios en concesión |

Parágrafo. Para los casos que el Gerente del proyecto no sea directivo de la SED, el nombre del gerente se debe informar a la Oficina Asesora de Planeación mediante comunicación escrita debidamente firmada por todos los Ordenadores de Gasto del Proyecto.

Artículo 5°.

Vigencia y derogatoria: El presente acto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga en su integridad la Resolución No. 020 de fecha 15 de enero de 2013, y adiciona y modifica la Resolución No. 2923 de 2012, únicamente en lo aquí dispuesto.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 04 días del mes de octubre del año 2013

OSCAR SÁNCHEZ JARAMILLO

Secretario de Educación de Bogotá, D.C.

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