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Resolución 1168 de 2013

Resolución 1168 de 2013 Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC

Tipo
Resolución
Número
1168
Año
2013
Fecha
18 de diciembre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

**RESOLUCIÓN 1168 DE 2013 (Diciembre 18)

_Por la cual se modifica parcialmente el inciso_ _[segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41638#93.I.2)del artículo 93 de la Resolución 70 de 2011 “por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral”_EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO GEOGRÁFICO “AGUSTÍN CODAZZI”, En uso de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confieren el artículo 6° numeral 1 y 23 del Decreto 208 de 2004.

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, por intermedio de la Subdirección de Catastro mediante Circular CI723 de diciembre 28 de 2012 definió y comunicó la programación de las metas físicas para el desarrollo de los procesos catastrales de formación y actualización de la formación para el año 2013, la cual fue parcialmente modificada y comunicada por Circular CI138 de septiembre 24 de 2013, circular en la cual, se definió que los procesos antes citados deberían quedar terminados el 30 de noviembre del año en curso, incluyendo lo pertinente a los estudios de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas.Que en razón a que llegado el 30 de noviembre, se constató que en los municipios objeto del proceso de formación o actualización de la formación catastral programado, no se han culminado los estudios de zonas, esto afecta el alcance a lo establecido en el inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41638#93.I.2) del artículo 93 de la Resolución 70 de 2011 el cual reza:“ _Artículo 93. Aprobación del estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y valor de los tipos de construcciones y/o edificaciones.__(...).__Dicha aprobación requiere, en forma previa, del concepto técnico favorable emitido, en el caso del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, por la Subdirección de Catastro y en el caso de otras autoridades catastrales, por un comité técnico establecido para este fin_. _(...)”._ Que en lo que respecta al concepto técnico favorable que debe ser previo a la aprobación de los estudios de zonas de competencia de los Directores Territoriales del Instituto, se hace necesario adoptar para la entidad, un mecanismo que contribuya de manera efectiva a la realización de estos conceptos, de forma tal que se adecuen a lo técnicamente establecido por el IGAC y de alcance a los tiempos y movimientos fijados para la entrada en operación del Sistema Nacional Catastral.Que considerando que el tema es de resorte directo de la entidad y no afecta a los catastros descentralizados, la modificación de que trata la presente resolución se aplicará de forma exclusiva a los procesos adelantados por el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” y se mantendrá hasta el próximo 31 de diciembre de 2013.En mérito de lo expuesto,**RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto.__ Efectúa una modificación parcial del artículo [93](http://www.alcaldiabogota.gov.co/normas/Norma1.jsp?i=41638#93) de la Resolución 70 de 2011 “Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral.”Artículo 2°. Ámbito de Aplicación. La modificación de que trata el presente acto administrativo se aplica de forma exclusiva para la aprobación de estudios de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y valor de los tipos de construcción y/o edificaciones adelantados por el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”.Artículo 3°. Modificar. El inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41638#93.I.2) del artículo 93 de la Resolución 70 de 2011, el cual quedará así:“ _Dicha aprobación requiere, en forma previa, del concepto técnico favorable emitido por el comité técnico a que hace referencia la Circular 5.2/407 del 5 de diciembre de 2001 y la metodología de este Instituto denominada: “elaboración del estudio de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y determinación del valor unitario por tipo de construcción”._Artículo 4. Vigencia.__ Esta resolución rige a partir del día siguiente a su publicación en el _Diario Oficial_ y surte efectos hasta el 31 de diciembre de 2013. Las demás disposiciones del artículo [93](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41638#93) de la Resolución 70 de 2011 mantienen plenos efectos.PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2013 El Director General, Juan Antonio Nieto Escalante.**

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