Ley 1694 de 2013
Ley 1694 de 2013 Congreso de la República de Colombia
- Tipo
- Ley
- Número
- 1694
- Año
- 2013
- Fecha
- 17 de diciembre de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
LEY 1694 DE 2013 ( D iciembre 17) _Por la cual se modifican normas del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones_ **EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
Artículo 1°.
Modifíquese el artículo [872](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6533#872) del Estatuto Tributario, el cual quedará así: “Artículo 872. TARIFA DEL GRAVAMEN A LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS. La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1.000). La tarifa del impuesto a que se refiere el presente artículo se reducirá de la siguiente manera: \- Al dos por mil (2 x 1.000) en el año 2015. \- Al uno por mil (1 x 1.000) en los años 2016 y 2017. \- Al cero por mil (0 x 1.000) en los años 2018 y siguientes.
Parágrafo. A partir del 1º de enero de 2018 deróguense las disposiciones contenidas en el Libro Sexto del Estatuto Tributario, relativo al Gravamen a los Movimientos Financieros”. **ARTÍCULO 2°.
Prórroga para deudores PRAN Y FONSA. Modifíquese el inciso [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45456#1) del artículo 1° y el inciso [1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45456#1.p.3) del Parágrafo 3° del artículo 1° de la Ley 1504 de 2011, así: “ Artículo 2 °. Los deudores del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria, PRAN Agropecuario, de que trata el Decreto 967 de 2000, PRAN Cafetero, PRAN Alivio Deuda Cafetera y PRAN Arrocero, de que tratan los Decretos 1257 de 2001, 931 de 2002, 2795 de 2004 y 2841 de 2006 y los deudores del Fondo de Solidaridad Agropecuario- Fonsa, creado por la Ley 302 de 1996, podrán extinguir las obligaciones a su cargo, pagando de contado hasta el 31 de diciembre de 2014, un valor igual a aquel que Finagro pagó al momento de la adquisición de la respectiva obligación, descontando los abonos a capital que hubiere efectuado el deudor. Esto no implicará una reducción en el plazo para el pago de las obligaciones con vencimientos posteriores a la citada fecha”. “ Parágrafo 3°. Finagro, o el administrador o acreedor de todas las obligaciones de los programas PRAN y Fonsa, deberá abstenerse de adelantar su cobro judicial hasta el 31 de diciembre de 2014, término este dentro del cual se entienden también suspendidos los procesos que se hubieren iniciado, así como la prescripción de dichas obligaciones y sus garantías, conforme a la ley civil. Lo anterior sin perjuicio del trámite de los procesos concursales”. ARTÍCULO 3°. [Reglamentado por el Decreto Nacional 355 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56768#0), [Corregido por el art. 1, Decreto Nacional 935 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57406#1). El Gobierno Nacional, en desarrollo de lo establecido en el artículo 91 de la Ley anual de Presupuesto para la vigencia de 2014, para la aplicación de la Ley 302 de 1996 podrá incluir nuevas situaciones de crisis que se traduzcan en caídas severas y sostenidas de los ingresos de los productores, e incorporar nuevos beneficios individuales, incluyendo aquellos que se encuentren integrados en créditos asociativos o en alianzas estratégicas, para el Fondo de Solidaridad Agropecuario (Fonsa) con un nivel de activos totales que no superen setecientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (700 smlmv) incluidos los de su cónyuge o compañero permanente, con cargo a los recursos de que trata la presente ley. El Gobierno Nacional podrá diseñar e implementar nuevos mecanismos de crédito, con sus debidos soportes y garantías, para financiar a los productores agropecuarios en situaciones de crisis, de acuerdo con los parámetros del inciso anterior. ARTÍCULO 4°.
VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente ley rige a partir de la fecha de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA GREGORIO ELJACH PACHECO EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES HERNAN PENAGOS GIRALDO EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de diciembre del año 2013 JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN **EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
MAURICIO CÁRDENA SANTAMARÍA _ _EL MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL RUBÉN DARÍO LIZARRALDE MONTOYA
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Ley 463 de 1998
LEY 463 DE 1998 Por medio de la cual se aprueba el "Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT)", elaborado en Washington el 19 de junio de 1970, enmen…
-
Ley 2628 de 2026
LEY 2628 DE 2026 (Agosto 26) Por medio del cual se establecen medidas, servicios y mecanismos de atención integral, para la protección e inclusión de las perso…
-
Ley 2630 de 2026
LEY 2630 DE 2026 (Agosto 27) Por medio del cual se crea la Política Pública Nacional en Multilingüismo (PPNM) reconociendo la riqueza cultural y lingüística de…
-
Ley 2629 de 2026
LEY 2629 DE 2026 (Agosto 26) Por medio de la cual se crea un sistema específico de carrera administrativa para el cuerpo de Guardaparques de Parques Nacionales…
-
Ley 2626 de 2026
LEY 2626 DE 2026 (Agosto 24) Por medio de la cual se moderniza la asignatura de tecnología e informática, se establecen lineamientos para la formación digital …