Decreto Local 004 de 2013
Decreto Local 4 de 2013 Alcaldía Local de Suba
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 004
- Año
- 2013
- Fecha
- 6 de junio de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 004 DE 2013 (Junio 6) Por el cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2013. LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
1.
Que de conformidad con lo estipulado en el Decreto Nº 372 del 30 de agosto de 2010, considera en su artículo 31º las Modificaciones Presupuestales; cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas 2.
Que para la vigencia 2013, se tiene asignado para el rubro (subauxiliar) 3.1.2.02.05.01 Mantenimiento Entidad un valor total de $835.500.000, del cual se tiene disponibilidad para el servicio de vigilancia y seguridad por $526.471.051, y proyectado para cubrir aseo y cafetería por $120.000.000, mantenimiento preventivo y correctivo por $100.000.000 y ferretería por $9.000.000, por lo que es pertinente aprovechar recursos por $58.899.209, que se necesitan para el fortalecimiento del rubro Seguros, específicamente 3.1.2.02.06.01 Seguros Entidad y 3.1.2.02.06.05 Seguros de Salud Ediles. 3.
Que para la vigencia 2013, se tiene asignado para el rubro (subauxiliar) 3.1.2.02.06.04 Seguros de Vida Ediles un valor total de $16.000.000, para lo cual se adelantó un proceso contractual estimado en $13.600.000 y adjudicado por $9.969.000, producto del cual se tiene cubrimiento por 12 meses, contados desde la fecha de suscripción de la Aceptación de Oferta en Abril 01 de 2013, por lo que es pertinente aprovechar recursos por $6.031.000, que se requieren para el fortalecimiento de los rubros de Seguros citados. 4.
Que para la vigencia 2013, se tiene asignado en el rubro 3.1.2.02.03 Gastos de transporte y comunicación, un valor total de $58.000.000, del cual se tiene cubierto el servicio de correo certificado por $4.316.000, comunicación truncking por $21.963.422, caja menor por $24.000.000, Impuestos, tasas, contribuciones, derechos y multas con $2.500.000, por lo que es pertinente aprovechar recursos por $3.000.000, que se necesitan para el fortalecimiento de los rubro Seguros mencionados. 5.
Que en el Decreto Local Nº 14 del 18 de Diciembre de 2012 _“Por el cual se liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013”,_ el Fondo de Desarrollo Local programó en el gasto 3.1.2.02.06.01 Seguros Entidad, $65.000.000, no obstante, para garantizar la salvaguarda de los bienes muebles e inmuebles, es necesario adelantar un proceso contractual que permita adquirir los amparos correspondientes, los cuales, una vez efectuado el estudio pertinente sobrepasa dicha estimación, considerando que se hace necesario incluir equipos tecnológicos que la administración adquirió, al igual que la maquinaria amarilla. Por lo que se requiere adicionar este rubro en $67.430.209. 6.
Que para la vigencia 2013, en el rubro 3.1.2.02.06.05 _Seguros de salud ediles,_ se presupuestaron $84.000.000, considerando un aumento en los honorarios de los ediles del 3%, sin embargo el Decreto 148 del 5 de Abril de 2013 estableció un incremento salarial para los empleados distritales del 3.94%, el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993, dispone que los Ediles tendrán derecho a los mismos seguros reconocidos a los concejales, el inciso tercero del artículo 34 dispone que durante el período para el cual fueron elegidos, tienen derecho al seguro de salud, por lo que se hace necesaria una adición de $500.000. 7.
Que la Directora Distrital de Presupuesto, mediante radicado No. 2013EE136886 de fecha 06-06-2013, adjunta concepto favorable, con respecto a las modificaciones al interior del agregado de Funcionamiento del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Suba en la vigencia fiscal 2013, por valor de $67.930.209. 8.
Que en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un Contracrédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así: | RUBRO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO ---|---|--- 3 | GASTOS | 67.930.209 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 67.930.209 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 67.930.209 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 67.930.209 3.1.2.02.03 | Gastos de transporte y comunicación | 3.000.000 _3.1.2.02.05_ | _Mantenimiento y Reparaciones_ | _58.899.209_ 3.1.2.02.05.01 | Mantenimiento entidad | 58.899.209
3.1.2.02.06 | Seguros | 6.031.000 3.1.2.02.06.04 | Seguros de vida ediles | 6.031.000 TOTAL CONTRACREDITOS | 67.930.209
Artículo segundo.
Efectúese un Crédito en el Presupuesto Anual de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:
RUBRO | CONCEPTO | CRÉDITO ---|---|--- 3 | GASTOS | 67.930.209 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 67.930.209 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 67.930.209 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 67.930.209 3.1.2.02.06 | Seguros | 67.930.209 3.1.2.02.06.01 | Seguros entidad | 67.430.209 3.1.2.02.06.05 | Seguros de salud ediles | 500.000 TOTAL CONTRACREDITOS | 67.930.209
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 6 días del mes de junio del año 2013.
MARISOL PERILLA GÓMEZ
Alcaldesa Local de Suba
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5136 de junio 11 de 2013
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