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Decreto Local 008-017 de 2013

Decreto Local 8-017 de 2013 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
008-017
Año
2013
Fecha
8 de noviembre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 008-017 DE 2013 (Noviembre 8) POR EL CUAL SE ADICIONA EL PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS DE INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE LA CANDELARIA PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 ENERO Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013, POR CONVENIO SUSCRITO CON LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PUBLICOS - UAESP. EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su Artículo 324 y el Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que la Resolución Nº SDH-000660 DE 2011, mediante la cual se adopta el Manual Operativo Presupuestal, determina el procedimiento para realizar los ajustes presupuestales derivados de la suscripción de convenios.

Que el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria suscribió el Convenio Interadministrativo de Cooperación Nº 006 de 31 de diciembre de 2012 con la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, el cual tiene como objeto aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros en torno al diseño, orientación y ejecución de acciones de sensibilización y formación, separación en la fuente y disposición del material recuperable en rutas de recolección selectiva en el marco del programa basura cero y otras actividades propias de la ejecución del convenio..

Que para la suscripción y perfeccionamiento del Convenio la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos – UAESP, expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Nº 897 con cargo al rubro 3-3-1-14-02-21-0584-204 proyecto de inversión “Gestión integral de residuos sólidos para el Distrito Capital y la región, y Certificado de Registro Presupuestal Nº 953 de 31 de diciembre de 2012 Que mediante comunicación Nº 2-2013-19277 de fecha cuatro (4) de abril de 2013, la Secretaria Distrital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre el ajuste por ciento cincuenta millones de pesos m/cte ($150.000.000.00) en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la presente vigencia fiscal.

Que de conformidad con lo expuesto, se requiere ajustar el presupuesto de Ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria en la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000.00) con el fin de dar una adecuada ejecución a los recursos del convenio.

Que en mérito de lo anterior,

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúese el siguiente ajuste en el presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2013 por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000.00) de conformidad con el siguiente detalle: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | PARCIAL | TOTAL ---|---|---|---

| | | 2 | INGRESOS | 0 | 0 2.1 | INGRESOS CORRIENTES | 0 | 0 2.1.2 | NO TRIBUTARIOS | 0 | 0 2.1.2.04 | Rentas contractuales | 0 | 0 2.1.2.04.99 | Otras Rentas contractuales | 150,000,000 | 150,000,000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | | 150,000,000

Artículo segundo.

Efectúese el siguiente ajuste en el presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal 2013 por la suma de CIENTO CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($150.000.000.00) de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | PARCIAL | TOTAL ---|---|---|--- | | | 3 | GASTOS | 0 | 0 3.3 | INVERSIÓN | 0 | 0 3.3.1. | Inversión directa | 0 | 0 3.3.1.14 | Plan de desarrollo "Bogotá Humana" | 0 | 0 3.3.1.14.02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 0 | 0 3.3.1.14.02.21 | Basura Cero | 0 | 0 3.3.1.14.02.21.1275 | Plan Piloto de Basura Cero | 150,000,000 | 150,000,000 | TOTAL AJUSTE EN EL PRESUPUESTO DE GASTOS E INVERSIÓN | | 150,000,000

Artículo tercero.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los ocho (8) días del mes noviembre de dos mil trece (2013).

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

Alcalde Local de La Candelaria

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5250 de diciembre 2 de 2013

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