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Decreto Local 007-017 de 2013

Decreto Local 7-17 de 2013 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
007-017
Año
2013
Fecha
28 de octubre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 007-017 DE 2013

(Octubre 28)

Por el cual se efectúa un traslado presupuestal para la vigencia fiscal de 2013.

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 y demás normas que rigen sobre la materia, y

CONSIDERANDO:

1.

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local Decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados. 2.

Que de acuerdo con el oficio 20131720010443 de 10 de octubre de 2013, emitido por el Alcalde Local de La Candelaria se hace necesario efectuar un traslado presupuestal para la presente vigencia. 3. De conformidad con lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Director Distrital de Presupuesto emite concepto favorable sobre el traslado presupuestal al interior de los Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria de acuerdo con el oficio 2013EE231602 de veinticinco (25) de octubre de 2013. 4.

Que para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 517, 518, 519, 542 y acta de Fenecimiento Nº 1 de 13 de marzo de 2013.

Que en mérito de lo expuesto, este Despacho

DECRETA:

Artículo primero.

- Efectúese un contracrédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle: | CÓDIGO | NOMBRE | CONTRACREDITO ---|---|--- 017 | FDL LA CANDELARIA | 3 | GASTOS | 3.1 | FUNCIONAMIENTO | 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 3.1.2.01 | Adquisición de Bienes | 3.1.2.01.05 | Compra de Equipo | 10,000,000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 3.1.2.02.03 | Gastos de Transporte y Comunicación | 1,000,000 3.1.2.02.06 | Seguros | 3.1.2.02.06.01 | Seguros Entidad | 14,973,721 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento Entidad | 6,027,679 | TOTAL CONTRACREDITOS | 32.001.400

Artículo segundo.

-** Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2013, de acuerdo con el siguiente detalle:

CÓDIGO | NOMBRE | CREDITO ---|---|--- 017 | FDL LA CANDELARIA | 3 | GASTOS | 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 3.1.2.01 | Adquisición de Bienes | 3.1.2.01.04 | Materiales y Suministros | 14,320,210 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 3.1.2.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 3.1.2.02.05.01 | Mantenimiento Entidad | 17,681,190 | TOTAL CREDITOS | 32.001.400

Artículo tercero.

-** El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C, a los 28 días del mes de octubre del 2013.

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

Alcalde Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5233 de noviembre 5 de 2013

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