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Decreto Local 009 de 2013

Decreto Local 9 de 2013 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2013
Fecha
6 de diciembre de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

** DECRETO LOCAL 009 DE 2013 (Diciembre 6) Por medio del cual se efectúa una modificacion presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013. EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que la Alcaldía Local de Engativá en los rubros presupuestales, Combustibles, Lubricantes y Llantas; Compra de Equipo; Mantenimiento Entidad; Seguros de Vida Ediles; Seguros de Salud Ediles; Promoción Institucional; Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas; y Otros Gastos Generales, proyectó para la vigencia fiscal 2013 un presupuesto de $56.925.000.oo, $17.000.000.oo, $1.040.030.436.oo, $12.000.000.oo, $91.350.000.oo, $20.000.000.oo, $1.113.000.oo y $5.000.000.oo con el objeto de invertir el 100% en la presente vigencia.

Que una vez revisada la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Engativá a 31 de Octubre y el estado de contratación en Gastos de Funcionamiento, los rubros de gastos del párrafo anterior cuentan con saldos sin ejecutar que pueden ser invertidos y se dispone de ellos para ser trasladados.

Que en los rubros Gastos de Computador, Materiales y Suministros, Gastos de Transporte y Comunicación, Impresos y Publicaciones y Seguros Entidad se verifica la falta de recursos para dar cumplimiento a la adquisición de bienes y servicios para el oportuno funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Engativá en la presente vigencia fiscal.

Que para el presente traslado se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 886 del 2 de Diciembre de 2013.

Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: "Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.".

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No. 2013EE260594 del 05 de Diciembre de 2013, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, por valor de $241.791.707.oo En mérito de lo anteriormente expuesto,**

DECRETA:

Artículo primero.

Efectúense el siguiente contra-crédito al Presupuesto anual de inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá de la vigencia fiscal 2013, de conformidad con el siguiente detalle: | ** CODIGO ---

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