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Decreto Local 003 de 2013

Decreto Local 003 de 2013 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2013
Fecha
12 de agosto de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2013 (Agosto 12) Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero para dar trámite a una adicion al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013. EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO, En ejercicio de las atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso segundo del artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto 1421 de 1993 prevé que “ _las juntas administradoras locales se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde”, debiendo sesionar por el término que señale el Alcalde Local y “únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración.”_ Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2013 “ _por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”_ sobre “ _distribución de Excedentes Financieros”_ señala que el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los Fondos de Desarrollo Local, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero a 31 de diciembre de 2012 presentó un monto de excedente de $1.207.695.547,57.

Que mediante circular CONFIS 02 de 2013, se comunica que en la Sesión No 5 de Mayo 3 de 2013, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2013, el CONFIS determinó un monto total de $44.471.491,343 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2012 por los Fondos de Desarrollo Local, los cuales en su totalidad se destinarán al reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento en siete localidades de la ciudad, Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero la suma de $1.171.927.335 para el reasentamiento de familias en riesgo de deslizamiento de la localidad.

Que mediante comunicación No 2-2013-46313 del 18 de Julio de 2013, la Subsecretaría de Planeación de Inversión reitera la destinación de los Excedentes Financieros y recomienda continuar con el trámite del Acuerdo Local ante la Junta Administradora Local de Chapinero.

DECRETA:

Artículo primero.

-** Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Chapinero, desde el día 12 de agosto y hasta el día 23 de agosto de 2013, en la sede de la Junta Administradora Local de Chapinero, con el fin de que en virtud de lo contemplado en el Artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#82) del Decreto Ley 1421 de 1993 se de trámite una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2013.

Artículo segundo.

- El presente decreto rige a partir de su fecha de expedición. COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Se expide en Bogotá D.C. a los doce (12) días del mes de agosto de dos mil trece (2013). MAURICIO JARAMILLO CABRERA Alcalde Local de Chapinero NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5181 de agosto 20 de 2013

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