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Decreto Local 005 de 2013

Decreto Local 005 de 2013 Alcaldía Local de Barrios Unidos

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2013
Fecha
2 de mayo de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 005 DE 2013 (Mayo 02) _Por el cual se crea una condecoración_ EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS Como Jefe de Gobierno de la Administración Local, en ejercicio de las atribuciones señaladas en el Decreto Ley 1421 de 1993, y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo indicado en el artículo 61 del Decreto Ley No. 1421 de 1993, cada localidad estará sometida, en los términos establecidos por este Decreto y los Acuerdos Distritales, a la autoridad del Alcalde Mayor, de una junta administradora y del respectivo Alcalde Local e igualmente indica este artículo que a las autoridades locales les compete la gestión de los asuntos propios de su territorio y a las distritales, garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

Que en concordancia con lo indicado anteriormente corresponde al Alcalde Local adelantar todas las actividades que se consideren adecuadas para el cumplimiento de los fines asignados, incluidas aquellas encaminadas a estimular y hacer el correspondiente reconocimiento a las personas y entidades públicas o privadas que con su trabajo, empeño y aportes, beneficie la consolidación de las políticas públicas en materia social, de seguridad, salud, recreación y deportes que benefician a la comunidad local.

Que en virtud de lo antes expuesto, es conveniente crear y reglamentar una condecoración a través de la cual se estimule y reconozca a las personas, servidores públicos y entidades públicas o privadas que con su trabajo, empeño y aportes contribuyen a la consolidación de las políticas públicas en materia social, de seguridad, salud, recreación y deportes que benefician a la comunidad local.

Que ha la fecha no existe en la Localidad de Barrios Unidos una condecoración para tal fin, por lo tanto hay la necesidad de crearla y poder así mediante acto administrativo otorgarla y en ceremonia imponerla como demostración de gratitud por el trabajo en beneficio de la comunidad.

Que en uso de las atribuciones legales y en mérito de lo expuesto:

DECRETA:

Artículo 1°.-** Crease la “MEDALLA AL MERITO CIUDADANO-BARRIOS UNIDOS-, para destacar y estimular a todas aquellas personas, servidores públicos y entidades públicas o privadas que con su trabajo, empeño y aportes, beneficie la consolidación de las políticas públicas en materia social, de seguridad, salud, recreación y deportes que benefician a la comunidad local.

Parágrafo 1. la distinción de que trata el presente Decreto se materializará con la entrega de una medalla en metal con las siguientes características: Base medalla Cruz de Malta, ref: BM-037, mediante proceso de troquelado en crisocal dorado, fijación cinta al pecho color (amarillo y rojo) de 40 mm por 40 mm medida total. Centro sobrepuesto logo de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. en negro con texto “ SECRETARIA DE GOBIERNO, MEDALLA AL MERITO CIUDADANO-BARRIOS UNIDOS. Tamaño 20mm de diametro, fijación cinta al pecho de 40 mm de ancho por 60 mm de largo.

Parágrafo 2. La asignación de la distinción señalada en el presente Decreto se realizara mediante Acto Administrativo suscrito por el Alcalde Local. Artículo 2°.- La condecoración de la MEDALLA AL MÉRITO CIUDADANO-BARRIOS UNIDOS- será impuesta por el Alcalde Local en ceremonia prevista para tal fin. Artículo 3°.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 2 días del mes de mayo del año 2013. IVÁN ERNESTO ROJAS GUZMÁN **Alcalde Local

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