Circular 107 de 2013
Circular 107 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 107
- Año
- 2013
- Fecha
- 20 de septiembre de 2013
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 107 DE 2013 (Septiembre 20) | Para: | SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO; DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDÍAS LOCALES. ---|--- De: | SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. Asunto: | Pronunciamiento No. 10000-20964 de la Contraloría Distrital relacionado con la Contratación Distrital durante los seis primeros meses de 2013. Radicado No. 1-2013-55686.
Esta Secretaría recibió comunicación, mediante la cual el doctor Diego Ardila Medina, Contralor de Bogotá D.C., formula, en ejercicio del control fiscal el pronunciamiento No. 10000-20964, anexo al presente documento, como resultado del seguimiento realizado a la celebración de contratos a lo largo de la presente Administración Distrital, y donde evidenció que las modalidades de contratación más frecuentes han sido la prestación de servicios y la contratación directa.
Algunas de las razones expuestas que sustentan el pronunciamiento son los principios esenciales de la contratación, la Sentencia C-614 de 2009, que considera ajustada a la Constitución la prohibición a la Administración Pública de celebrar contratos de prestación de servicios para el ejercicio de funciones permanentes, y las distintas ocasiones en las que se ha pronunciado el citado organismo de control, frente a la contratación en el distrito.
Atendiendo a lo anterior, la Contraloría Distrital describe y presenta cifras relacionadas con los procesos contractuales adelantados durante el primer semestre del año 2013 e informa además que las entidades y organismos distritales no están cumpliendo en debida forma con la rendición de cuentas a la que están obligados, contraviniendo las disposiciones contenidas en las Resoluciones [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=38924#0) de 2009, [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=42890#0) de 2011, [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=51964#0) de 2012 y 010 de 2013 de la Contraloría Distrital, y siendo susceptibles a la aplicación del artículo [101](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=289#101) de la Ley 42 de 1993, que establece que “los contralores impondrán multas a los servidores públicos y particulares que manejen fondos o bienes del Estado, hasta por el valor de cinco (5) salarios devengados por el sancionado a quienes (…) no rindan las cuentas o informes exigidos o no lo hagan en la forma y oportunidad establecidos por ellas (…)”
En virtud de lo anterior, y con fundamento en el numeral 6° del artículo 38 y el artículo 53 del Decreto Ley 1421 de 1993, les remito el mencionado pronunciamiento para que, en el marco de sus competencias, sea analizado y en caso de considerarlo pertinente se dé respuesta directa al citado organismo de control.
Finalmente, agradezco que copia de la respuesta sea remitida a la Veeduría Distrital y a la Secretaría General de conformidad con la Directiva [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14975#0) de 2004 del Alcalde Mayor y la Circular [29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39436#0) de 2010 de la Secretaría General.
Cordialmente,
MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ
Secretaria General
Anexos: Lo enunciado en veinte (20) folios c.c. Diego Ardila Medina. Contralor Distrital. Carrera 32 No. 26 A-10.
Proyectó: Karen Forero Garavito Revisó: Luis Eduardo Sandoval Isdith- Subdirector Distrital de Estudios e Informática Jurídica.
Aprobó: Fernando Pardo Flórez- Director Jurídico Distrital
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