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Circular 075 de 2013

Circular 75 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
075
Año
2013
Fecha
12 de julio de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 075 DE 2013 (Julio 12) | Para: | Secretarios de Despacho; Directores/as de Departamento Administrativo y de Unidades Administrativas Especiales, con y sin personería jurídica; Presidentes/as, Directores/as y Gerentes/as de Entidades Descentralizadas, Empresas Sociales del orden distrital, incluidas las Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios, Oficiales y Mixtas, Rector/a del Ente Universitario Autónomo, Alcaldes/as Locales. ---|--- De: | Secretaria General de la Alcaldía Mayor Asunto: | Solicitud de Información relativa a la Implementación del Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano Como es de su conocimiento la Ley 1474 de 20111, en su Artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#73). Plan Anticorrupción y de Atención al ciudadano, establece que: “ Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano”.

El Decreto [2641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50959#0) del 17 de Diciembre de 20122, otorgó un plazo límite para la publicación del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, así: “Para el año 2013, las entidades tendrán como máximo plazo para homologar y publicar el plan anticorrupción y atención al ciudadano el 30 de abril de 2013.

Igualmente, el referido Decreto, señaló que la metodología y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra corrupción y atención al ciudadano, es la establecida en el documento de “Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano”, en donde se define que: Las entidades del orden nacional, departamental y municipal deberán publicar en un medio de fácil accesibilidad al ciudadano, las acciones adelantadas en las fechas: 31 de enero, abril 30, agosto 31 y diciembre 31.

Por lo anterior, la Procuraduría General de la Nación, solicitó al Alcalde Mayor, un informe pormenorizado con sus respectivos soportes sobre:

1. Publicación en la página web del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano.

2. Informar si cumplió con la metodología diseñada por el gobierno nacional en relación con el Plan Anticorrupción y de Atención al CiudadanoLa información debe ser remitida a este Despacho a más tardar el 19 de julio de 2012 (Sic) en medio escrito y a los correos institucionales [ilvargas@alcaldiabogota.gov.co](mailto:ilvargas@alcaldiabogota.gov.co) y [gpherrera@alcaldiabogota.gov.co](mailto:gpherrera@alcaldiabogota.gov.co) mediante el cuadro anexo en hoja electrónica junto con los soportes, con el propósito de consolidarla y enviarla al ente de control.

Cordialmente,

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

Secretaria General

Alcaldía Mayor de Bogotá

** NOTA: Para ver el texto del informe a que hace referencia la Circular, hacer click en la parte superior de la pantalla, en el link "Documentos de la Norma".

NOTAS DE PIE DE PÁGINA ** 1 Artículo 73. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Ley 1474 de julio 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública”.

2 Artículo 7.

Parágrafo. Transitorio. Decreto 2641 del 17 de diciembre de 2012, “Por el cual se reglamentan los artículos 73 y 76 de la Ley 1474 de 2011”.

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