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Circular 032 de 2013

Circular 32 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
032
Año
2013
Fecha
14 de marzo de 2013
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 032 DE 2013 (Marzo 14) | Para: | SECRETARIAS DISTRITALES DE HACIENDA, MOVILIDAD Y SALUD; DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS E INSTITUTOS; UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON O SIN PERSONERÍA JURÍDICA; GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS; EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO; EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS; SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA; SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS; RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO; VEEDURÍA DISTRITAL Y ALCALDES/AS LOCALES. ---|--- De: | Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. (E) Asunto: | Traslado oficio No. 11-1010-1-1. Cobro No. 2-2013-006500 / Proceso Coactivo No. 00-318-09/embargo remanentes. Ejecutado: PALEVI LTDA. Rad. 1-2013-9716.

La doctora Luz Esperanza Rebolledo Amaya, en su condición de Secretaria de la Jurisdicción Coactiva del SENA – Regional Distrito Capital, mediante el oficio identificado con el número 11-1010-1-1, informa _“...que en virtud del Artículo 543 del C.P.C, se decretó embargo de los bienes que por cualquier causa se llegaren a desembargar o del remanente producto del embargados (Sic) en el proceso promovido por el banco COLPATRIA S.A en su respectivo despacho”._

Sobre el particular, es oportuno señalar que, en desarrollo de los artículos 53 del Decreto Ley 1421 de 1993 y 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Alcalde Mayor de la ciudad, cumple sus atribuciones por medio de los organismos o entidades creados por el Concejo Distrital.

En tal sentido, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011, Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en concordancia con lo dispuesto en los literales c), d), e) y f) del artículo 2 del Decreto Distrital 397 de 2011, se traslada la referida solicitud al organismo o entidad a su digno cargo, con el propósito que, en el marco de su autonomía administrativa se de respuesta directa a la peticionaria dentro de la oportunidad legal.

Cordialmente,

JOSÉ ORLANDO RODRÍGUEZ GUERRERO

Secretario General (E)

Copia: Doctora Luz Esperanza Rebolledo Amaya, Secretaria Jurisdicción Coactiva del SENA – Regional Distrito Capital. Carrera 13 No. 65 – 10, piso 18 – Bogotá.

Anexos: 1 folio.

Proyectó: Silvia Aponte Penso Aprobó: María Fernanda Bermeo Fajardo Aprobó: Luís Eduardo Sandoval Isdith.

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