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Resolución 1717 de 2014

Resolución 1717 de 2014 Secretaría Distrital de Salud

Tipo
Resolución
Número
1717
Año
2014
Fecha
17 de octubre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 1717 DE 2014 (Octubre 17)

“Por la cual se adopta la nueva Codificación de las dependencias que conforman la Secretaría Distrital de Salud”.

El SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de 1991 consagró en su artículo 209 que la Función Administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla, entre otros, con fundamento en los principios de eficacia, economía, celeridad y publicidad.

Que mediante Decreto Distrital 507 del 06 de Noviembre de 2013, expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá se implanto la nueva Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud, estableciendo nuevas dependencias que la conforman e integran, para cumplir su Misión Institucional Que la nueva codificación de las dependencias permite identificar la responsabilidad de la gestión documental de la administración de sus archivos, así como el deber de elaborar y adoptar las respectivas tablas de retención documental y de velar por la integridad, autenticidad, veracidad y fidelidad de la información documental que se generen en cada dependencia de la nueva estructura, Que atendiendo los principios constitucionales de la administración pública, el diseño y desarrollo del Sistema de Control Interno se orientara, entre otros, a garantizar la eficacia, la eficiencia y economías en todas las operaciones, promoviendo y facilitando la correcta ejecución de las funciones y actividades definidas para el logro de la misión institucional.

Que se hace necesario adoptar la Codificación Administrativa de las dependencias de la nueva estructura que conforman la Secretaría Distrital de Salud, que permita identificar el manejo responsable de la gestión administrativa y misional que le corresponde con un código conformado por seis (6) dígitos, los cuales cada uno señalará el nivel Jerárquico a partir de la máxima autoridad o instancia de la organización interna.

Que con fundamento en lo anterior, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo primero.

- Adoptar la nueva codificación Administrativa de las dependencias que hacen parte de la estructura Organizacional de la Secretaria Distrital de Salud. Las cuales estarán identificadas con un código conformado por seis (6) dígitos, cada uno señalará el nivel Jerárquico a partir de la máxima autoridad o instancia de la organización, de la siguiente forma: | CÓD. | DEPENDENCIA ---|--- 000000 | DESPACHO DEL SECRETARIO 000100 | Oficina Asesora de Jurídica. 000200 | Oficina Asesora de Comunicaciones 000300 | Oficina de Control Interno 000400 | Oficina de Asuntos Disciplinarios. 010000 | SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA 011000 | Dirección de Salud Colectiva 011100 | Subdirección de Determinantes en Salud 011200 | Subdirección de Acciones Colectivas 012000 | Dirección de Epidemiología, Análisis y Gestión de Políticas de Salud Colectiva. 012001 | Laboratorio de Salud Pública 012002 | Laboratorio de Citopatología 012100 | Subdirección de Vigilancia en Salud Pública 012101 | Procesos Legales 012200 | Subdirección de Gestión y Evaluación de Políticas en Salud Pública 020000 | SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS DE SALUD Y ASEGURAMIENTO 021000 | Dirección de Urgencias y Emergencias en Salud 021100 | Subdirección Centro Regulador de Urgencias y Emergencias 021200 | Subdirección de Gestión de Riesgo en Emergencias y Desastres 022000 | Dirección de Calidad de Servicios de Salud 022100 | Subdirección de Inspección, Vigilancia y Control de Servicios de Salud 022200 | Subdirección de Calidad y Seguridad en Servicios de Salud. 023000 | Dirección de Aseguramiento y Garantía del Derecho a la Salud. 023100 | Subdirección de Administración del Aseguramiento. 023101 | Atención Al Vinculado 023102 | Electivas 023200 | Subdirección de Garantía del Aseguramiento. 023201 | Garantía de la Calidad 023202 | Servicio de Quejas y Soluciones - SQS 023203 | Auditoria Cuentas Médicas 024000 | Dirección de Provisión de Servicios de Salud. 024001 | Análisis y Políticas de la Oferta de Servicios de Salud 024002 | Red de Trasplantes 024003 | Red de Sangre 024004 | Hemocentro Distrital 030000 | SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIO A LA CIUDADANÍA. 030001 | Unidad Ejecutiva De Localidades (UEL) 031000 | Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad 031100 | Subdirección Territorial Red Norte 031200 | Subdirección Territorial Red Centro Oriente 031300 | Subdirección Territorial Red Sur 031400 | Subdirección Territorial Red Sur Occidente 032000 | Dirección de Servicio a la Ciudadanía 040000 | SUBSECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y GESTIÓN SECTORIAL 041000 | Dirección de Planeación Sectorial 041001 | Investigaciones Y Cooperación 041002 | Análisis, Programación Y Evaluación 041003 | Gestión De Información 042000 | Dirección de Análisis de Entidades Públicas Distritales del Sector Salud 042001 | Saneamiento Fiscal 043000 | Dirección de Infraestructura y Tecnología 050000 | SUBSECRETARÍA CORPORATIVA 051000 | Dirección de Gestión del Talento Humano 052000 | Dirección Administrativa 052100 | Subdirección de Contratación 052200 | Subdirección de Bienes y Servicios 052201 | Servicios Generales 052202 | Correspondencia 052203 | Recursos Físicos 052204 | Archivo Central 053000 | Dirección Financiera 053001 | Presupuesto 053002 | Tesorería 053003 | Contabilidad 053004 | Cobro Coactivo 054000 | Dirección Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC 054001 | Proyectos TIC 054002 | Infraestructura y Servicios - TIC 054003 | Ingeniería de Software -TIC 055000 | Dirección de Planeación Institucional y Calidad 055001 | Planeación Institucional 055002 | Calidad y Sistema Integrado de Gestión

Parágrafo. -** La Entidad podrá crear códigos adicionales, de acuerdo con los grupos técnicos que se organicen al interior de las dependencias, previa autorización de la Subsecretaría respectiva y la modificación de la presente resolución.

Artículo segundo.

-** La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y se aplicará con la implementación de la nueva estructura.

COMUNÍQUESE PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D, C., a los 17 días del mes de octubre de 2014.

MAURICIO ALBERTO BUSTAMANTE GARCÍA

Secretario de Despacho

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5456 de octubre 22 de 2014

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