Resolución 226 de 2014
Resolución 226 de 2014 Secretaría Distrital de Hacienda
- Tipo
- Resolución
- Número
- 226
- Año
- 2014
- Fecha
- 8 de octubre de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 226 DE 2014
**(Octubre 08)
**[Derogada por el art. 3, Resolución SDH 000191 de 2017.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#3)
_Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital_
EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA
En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos 92 y 102 del Decreto 714 de 1996, artículo 40 del Decreto 195 de 2007 y artículo 46 del Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que le corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda impartir las instrucciones que considere pertinentes para garantizar el adecuado manejo financiero y presupuestal de las entidades y organismos distritales.
Que para el cumplimiento de dicho precepto se hace necesario diseñar, actualizar y compilar los métodos y procedimientos presupuestales operativos.
Que el artículo [92](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#92) del Decreto 714 de 1996, _“Por el cual se compilan el Acuerdo[24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2047#0) de 1995 y Acuerdo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2051#0) de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, establece que: “Corresponde a la Secretaría de Hacienda garantizar la correcta programación y ejecución presupuestal. Para tal fin diseñará los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios. Igualmente, podrá efectuar por conducto de la Dirección Distrital de Presupuesto las visitas que considere pertinentes e impartir las instrucciones que encuentre conveniente para el adecuado manejo financiero y presupuestal”._ __ Que el artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=24620#40) del Decreto 195 de 2007 _“Por el cual se reglamenta y se establecen directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado”_ establece que la Secretaría Distrital de Hacienda es la entidad encargada de establecer las metodologías necesarias para efectuar el estudio, seguimiento y evaluación de la programación y ejecución del presupuesto de las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital.
Que el artículo [46](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#46) del Decreto 372 de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L”,_ establece en lo relacionado con el control administrativo y financiero de los Fondos de Desarrollo Local, lo siguiente: _“Corresponde a la Secretaría Distrital de Hacienda, diseñar los métodos y procedimientos de información, seguimiento y evaluación que considere necesarios; también podrá impartir las instrucciones de acuerdo a su competencia para el adecuado manejo financiero y presupuestal”._ __ Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
Artículo 1.
Adoptar y consolidar el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital.
Artículo 2.
El presente Manual Operativo Presupuestal rige en lo que corresponde a cada capítulo para: 1. Entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. 2. Empresas Sociales del Estado – ESE. 3. Fondos de Desarrollo Local – FDL. 4. Empresas Industriales y Comerciales del Distrito – EICD.
Artículo 3.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de octubre del año 2014.
RICARDO BONILLA GONZÁLEZ
Secretario Distrital de Hacienda
Nota: ver Anexo.
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