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Resolución 560 de 2014

Resolución 560 de 2014 Secretaría Distrital de Gobierno

Tipo
Resolución
Número
560
Año
2014
Fecha
15 de octubre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 560 DE 2014 (Octubre 15) [Derogada por el art. 7°, Resolución 816 de 2018](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81187#7) y por el art. 11, Resolución 1030 de 2020

_Por la cual se modifica el artículo_ _[segundo](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=58568#2)de la Resolución No. 328 de 2014_

LA SECRETARIA DISTRITAL DE GOBIERNO En uso de sus atribuciones legales, en especial la consagrada en el artículo 3 del Decreto Distrital 065 de 2002, y, Nota: Esta Resolución había sido derogado por el art. [7](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=81187#7) de la Resolución 816 de 2018, no obstante esta norma fue derogada a su vez por el art. [1](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=81224#1) de la Resolución 994 de 2018.

CONSIDERANDO:

Que en el artículo [tercero](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=4581#3) del Decreto Distrital 065 de 2002, el Alcalde Mayor de Bogotá asignó a la Secretaría Distrital de Gobierno la definición de las directrices que los/as inspectores/as de policía deberán observar para la correcta atención de los asuntos de naturaleza policiva, los relacionados con la convivencia ciudadana y las comisiones judiciales.

Que en desarrollo de la asignación antes relacionada, mediante la Resolución No. [1578](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=6689) del 14 de Noviembre de 2002, la Secretaría Distrital de Gobierno estableció los procedimientos para la organización y funcionamiento de las Inspecciones de Policía de Bogotá.

Que a su vez mediante la Resolución 328 del 16 de julio de 2014 se modificaron los artículos [7](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=58568#7) y [8](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=58568#8) de la Resolución 1578 de 2002, eliminando la radicación en libros para la asignación de números consecutivos de identificación de los expedientes y para el registro de las fechas de atención de diligencias dentro de los despachos comisorios y de querellas, y en su lugar integrar el uso del aplicativo _“SI ACTÚA”_.

Que mediante comunicación 20145310465713 del 10 de septiembre de 2014, el Director de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia de esta Secretaría, recomendó ajustar la Resolución [328](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58568) de 2014, en el sentido de excluir de su articulado la obligación de registrar en el aplicativo _“SI ACTÚA”_, la información sobre la fechas en las que se van a adelantar las medidas cautelares que son ordenadas dentro de los despachos comisorios, en aras de preservar la reserva propia de estas comisiones civiles.

Que el Código General del Proceso expedido con la Ley 1564 del 12 de julio de 2012 señala en el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=48425#39) sobre el otorgamiento y práctica de la comisión que cuando no se trate de la práctica de pruebas, el comisionado fijará para tal efecto el día más próximo posible y la hora para su iniciación, en auto que se notificará por estado.

Que atendiendo la necesidad de salvaguardar la información que la seguridad jurídica exige cuando se trata de la práctica de medidas cautelares en las comisiones civiles, se acoge la recomendación realizada por el Director de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia.

Que por lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar el artículo [segundo](http://10.80.50.193:8080/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=58568#2) de la Resolución 328 del 16 de julio de 2014 así: _“ARTÍCULO 2.-__El artículo 8 de la Resolución 1578 de 2002 quedará así:_ _“ARTÍCULO 8.- La asignación de fechas para las diligencias en los asuntos a cargo de las Secretarías Generales de Inspecciones y las Inspecciones de Policía, se consignarán directamente en el aplicativo “SI ACTÚA”, ciñéndose estrictamente al orden cronológico de llegada._ _PARÁGRAFO.-__Se exceptúan de consignar en el aplicativo “SI ACTÚA” el/los auto/s a través de los cuales se fija la/s fecha/s de las diligencias para la práctica de medidas cautelares ordenadas en las comisiones civiles”._ ARTÍCULO SEGUNDO.- Las demás disposiciones de la Resolución [328](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58568) del 16 de julio de 2014 se mantienen sin modificación. ARTÍCULO TERCERO.-** La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre del año 2014.

GLORIA FLÓREZ SCHNEIDER Secretaria Distrital de Gobierno

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