Resolución 5926 de 2014
Resolución 5926 de 2014 Ministerio de Salud y Protección Social
- Tipo
- Resolución
- Número
- 5926
- Año
- 2014
- Fecha
- 23 de diciembre de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 5926 DE 2014 (Diciembre 23) _Por la cual se ajusta el Anexo número 01 de la Resolución número[5521](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60055)de 2013_ EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo[154](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5248#154)de la Ley 100 de 1993, los numerales[32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44615#2.32)y 33 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2º del Decreto número 2562 de 2012 y el artículo[25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355#25)de la Ley 1438 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo establecido en los numerales [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=44615#32.2) y 33 del artículo 2º del Decreto-ley 4107 de 2011, modificado por el artículo 2º del Decreto número 2562 de 2012, el Ministerio de Salud y Protección Social es la entidad competente para definir y modificar el Plan Obligatorio de Salud (POS), que garantizará la atención en salud de los afiliados de los Regímenes Contributivo y Subsidiado;
Que en desarrollo de las anteriores disposiciones normativas este Ministerio expidió la Resolución número [5521](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60055#0) de 2013 que definió, aclaró y actualizó el Plan Obligatorio de Salud (POS), de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, que contiene tres (3) anexos que hacen parte integral del mismo, cuya aplicación es de carácter obligatorio, así: Anexo número _1 “Listado de Medicamentos del Plan Obligatorio de Salud”_; Anexo 2 número “ _Listado de Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud”_, el cual se encuentra descrito en las categorías de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS); Anexo número 3 “ _Listado de Laboratorio Clínico del Plan Obligatorio de Salud”_, expresado en términos de Subcategorías de la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS);
Que se han detectado imprecisiones en algunos ítems del listado general de medicamentos POS 2014 contenidos en el del Anexo número 1 antes referido, en cuanto al código ATC, principio activo, concentración, forma farmacéutica y aclaración, haciendo necesario su ajuste, sin que ello conlleve a la modificación de las coberturas, los usos terapéuticos ni las indicaciones previstas en el Plan Obligatorio de Salud (POS);
Que una vez analizado las precisiones objeto de la presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el parágrafo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22600#7.P.3) del artículo 7° de la Ley 1122 de 2007, se evidenció un impacto neutro en la viabilidad financiera sobre la Unidad de Pago por Capitación (UPC), por lo cual no afecta el equilibrio financiero del SGSSS y por ende, no hay lugar a realizar proyecciones de sostenibilidad de mediano ni largo plazo, como tampoco a estudiar la compatibilidad con el Marco Fiscal de Mediano Plazo;
Que la Comisión Asesora de Beneficios, Costos, Tarifas y Condiciones de Operación del Aseguramiento en Salud en Sesión Ordinaria número 13 del 18 de diciembre de 2014, en ejercicio de sus funciones, formuló recomendaciones al Ministerio de Salud y Protección Social, que sirvieron de base para la expedición de la presente resolución; En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Sustituir el Anexo número [01](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60055#5) “ _Listado General de Medicamentos POS 2014”_ de que trata la Resolución número [5521](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60055) de 2013, por el Anexo número 01 “ _Listado General de Medicamentos POS 2014”_ que forma parte integral de la presente resolución. Artículo 2°. Vigencias y derogatorias.__ La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución número [5521](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60055) de 2013 y surte efectos desde el 1º de enero de 2015. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2014 El Ministro de Salud y Protección Social Alejandro Gaviria Uribe
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