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Resolución 10 de 2014

Resolución 10 de 2014 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Tipo
Resolución
Número
10
Año
2014
Fecha
31 de diciembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 10 DE 2014

(Diciembre 31)

“Por el cual se suprimen y crean unos cargos del nivel asistencial en la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en cumplimiento del Acta de Acuerdo de Negociación Colectiva del Pliego de solicitudes de Empleados Público del IDRD, suscrita entre la Administración y SINTRAIRED”

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

En uso de sus facultades legales y, en especial las conferidas por el numeral 5° del artículo 5° del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7 del artículo 17 de la Resolución de Junta Directiva 05 de 1997 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte, es un establecimiento público descentralizado del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, sujeto a las normas de derecho público, creado mediante el Acuerdo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=897#0) del Concejo del Distrito Especial de Bogotá en 1978, cuya máxima autoridad administrativa la constituye la Junta Directiva.

Que el artículo 59 del Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1507#0) de 1993, señala que la autonomía administrativa y presupuestal de las entidades descentralizadas se ejercerá conforme a las normas que las organizan y la tutela de la administración a que están sometidas tendrá por objeto el control de sus actividades y la coordinación de éstas con las políticas del gobierno Distrital.

Que el numeral 7° del artículo 17 de la Resolución [05](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9858#0) de 1997 dispone que sea función de la Junta Directiva _“...adoptar la estructura orgánica del Instituto. Crear, suprimir, fusionar, clasificar y reestructurar dependencias y cargos de la entidad, sin generar con ello nuevas obligaciones presupuestales, adoptando las escalas, asignaciones y remuneraciones y determinar las funciones básicas de las distintas dependencias”._ Que es función del Departamento Administrativo del Servicio Civil establecer las directrices técnicas respecto de la gestión del recurso humano para el Distrito Capital en lo referente a sistema salarial y prestacional, nomenclatura y clasificación de empleos, manuales específicos de funciones y competencias, plantas de personal y relaciones laborales, entre otros, conforme lo establece el literal a), del artículo 2º del Decreto Distrital [076](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23025#0) de 2007.

Que como lo establece el artículo 15 de Decreto Nacional [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#0) de 2005, el sistema de nomenclatura y clasificación determina que a cada uno de los niveles jerárquicos de los empleos le corresponde una nomenclatura y clasificación específica que consta de un código de tres dígitos. El primero señala el nivel al cual pertenece el empleo y los dos restantes indican la denominación del cargo. Este código se debe adicionar con dos dígitos que corresponden a los grados de asignación básica en el Distrito Capital.

Que entre los empleos en los que es preciso modificar su nomenclatura se encuentran empleos de carrera administrativa definidos como tales en la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#0) de 2004.

Que por lo anterior, técnicamente se hace necesaria la supresión y creación de los empleos en los niveles y grados determinados, lo que conlleva a las modificaciones de la planta de empleos, así como del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales.

Que surtido el procedimiento anterior, se deben incorporar los empleados, en la situación administrativa en la que se encuentren, a los empleos ajustados en su nomenclatura, sin exigir requisitos diferentes a los ya acreditados y actualizar el Registro Público de Carrera Administrativa, toda vez que como se dijo previamente, lo que cambia en la nomenclatura de los empleos es el grado de asignación básica.

Que el régimen de equivalencias, para viabilizar la incorporación en empleos de carrera administrativa, se encuentra establecido por el Decreto Nacional [1746](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=20355#0) de 2006 y para los efectos pretendidos dispone que se observen los siguientes criterios: 1.

Que los empleos comparados tengan asignadas funciones iguales o similares. Esto es que exista una estrecha afinidad ente los contenidos funcionales de los empleos ocupados. 2.

Que los requisitos exigidos en cuanto a estudio, experiencia y competencias laborales sean iguales o similares. 3.

Que entre la asignación básica mensual fijada para los empleos cotejados, la diferencia salarial no supere los dos grados siguientes de la escala cuando se trata de empleos que se rijan por la misma nomenclatura, o el 10% de la asignación básica cuando a los empleos se les aplique nomenclatura diferente.

Que en virtud del acta de Acuerdo de Negociación Colectiva del Pliego de solicitudes de Empleados Públicos, suscrita entre el Instituto Distrital de Recreación y Deporte y el Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos del IDRD y en la cual entre otros puntos se dispuso lo siguiente:_“...Artículo 2:_Nivelación:_ El Instituto adelantará los trámites ante las instancias competentes, con el fin de determinar la viabilidad respecto de la nivelación salarial para el grupo de secretarias de planta de la Entidad...”. _ Que con el fin de dar cumplimiento a lo pactado en el acta de Acuerdo de Negociación Colectiva del Pliego de solicitudes de Empleados Públicos, suscrita entre el Instituto Distrital de Recreación y Deporte y el Sindicato de Trabajadores Oficiales y Empleados Públicos del IDRD, se deben suprimir y crear unos empleos de su planta de personal.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió concepto técnico favorable para la modificación de la Planta de Personal del IDRD, mediante oficio 2014-E-E-753 O 1 del 8 de abril y radicación IDRD 2014-210-009042-2 del 9 de abril de 2014.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda, emitió Certificación de Viabilidad Presupuestal a la propuesta de modificación de la Planta de Personal del IDRD, mediante oficio 2014-E-E-419128 O1 del 23 de diciembre de 2014 y radicación IDRD 332212 del 24 de diciembre de 2014.

Que en sesión de Junta Directiva realizada el día 31 de diciembre de 2014, fue aprobada la propuesta de modificación de la Planta de Personal del IDRD, de acuerdo con los conceptos emitidos por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y la Secretaria de Hacienda.

Que por las anteriores consideraciones,

RESUELVE:

Artículo 1.

- Suprímase de la Planta global de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD – los siguientes cargos: | No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CODIGO Y GRADO ---|---|--- (4) Cuatro | Secretaria Ejecutiva | 425-04 (15) Quince | Secretaria Ejecutiva | 425-08 (5) Cinco | Secretaria Ejecutiva | 425-10

Artículo 2.

-** Créase en la Planta global de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD – los siguientes cargos:

No. DE CARGOS | DENOMINACIÓN DEL EMPLEO | CODIGO Y GRADO ---|---|--- (4) Cuatro | Secretaria Ejecutiva | 425-06 (15) Quince | Secretaria Ejecutiva | 425-10 (5) Cinco | Secretaria Ejecutiva | 425-11

Artículo 3.

-** La planta actual de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, quedara de la siguiente manera:

No | DENOMINACION DEL EMPLEO | CÓDIGO | GRADO ---|---|---|--- NIVEL DIRECTIVO 1 | Director General | 50 | 4 1 | Secretario General de Entidad Descentralizada | 54 | 3 3 | Subdirector Técnico | 68 | 2 1 | Subdirector Administrativo | 68 | 2 3 | Jefe Oficina | 6 | 1 NIVEL ASESOR 1 | Jefe de Oficina Asesora Jurídica | 115 | 3 1 | Jefe de Oficina Asesora de Planeación | 115 | 3 1 | Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones | 115 | 3 1 | Asesor | 105 | 4 1 | Asesor | 105 | 2 7 | Asesor | 105 | 1 NIVEL PROFESIONAL 1 | Tesorero General | 201 | 8 1 | Almacenista General | 215 | 8 9 | Profesional Especializado | 222 | 11 5 | Profesional Especializado | 222 | 10 10 | Profesional Especializado | 222 | 9 18 | Profesional Especializado | 222 | 7 30 | Profesional Especializado | 222 | 6 5 | Profesional Especializado | 222 | 5 3 | Profesional Universitario | 219 | 4 5 | Profesional Universitario | 219 | 3 14 | Profesional Universitario | 219 | 2 1 | Profesional Universitario | 219 | 1 NIVEL TÉCNICO 10 | Técnico Operativo | 314 | 10 36 | Técnico Operativo | 314 | 7 3 | Técnico Operativo | 314 | 6 2 | Técnico Operativo | 314 | 5 2 | Técnico Operativo | 314 | 3 6 | Técnico Operativo | 314 | 2 NIVEL ASISTENCIAL 2 | Auxiliar Administrativo | 407 | 9 23 | Auxiliar Administrativo | 407 | 6 1 | Auxiliar Administrativo | 407 | 5 1 | Auxiliar Administrativo | 407 | 3 6 | Auxiliar Administrativo | 407 | 2 10 | Auxiliar Administrativo | 407 | 1 6 | Secretario Ejecutivo | 425 | 11 15 | Secretario Ejecutivo | 425 | 10 4 | Secretario Ejecutivo | 425 | 6 7 | Conductor | 480 | 8 TRABAJADORES OFICIALES 1 | Administrador II | | 1 | Auxiliar Administrativo | | 3 | Auxiliar de Mantenimiento II | | 4 | Auxiliar de Mantenimiento | | 2 | Técnico de Mantenimiento | | 2 | Celador | | 1 | Profesional Especializado 10 | | Planta Total de Empleos: | 271

Artículo 4.

-** A los empleados inscritos en carrera administrativa, que sean incorporados con la presente Resolución se les deberá actualizar su inscripción en el Registro Público de Carrera Administrativa.

Artículo 5.

- **La presente Resolución no tienen (sic) carácter retroactivo, modifica la Resolución [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=17795#0) del 13 de septiembre de 2005, por medio de la cual se ajustó la planta de personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte a la nueva nomenclatura, clasificación de empleos señalados en el Decreto [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#0) de 2005 y deroga las disposiciones de igual o inferior jerarquía, que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, a los 31 días del mes de diciembre del año 2014.

CLARISA RUIZ CORREAL

PRESIDENTA

CARLOS HERNÁN HERMIDA ISSA

SECRETARIO

Nota: Publicada en el Registro Distrital 5507 de enero 07 de 2015

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