Decreto Local 013 de 2014
Decreto Local 13 de 2014 Alcaldía Local de Suba
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2014
- Fecha
- 15 de octubre de 2014
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 013 DE 2014 (Octubre 15 ) “Por medio del cual se efectúa un traslado en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal de 2014”. LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y
CONSIDERANDO:
1.
Que el parágrafo 1 del citado artículo establece: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”. 2.
Que el Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local emitido mediante resolución No. SDH – 000383 de 15 de Septiembre de 2010, por la Secretaria Distrital de Hacienda, contiene aspectos operativos y el desarrollo de nuevos procedimientos que en materia presupuestal permiten y facilitan su gestión, se adoptan sus lineamientos para proceder a los ajustes requeridos, en especial lo descrito en su numeral 4 “Modificaciones presupuestales”, en busca de una optimización de los recursos y el cumplimiento de la misionalidad instituida para la Alcaldía Local. 3.
Que para la vigencia 2014, el Proyecto 3.3.1.14.01.08.1039 DESARROLLO DE LOS DERECHOS CULTURALES, DEPORTIVOS Y RECREATIVOS, contempla las metas de “Mantener 4 parques vecinales y/o de bolsillo”, “Construir 2 parques vecinales y/o de bolsillo” y “Dotar 3 parques vecinales y/o de bolsillo” para lo cual se dispusieron recursos por un monto de $2.331.400.000.00; no obstante, una vez adelantados los estudios previos, se estableció que el costo total necesario para adelantar las actividades proyectadas alcanza un valor de $2.310.000.000.00, generándose un saldo de $21.400.000.00. De igual manera, las metas “Vincular 3000 personas a eventos en espacios de expresión cultural y artística” y “Capacitar a 2.500 personas en formación artística informal y aficionada por ciclo vital”, tienen apropiados recursos por un valor total de $600.000.000.00, no obstante, la Alcaldía Local de Suba aunó esfuerzos y recursos con la Secretaria Distrital de Cultura, y adelantó un contrato interadministrativo para dar cumplimiento a dichas metas, lo cual conduce a la utilización de solamente $295.000.000.00, con lo que se genera un saldo de $305.000.000.00; por otra parte, la meta “Realizar 50 dotaciones de materiales y elementos para la práctica recreativa y deportiva local” cuenta con recursos por $246.162.000.00; sin embargo, una vez realizado el estudio previo, se estableció que las organizaciones pueden ser dotadas adecuadamente utilizando recursos por $150.000.000.00, generándose un saldo de $96.162.000.00, finalmente, en la meta “dotar 1 equipamiento o escenario cultural público”, se había contemplado una adición al contrato 2012 de 2013 por $25.000.000.00, sin embargo, la adición se adelantó por $22.281.463.00, con un saldo de $2.718.537.00 4.
Que el Proyecto 3.3.1.14.03.27.1050 FORTALECIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA LOCAL contempla la meta para la vigencia 2014 “Vincular 2.000 personas en campañas de promoción de la política de juventud y sus actividades”, que inicialmente contaba con $300.000.000.00, no obstante las contrataciones adelantadas dejan a la fecha un saldo de $118.324.104.00, de los cuales y para dar cumplimiento total a la meta en mención se utilizaran solo $16.088.350.00, quedando un saldo de $102.235.754.00 que pueden ser utilizados en el cumplimiento de otros compromisos. 5.
Que los saldos antes mencionados, de los proyectos 1039 y 1050 por un monto total de $527.516.291.00, se pueden disponer para cubrir actividades relacionadas con el Proyecto 3.3.1.14.03.24.1047 Participación para el ejercicio de los derechos, recursos que se orientaran específicamente a la terminación de los salones comunales de Rio Bamba, Tibabuyes Universal, Santa Cecilia I Sector y el mantenimiento al salón Costa Azul. 6.
Que en el Proyecto 3.3.1.14.01.03.1032 PROMOCION Y DOTACION PARA LA EDUCACION Y LA CAPACITACION, se contemplan como metas para la vigencia 2014 “Vincular 4.500 estudiantes en salidas pedagógicas extraescolares”, “Dotar 4 equipamientos de elementos pedagógicos en el marco del proyecto escolar y/o comunitario” y “Vincular a 850 personas a programas de preparación y capacitación orientados a las pruebas de estado y al acceso de educación para jóvenes y adultos no escolarizados”, para las cuales se había dispuesto inicialmente un valor total de $1.595.000.000.00; no obstante, una vez adelantados los estudios previos, el valor total de los recursos a apropiar para el cumplimiento de las metas resultó en $1.570.903.053.00, generándose un saldo de $24.096.947.00 7.
Que en el Proyecto 3.3.1.14.01.06.1037 GESTIÓN POR LA DIGNIDAD DE LAS VÍCTIMAS para la vigencia 2014, se contempla la meta “Asesorar y acompañar a 500 personas en las acciones de gestión social relacionadas con el desarrollo de proyectos de vivienda, en coordinación con la Alta Consejería para los Derechos de las Víctimas”, con una apropiación inicial de $100.000.000, de los cuales solo se utilizarán $55.000.000.00, con la contratación de dos profesionales que adelanten acciones de asesoramiento y acompañamiento a los ciudadanos de la localidad, lo que genera un saldo de $45.000.000.00 8.
Que los saldos de los proyectos 1032 y 1037, por monto total de $69.000.000.00, quedan disponibles para ampliar las actividades relacionadas con el Proyecto 3.3.1.14.01.02.1034 Promoción y prevención para una Suba saludable. 9.
Que para el citado traslado presupuestal se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 898 del 30 de septiembre de 2014 expedido por el Responsable de Presupuesto del FDLS. 10.
Que la Alcaldesa Local solicito y obtuvo concepto previo favorable de la SHD – DDP, para el traslado mencionado, según oficio 2014EE220891 del 10 de octubre de 2014. 11. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo primero.
Efectúese un Contracrédito en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así: | RUBRO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO ---|---|--- 3. | GASTOS | 596.516.291.00 3.3 | INVERSIÓN | 596.516.291.00 3.3.1 | DIRECTA | 596.516.291.00 3.3.1.14 | "Bogotá Humana" | 596.516.291.00 3.3.1.14.01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación. El ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 494.280.537.00 3.3.1.14.01.03. | Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender | 24.000.000.00 3.3.1.14.01.03.1032 | Promoción y dotación para la educación y la capacitación | 24.000.000.00 3.3.1.14.01.06. | Bogotá Humana por la dignidad de las víctimas | 45.000.000.00 3.3.1.14.01.06.1037 | Gestión por la dignidad de las víctimas | 45.000.000.00 3.3.1.14.01.08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 425.280.537.00 3.3.1.14.01.08.1039 | Desarrollo de los derechos culturales, recreativos y deportivos | 425.280.537.00 3.3.1.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 102.235.754.00 3.3.1.14.03.27 | Territorios de vida y paz con prevención del delito | 102.235.754.00 3.3.1.14.03.27.1050 | Fortalecimiento y promoción de la convivencia local | 102.235.754.00 TOTAL CONTRACRÉDITOS | 596.516.291.00**
Artículo segundo.
Efectúese un Crédito en el Presupuesto Anual de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba, así:
RUBRO | CONCEPTO | CRÉDITO ---|---|--- 3. | GASTOS | 596.516.291.00 3.3 | INVERSIÓN | 596.516.291.00 3.3.1 | DIRECTA | 596.516.291.00 3.3.1.14 | "Bogotá Humana" | 596.516.291.00 3.3.1.14.01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación. El ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 69.000.000.00 3.3.1.14.01.02 | Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad | 69.000.000.00 3.3.1.14.01.02.1034 | Promoción y prevención para una Suba saludable | 69.000.000.00 3.3.1.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 527.516.291.00 3.3.1.14.03.24 | Bogotá Humana: participa y decide | 527.516.291.00 3.3.1.14.03.24.1047 | Participación para el ejercicio de los derechos | 527.516.291.00 TOTAL CRÉDITOS | 596.516.291.00
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige a partir de su expedición.
COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de octubre de l año 2014.
MARISOL PERILLA GÓMEZ
Alcaldesa Local de Suba
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5456 de octubre 22 de 2014
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