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Decreto Local 05 de 2014

Decreto Local 5 de 2014 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
05
Año
2014
Fecha
9 de julio de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 05 DE 2014 (Julio 9) Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal del 2014. QUE EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421/93 Y Decreto 372/10,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 31º del Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#0) de 2010, _“...Toda adición al presupuesto deberá contar con concepto previo del CONFIS y aprobación de la JAL...”_ Que de acuerdo con la Circular N° 01 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal-CONFIS, en sus sesiones No. 02 y 03 del 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a los establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto Distrital 372 de 2.010 determinó un monto de $9.397.334.333 por excedentes financieros a 31 de diciembre de 2013 generados por la localidad de San Cristóbal, los cuales se distribuirán para los siguientes proyectos, proyecto 1011 de Gestión Integral del Riesgo en San Cristóbal, el y el proyecto 939 Atención integral a personas mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica.

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal expidió el Acuerdo Local No [061](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58513#0) del 27 de junio del 2014 y sancionado por el Alcalde, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2.014 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal.

Que en la circular No 01 del CONFIS se estableció los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2014, Que mediante comunicación Nº 2-2014-19802 de 09 de mayo de 2014 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto y favorable a la modificación propuesta. De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”. En este sentido, la Circular CONFIS N° 01 del 2014, del 17 de marzo de 2014, comunica que en las sesiones N° 02 y 03 del 25 de febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2013. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos adicionales. Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados a los Proyectos 1011 de Gestión Integral del Riesgo en San Cristóbal, y el proyecto 939 Atención integral a personas mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes En mérito de lo anterior:

DECRETA:

Artículo 1°.

- Adicionar al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la Vigencia Fiscal de 2014, la suma de NUEVE MIL VEINTISEIS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO PESOS MCTE ($9.026.927.335) conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | ADICION** ---|---|--- 2 | INGRESOS | 9.397.334.333 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 9.397.334.333 2.4.5 | EXCEDENTES FINANCIEROS | 9.397.334.333

| TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 9.397.334.333 3 | GASTOS | 9.397.334.333 ---|---|--- 3.3 | INVERSIÓN | 9.397.334.333 3.3.1 | DIRECTA | 9.397.334.333 3.3.1.14 | Plan de Desarrollo Bogotá Humana | 9.397.334.333 3.3.1.14.01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 832.122.333 3.3.1.14.01.05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 832.122.333 3.3.1.14.01.05.0939 | Atención Integral a Personas Mayores disminuyendo la discriminación y la segregación socioeconómica. | 832.122.333 3.3.1.14.02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 8.565.212.000 3.3.1.14.02.20 | Gestión integral de riesgos | 8.565.212.000 3.3.1.14.02.20.1011 | Gestión integral del riesgo en San Cristóbal | 8.565.212.000 | TOTAL GASTOS | 9.397.334.333

Artículo 2°.

-** El presente decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D. C., a los 09 días del mes de julio del año 2014.

JAIRO LEON VARGAS

Alcalde Local de San Cristóbal.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5394 de julio 15 de 2014

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