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Decreto Local 006 de 2014

Decreto Local 006 de 2014 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2014
Fecha
8 de julio de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2014 (Julio 08) _Por el cual se aclara y se desagregan los rubros presupuestales al decreto local N. 03 de Julio 4 del 2014_ LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere por el Decreto 1421/93 y el Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, y

CONSIDERANDO:

1.

Que mediante Decreto Local N [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58333#0) del 04 de julio del 2014se (sic) sanciono el Acuerdo Local N. [01](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58294#0) del 20 de junio de 2014 por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de desarrollo local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2014. 2.

Que de conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del Artículo 19 del Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#0) del 30 de Agosto de 2010, el Alcalde Local, de oficio podrá mediante Decreto enmendar errores de transcripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación. 3.

Que mediante la Circular CONFIS 01 de 2014, se comunica que en las Sesiones No.02 y 03 del 25 de Febrero y 07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $66.173.747.225 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2013 por los FDL, los cuales se destinan para el Fondo de desarrollo local de Rafael Uribe Uribe un monto total de $16.197.329.013 para ser desagregados en tres proyectos de inversión lo cual no fue tenido en cuenta en el decreto local N 03 del 2014. 4.

Que en el artículo primero del Decreto Local N. 03 del 2014, se mencionó en el agregado inversión el monto total; siendo necesario desagregarlos en Ejes, programas y proyectos de inversión como se encuentran en el anexo informativo y en el presupuesto ajustado. 5.

Que teniendo en cuenta lo anterior, se debe desagregar en los respectivos Ejes y programas los siguientes proyectos con sus valores así: Proyecto N. 1186 –Promoción de la Equidad para la Población Local por valor de $1.555.653.013; Proyecto 1193 – Prevención y Atención de Emergencias Locales por valor de $7.141.676.000 y el Proyecto 1200 – Fortalecimiento a la capacidad administrativa y operativa de la administración local por valor de $7.500.000.000. 6.

Que el presente Decreto, no modifica el valor, ni la destinación de los Recursos de que trata el Decreto Local No. 03 del 4 de Julio de 2.014. 7. En mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

Artículo primero.

Aclarar el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58333#1) del Decreto Local No 03 del 2.014 de la siguiente manera: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos e inversión para la vigencia 2014 del fondo de desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, en la suma de $16.197.329.013 de conformidad con el siguiente detalle: INGRESOS | Código | Concepto | Valor** ---|---|---

2. | Ingresos | 16.197.329.013 ---|---|--- 2.4 | Recursos de Capital | 16.197.329.013 2.4.5 | Excedentes Financieros | 16.197.329.013

GASTOS

3. | Gastos | 16.197.329.013 ---|---|--- 3.3 | Inversión | 16.197.329.013 3.3.1 | Directa | 16.197.329.013 3.3.1.14 | Bogotá humana | 16.197.329.013 3.3.1.14.01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 1.555.653.013 3.3.1.14.01.05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 1.555.653.013 3.3.1.14.01.05.1186 | Promoción de la equidad para la población local | 1.555.653.013 3.3.1.14.02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 7.141.676.000 3.3.1.14.02.20 | Gestión integral de riesgos | 7.141.676.000 3.3.1.14.02.20.1193 | Prevención y atención de emergencias locales | 7.141.676.000 3.3.1.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 7.500.000.000 3.3.1.14.03.31 | fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional | 7.500.000.000 3.3.1.14.03.31.1200 | Fortalecimiento de la capacidad administrativa y operativa de la administración | 7.500.000.000

Artículo segundo.

-** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 08 días del mes de julio del año 2014.

DIANA MABEL MONTOYA REINA

Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe

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