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Decreto Local 10 de 2014

Decreto Local 10 de 2014 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
10
Año
2014
Fecha
26 de diciembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 10 DE 2014 (Diciembre 26) Por medio del cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2015, EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones legales en especial las conferidas por el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto [09](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60462#0) de veintiséis (26) de diciembre de 2014, se expidió el presupuesto de la localidad para la vigencia 2015 a nivel de agregados tal como lo dispone el Decreto Distrital 372 de 2010, como consecuencia de haber sido objetado por ser contrario al ordenamiento jurídico superior el Acuerdo Local N° 10 de 2014 aprobado por la JAL y mientras el Tribunal Administrativo resuelve lo pertinente.

Que en virtud de lo anterior y de lo dispuesto en los artículos [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) y [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#20) del Decreto Distrital 372 de 2010, el alcalde local debe ahora liquidar el presupuesto de la localidad al nivel de programas y proyectos.

Que a efectos de tener certeza sobre la versión de POAI que servirá de base a la liquidación del presupuesto, se tiene que el artículo 20 de la norma ya aludida regla expresamente que “Mientras el Tribunal decide _regirá el Proyecto de Presupuesto presentado oportunamente por el Alcalde Local,_ bajo su directa responsabilidad” (subrayado al citar), de lo que se desprende que si lo que rige expresamente es el proyecto presentado oportunamente por el alcalde local, así mismo el POAI incluido como anexo informativo de tal proyecto es el único que debe ser tenido en cuenta en la liquidación del presupuesto.

Que lo anterior excluye de facto cualquier modificación ocurrida con posterioridad a la radicación oportuna del proyecto de presupuesto, aun cuando esta hubiere sido conceptuada favorablemente por el alcalde local; al menos hasta que el Tribunal Administrativo se pronuncie formalmente al respecto. En mérito de lo anterior, este Despacho

DECRETA:

Artículo 1.

Fijar el Presupuesto de INGRESOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015 por la suma de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE. ($27.491.756.000,00), conforme al siguiente detalle: |

| | $ pesos ---|---|--- CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 14.151.518.000 2 | INGRESOS | 13.340.238.000 2-1 | INGRESOS CORRIENTES | 152.500.000 2-1-2 | NO TRIBUTARIOS | 152.500.000 2-1-2-03 | Multas | 150.000.000 2-1-2-99 | Otros Ingresos No Tributarios | 2.500.000 2-2 | TRANSFERENCIAS | 13.180.738.000 2-2-4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 13.180.738.000 2-2-4-05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 13.180.738.000 2-2-4-05-01 | Vigencia | 13.180.738.000 2-4 | RECURSOS DE CAPITAL | 7.000.000 2-4-1 | Recursos del Balance | 0 2-4-1-03 | Venta de Activos Fijos | 0 2-4-3 | Rendimientos por operaciones financieras | 0 2-4-3-02 | Otros Rendimientos por Operaciones Financieras | 0 2-4-5 | Excedentes Financieros | 0 2-4-9 | Otros recursos de capital | 7.000.000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 27.491.756.000

Artículo 2.

Fijar el Presupuesto de GASTOS del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015 por la suma de VEINTISIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL PESOS M/CTE. ($27.491.756.000,00), conforme al siguiente detalle:

| | $ pesos ---|---|--- CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 3 | GASTOS | 27.491.756.000 3-1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 1.818.802.000 3-1-2 | GASTOS GENERALES | 1.273.290.000 3-1-2-01 | Adquisición de Bienes | 141.000.000 3-1-2-01-02 | Gastos de Computador | 55.000.000 3-1-2-01-03 | Combustibles, Lubricantes y Llantas | 16.000.000 | | $ pesos CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 3-1-2-01-04 | Materiales y Suministros | 55.000.000 3-1-2-01-05 | Compra de Equipo | 15.000.000 3-1-2-02 | Adquisición de Servicios | 1.132.290.000 3-1-2-02-01 | Arrendamientos | 13.500.000 3-1-2-02-03 | Gastos de Transporte y Comunicación | 13.000.000 3-1-2-02-04 | Impresos y Publicaciones | 15.000.000 3-1-2-02-05 | Mantenimiento y Reparaciones | 816.640.000 3-1-2-02-05-01 | Mantenimiento Entidad | 816.640.000 3-1-2-02-06 | Seguros | 103.150.000 3-1-2-02-06-01 | Seguros Entidad | 28.500.000 3-1-2-02-06-04 | Seguro de Vida Ediles | 14.800.000 3-1-2-02-06-05 | Seguro de Salud Ediles | 59.850.000 3-1-2-02-08 | Servicios Públicos | 101.000.000 3-1-2-02-08-01 | Energía | 37.000.000 3-1-2-02-08-02 | Acueducto y Alcantarillado | 18.000.000 3-1-2-02-08-03 | Aseo | 10.000.000 3-1-2-02-08-04 | Teléfono | 31.000.000 3-1-2-02-08-05 | Gas | 5.000.000 3-1-2-02-11 | Promoción Institucional | 15.000.000 3-1-2-02-17 | Información | 45.000.000 3-1-2-02-18 | Publicidad | 10.000.000 3-1-8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 545.512.000 3-1-8-02 | GASTOS GENERALES | 545.512.000 3-1-8-01 | Adquisición de Bienes | 95.000.000 3-1-8-01-02 | Gastos de Computador | 50.000.000 3-1-8-01-03 | Combustibles, Lubricantes y Llantas | 15.000.000 3-1-8-01-04 | Materiales y Suministros | 30.000.000 3-1-8-02 | Adquisición de Servicios | 450.512.000 3-1-8-02-01 | Arrendamientos | 3.000.000 3-1-8-02-03 | Gastos de Transporte y Comunicación | 1.000.000 3-1-8-02-04 | Impresos y Publicaciones | 10.000.000 3-1-8-02-05 | Mantenimiento y Reparaciones | 346.512.000 3-1-8-02-05-01 | Mantenimiento Entidad | 346.512.000 3-1-8-02-02-11 | Promoción Institucional | 20.000.000 3-1-8-02-17 | Información | 50.000.000 3-1-8-02-18 | Publicidad | 20.000.000 3-3 | INVERSIÓN | 25.672.954.000 3-3-1 | Inversión directa | 12.066.948.000 3-3-1-14 | Plan de desarrollo "Bogotá Humana" | 12.066.948.000 | | | | $ pesos CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 3-3-1-14-01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 2.635.000.000 3-3-1-14-01-01 | Garantía del desarrollo integral de la primera infancia | 190.000.000 3-3-1-14-01-01-1259 | Dotación y adecuación de espacios para la atención de la primera infancia | 190.000.000 3-3-1-14-01-02 | Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad | 130.000.000 3-3-1-14-01-02-1263 | Promoción y prevención en salud candelaria | 130.000.000 3-3-1-14-01-03 | Construcción de saberes- Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender | 160.000.000 3-3-1-14-01-03-1264 | Educación extraescolar y dotación para estudiantes y población local | 160.000.000 3-3-1-14-01-04 | Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres | 80.000.000 3-3-1-14-01-04-1265 | Garantía, restitución de derechos, igualdad de oportunidades y eliminación de violencias hacia las mujeres | 80.000.000 3-3-1-14-01-05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 605.000.000 3-3-1-14-01-05-1266 | Ayudas técnicas a discapacitados no incluidas en el POS y Subsidio tipo C para adulto mayor | 395.000.000 3-3-1-14-01-05-1267 | Inclusión social a personas en condición de fragilidad social y acciones afirmativas hacia diversas poblaciones | 70.000.000 3-3-1-14-01-05-1268 | Red de protección local para niños, niñas, adolescentes y jóvenes | 140.000.000 3-3-1-14-01-08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 1.320.000.000 3-3-1-14-01-08-1269 | Candelaria cultural y deportiva | 1.320.000.000 3-3-1-14-01-11 | Ciencia, Tecnología e Innovación para avanzar en el desarrollo de la ciudad | 150.000.000 3-3-1-14-01-11-1270 | Inventario Social e Internet Inalámbrico Wi-Fi en el territorio candelario | 150.000.000 3-3-1-14-02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 6.436.780.000 3-3-1-14-02-17 | Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua | 480.000.000 3-3-1-14-02-17-1271 | Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente | 480.000.000 3-3-1-14-02-19 | Movilidad Humana | 5.236.780.000 | | $ pesos CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 3-3-1-14-02-19-1272 | Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales | 4.136.780.000 3-3-1-14-02-19-1273 | Mantenimiento y adecuación de malla vial | 1.100.000.000 3-3-1-14-02-20 | Gestión integral de riesgos | 550.000.000 3-3-1-14-02-20-1274 | Gestión integral de riesgos | 550.000.000 3-3-1-14-02-21 | Basura Cero | 80.000.000 3-3-1-14-02-21-1275 | Plan Piloto de Basura Cero | 80.000.000 3-3-1-14-02-22 | Bogotá humana ambientalmente saludable | 90.000.000 3-3-1-14-02-22-1276 | Acciones para una Candelaria ambientalmente saludable | 90.000.000 3-3-1-14-03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 2.995.168.000 3-3-1-14-03-24 | Bogotá Humana: Participa y Decide | 70.000.000 3-3-1-14-03-24-1277 | Inclusión social para la participación ciudadana, la organización comunitaria y el control social a la gestión pública | 70.000.000 3-3-1-14-03-27 | Territorios de vida y paz con prevención del delito | 105.867.000 3-3-1-14-03-27-1278 | Red social de convivencia y seguridad ciudadanas | 105.867.000 3-3-1-14-03-31 | Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional | 2.819.301.000 3-3-1-14-03-31-1279 | Acciones de fortalecimiento institucional | 2.819.301.000 3-3-6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 13.606.006.000 3-3-6-14 | Plan de desarrollo "Bogotá Humana" | 9.806.000.000 3-3-6-14-01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 2.940.000.000 3-3-6-14-01-01 | Garantía del desarrollo integral de la primera infancia | 200.000.000 3-3-6-14-01-01-1259 | Dotación y adecuación de espacios para la atención de la primera infancia | 200.000.000 3-3-6-14-01-02 | Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad | 500.000.000 3-3-6-14-01-02-1263 | Promoción y prevención en salud candelaria | 500.000.000 3-3-6-14-01-03 | Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender | 570.000.000 3-3-6-14-01-03-1264 | Educación extraescolar y dotación para estudiantes y población local | 570.000.000 3-3-6-14-01-05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 470.000.000 3-3-6-14-01-05-1266 | Ayudas técnicas a discapacitados no incluidas en el POS y Subsidio tipo C para adulto mayor. | 130.000.000 3-3-6-14-01-05-1267 | Inclusión social a personas en condición de fragilidad social y acciones afirmativas hacia diversas poblaciones. | 140.000.000 | | $ pesos CÓDIGO | NOMBRE | PRESUPUESTO APROBADO_2015 | | 3-3-6-14-01-05-1268 | Red de protección local para niños, niñas, adolescentes y jóvenes. | 200.000.000 3-3-6-14-01-08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 1.200.000.000 3-3-6-14-01-08-1269 | Candelaria cultural y deportiva | 1.200.000.000 3-3-6-14-02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 5.810.000.000 3-3-6-14-02-17 | Recuperación rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua | 390.000.000 3-3-6-14-02-17-1271 | Sensibilización, prevención y adecuaciones para la recuperación, preservación y conservación de los espacios del agua y el medio ambiente. | 390.000.000 3-3-6-14-02-19 | Movilidad Humana | 4.600.000.000 3-3-6-14-02-19-1272 | Construir, adecuar, rehabilitar, ampliar, mantener el espacio público y andenes locales. | 2.300.000.000 3-3-6-14-02-19-1273 | Mantenimiento y adecuación de malla vial. | 2.300.000.000 3-3-6-14-02-20 | Gestión integral de riesgos | 260.000.000 3-3-6-14-02-20-1274 | Gestión integral de riesgos | 260.000.000 3-3-6-14-02-21 | Basura Cero | 310.000.000 3-3-6-14-02-21-1275 | Plan Piloto de Basura Cero | 310.000.000 3-3-6-14-02-22 | Bogotá Humana ambientalmente saludable | 250.000.000 3-3-6-14-02-22-1276 | Acciones para una Candelaria ambientalmente saludable | 250.000.000 3-3-6-14-03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 1.056.000.000 3-3-6-14-03-24 | Bogotá Humana: Participa y Decide | 295.000.000 3-3-6-14-03-24-1277 | Inclusión social para la participación ciudadana, la organización comunitaria y el control social a la gestión pública. | 295.000.000 3-3-6-14-03-27 | Territorios de vida y paz con prevención del delito | 290.000.000 3-3-6-14-03-27-1278 | Red social de convivencia y seguridad ciudadanas. | 290.000.000 3-3-6-14-03-31 | Fortalecimiento de la función Administrativa y Desarrollo Institucional | 471.000.000 3-3-6-14-03-31-1279 | Acciones de fortalecimiento institucional. | 471.000.000 3-3-6-90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 3.800.006.000 4 | DISPONIBILIDAD FINAL | 0

Artículo 3.

El presente Decreto rige a partir del primero (1º) de enero de 2015

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá. D. C., a los 26 días del mes de diciembre de l año 2014.

EDILBERTO GUERRERO RAMOS

Alcalde Local

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5504 de enero 02 de 2015

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