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Decreto Local 014 de 2014

Decreto Local 014 de 2014 Alcaldía Local de Bosa

Tipo
Decreto Local
Número
014
Año
2014
Fecha
23 de diciembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 014 DE 2014

(Diciembre 23)

Por el cual se sanciona el Acuerdo Local[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60311#0)de 2014 “ _Por el cual se crea el Consejo Local LGTBI de la localidad de Bosa y se dictan otras disposiciones”_

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA En uso de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por los numerales 1,3 y 4 del Artículo 86 del Decreto Ley 1421 del 21 de Julio de 1993 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio No 2014-296, radicado 2014072011584-2 del 17 de diciembre de 2014, la Junta Administradora Local de Bosa, remite al Despacho de la Alcaldía Local el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60311#0) de 2014 “Por el cual se crea el Consejo Local LGTBI de la localidad de Bosa y se dictan otras disposiciones”, para que proceda a la respectiva sanción.

Que el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) del Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate el proyecto de Acuerdo pasará al Alcalde Local para su sanción.

Que una vez revisado el Acuerdo Local No. [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60316#0) de 2014, se debe dar aplicación a lo establecido en el artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#82) del Decreto Ley 1421 de 1993. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Sancionar el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60311#0) de 2014 “Por el cual se crea el Consejo Local LGTBI de la localidad de Bosa y se dictan otras disposiciones”

Artículo segundo.

Remitir el Acuerdo Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60311#0) de 2014 debidamente sancionado a la Junta Administradora Local de Bosa, a la Oficina Jurídica de la Secretaria Distrital de Gobierno, para lo de su competencia y a la Imprenta Distrital para su publicación.

Artículo tercero.

El presente Decreto Rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2014.

DIANA CALDERON ROBLES

Alcaldesa Local de Bosa NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5501 de diciembre 29 de 2014.

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