Jurismart

Circular 149 de 2014

Circular 149 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
149
Año
2014
Fecha
26 de noviembre de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 149 DE 2014 (Noviembre 26) | Para: | SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, GERENTES (AS) EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, Y EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO. ---|--- De: | SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. Asunto: | Presupuesto de Empresas Sociales del Estado. Radicados Nos. 3-2014-43152, 1-2014-52571.

Esta Secretaría recibió la comunicación bajo el radicado 2-2014-040936 de fecha 30 de octubre de 2014, suscrita por la doctora Ana Lucía Villa Arcila, en su calidad de Directora General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la cual y teniendo en cuenta las previsiones efectuadas por el Decreto [115](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=7215#0) de 1996 y la Ley [1508](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45329#0) de 2012, solicita a las Empresas Sociales del Estado que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público les haya viabilizado los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero, elaboren sus presupuestos con base en el ámbito financiero que soporta el PSFF viabilizado por dicho Ministerio.

En ese sentido, requieren a todas las Empresas Sociales del Estado elaborar sus presupuestos atendiendo el recaudo efectivo realizado, es decir con base al recaudo total de ingresos percibidos en tesorería para la vigencia inmediatamente anterior de acuerdo con el artículo [28](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45329#28) de la Ley 1508 de 2012, considerando que además de seguir esta regla, las Empresas Sociales del Estado a las que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público les haya viabilizado los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero también tendrán en cuenta el marco financiero que los sustenta en concordancia con el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53314#15) del Decreto 1141 de 2013.

Por consiguiente, copia de la comunicación allegada se da a conocer a cada una de las entidades relacionadas, para que en el marco de sus respectivas competencias analicen la solicitud esbozada y den estricto cumplimiento a las directrices impartidas por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Cordialmente,

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

Secretaria General

Anexo: 1 folio (sic)

Proyectó: Roberto Carlos Narváez Vergara Reviso: Sandra Lozano Useche Aprobó: Orlando Corredor Torres

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar