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Circular 054 de 2014

Circular 54 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
054
Año
2014
Fecha
10 de abril de 2014
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 054 DE 2014 (Abril 10) | Para: | SECRETARIOS DE DESPACHO; DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS; GERENTES Y DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS OFICIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA; EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO; RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS ---|--- De: | SECRETARIA GENERAL Asunto: | CUMPLIMIENTO LEGAL PUBLICACIÓN DE LA INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS ENTIDADES DEL DISTRITO La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, se permite recordar que, conforme a lo establecido en la Ley [1474](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#0) de 2011 _“Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. ”_, _y_ el Decreto 2641 de 2012, por el cual se reglamentan los Articulos 73 y 76 de la citada Ley, las entidades y organismos del Distrito deben publicar a más tardar el 31 de enero de 2014, el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano con sus cuatro componentes, en un medio de fácil acceso al ciudadano.

Asimismo, los artículos 74 y 77 de la mencionada Ley establecen la obligación de las entidades de publicar en la pagina web los Planes de acción acompañados del informe de gestión del año inmediatamente anterior, su presupuesto debidamente desagregado y los proyectos de inversión.

Adicionalmente, el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=53776#19) del Decreto 1510 de 2013, establece que “la Entidad Estatal está obligada a publicar en el SECOP los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación, dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición”. Por su parte, la Resolución Reglamentaria No. 011 de 2014 de la Contraloría de Bogotá, establece la obligatoriedad de rendir la cuenta en el Sistema de Vigilancia y Control Fiscal- SIVICOF.

Con el ánimo de apoyar el cumplimiento de dicho compromiso en los términos que ordena la ley, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor realizará el próximo viernes 25 de Abril de 8:00 am a 12m, una reunión de carácter urgente y obligatorio con el representante legal de cada entidad o el asesor de ese despacho delegado. En esta reunión se definirán y unificarán criterios de publicación de esta información y se tomarán las medidas pertinentes para prevenir sanciones de los órganos de control por el incumplimiento de dicha normatividad en el Distrito.

Solicitamos confirmar la asistencia al correo _desarrolloinstitucionaI@alcaldiabogota.__g_ _ov.co_. Para información sobre el tema se podrán comunicar con la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional, teléfono 38130000(Sic) ext 4210/2418.

Atentamente,

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

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