Resolución 768 de 2015
Resolución 768 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 768
- Año
- 2015
- Fecha
- 31 de diciembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 768 DE 2015
(Diciembre 31)
"Por la cual se establecen las tarifas para la publicación de actos administrativos a costa de particulares, así como de la suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016".
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal j) del artículo 8° del Decreto 267 de 2007 y el artículo 26 del Decreto Distrital 654 de 2011, y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley [242](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6078#0) de 1995, _"Por la cual se modifican algunas normas que consagran el crecimiento del índice de precios al consumidor del año anterior como factor de reajuste de valores, y se dictan otras disposiciones"_ en su artículo 3 inciso 1 establece que _"el Gobierno Nacional, así como las Administraciones Departamentales, Distritales y Municipales, al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrán en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores"._ __ Que el artículo [26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45159#26 ) del Decreto Distrital 654 de 2011 expedido por el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., determinó que las tarifas para publicación de actos administrativos a costa de particulares, extractos de contratos, suscripción y venta del Registro Distrital, se incrementarán automáticamente mediante resolución expedida por el/la Secretario/a General, con efectividad a partir del primero de enero de cada año correspondiente, de acuerdo a la meta de inflación esperada, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República.
Que el parágrafo 1° del artículo 26 del citado Decreto, señala que _"los valores incrementados se aproximarán a la centena más cercana por exceso o defecto"._ __ Que de conformidad con lo señalado en el artículo [223](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#223 ) del Decreto Ley 019 de 2012, a partir del 1º de junio de 2012, los contratos estatales solo se publicarán en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública -SECOP- que administra la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, razón por la cual, no se requiere su de publicación en el Registro Distrital.
Que en consecuencia, se hace necesario establecer las tarifas para la publicación de actos administrativos a costa de particulares, así como de la suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016.
Que para el incremento respectivo se tiene en cuenta lo establecido por la Junta Directiva del Banco de la República, en sesión del 27 de noviembre de 2015, en la cual se señaló que la meta de inflación para el año 2016 es del 3.0%.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1°.
- Establecer como tarifa mínima de costo de publicación la suma de $ 33.100 que aplicará en los casos señalados en la presente Resolución. Artículo 2°.- Fijar las siguientes tarifas para las suscripciones y venta de ejemplares correspondientes al Registro Distrital: | SUSCRIPCIÓN POR UN AÑO
| **COSTO PUBLICACIÓN ---|--- Retirándolo de la Imprenta Distrital | 758.800 Enviado por correo o medio disponible a la entidad | 837.200 Precio de un ejemplar | 6.800
Artículo 3°.
-** Los valores correspondientes a las tarifas señaladas en los artículos anteriores, serán cancelados en los sitios de pago dispuestos por la Dirección Distrital de Tesorería, de conformidad con las normas vigentes.
Artículo 4°.
-** Las disposiciones referentes a la publicación de actos administrativos a costa de particulares y a la suscripción y venta del Registro Distrital, rigen a partir del 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 31 días del mes de diciembre del año 2015
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5745 de diciembre 31 de 2015.
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