Resolución 187 de 2015
Resolución 187 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 187
- Año
- 2015
- Fecha
- 27 de marzo de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 187 DE 2015
(Marzo 27)
"Por la cual se actualiza el grupo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C."
LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en el literal g) del artículo 7° del Decreto 267 de 2007, el artículo 8° del Acuerdo Distrital 244 de 2006, y los artículos 6, 7,8 y 9 del Decreto Distrital 489 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Distrital [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#0) del 9 de noviembre de 2009, en los artículos [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#6) al [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#13) establece las normas que regulan a los gestores de ética.
Que mediante la Resolución [350](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59044#0) del 14 de agosto de 2014, se conformó el grupo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que mediante comunicación radicada con el Nro. 3-2015-6379 del 25 de febrero de 2015, la Dirección de Gestión Corporativa, con el fin de fortalecer el equipo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., extendió una invitación a los servidores y servidoras interesados en integrar este grupo.
Que como resultado de la convocatoria, se actualiza el equipo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°-: Actualizar el grupo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., cuyo perfil y responsabilidades están definidas en los artículos [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#8) y [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37721#9) del Decreto Distrital 489 del 9 de noviembre de 2009, con los siguientes funcionarios: | N° | C.C. | SERVIDORES | DEPENDENCIA ---|---|---|--- 1 | 1.075.666.906 | MARÍA ALEJANDRA TAPIAS BENAVIDES | SECRETARÍA PRIVADA 2 | 52.545.473 | SHIRLEY GUERRERO DIAZ | SECRETARÍA PRIVADA 3 | 79.576.648 | ENRIQUE FERNÁNDEZ MONSALVE | DIERCCIÓN (SIC) DISTRITAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS 4 | 10.089.094 | HUGO CORREA LONDOÑO | DIERCCIÓN (SIC) DISTRITAL DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS 5 | 19.439.997 | ALBERTO CÁCERES PINEDA | DIRECCIÓN DISTRITAL ARCHIVO DE BOGOTÁ 6 | 52.420.040 | ANGELA OVALLE BAUTISTA | DIRECCIÓN DISTRITAL ARCHIVO DE BOGOTÁ 7 | 80.472.883 | CÉAR ALFONSO GARCÍA ARGUELLO | DIRECCIÓN DISTRITAL ARCHIVO DE BOGOTÁ 8 | 79.249.592 | JOSÉ DIONEL BENITEZ RODRÍGUEZ | DIRECCIÓN DISTRITAL ARCHIVO DE BOGOTÁ 9 | 51.810.634 | ADRIANA VÉLEZ DÍAZ | DIRECCIÓN DISTRITAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 10 | 52.515.707 | SANDRA PAOLA BUITRAGO ESPITIA | DIRECCIÓN DISTRITAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 11 | 53.071.671 | MÓNICA ALEJANDRA MARTÍNEZ MURILLO | DIRECCIÓN DISTRITAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL 12 | 52.154.737 | SANDRA LÓPEZ RAMÍREZ | DIRECCIÓN DISTRITAL DE RELACIONES INTERNACIONALES 13 | 52.773.926 | LILIANA SERRANO BLANCO | DIRECCIÓN JURÍDICA DISTRITAL 14 | 80.872.961 | MAURICIO ALEJANDRO MONCAYO VALENCIA | DIRECCIÓN JURÍDICA DISTRITAL 15 | 52.539.634 | CLAUDIA LILIANA CIFUENTES AVENDAÑO | OFICINA ALTA CONSEJERÍA DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS LA PAZ Y RECONCILIACIÓN 16 | 79.881.381 | DIEGO ALEJANDRO MOLANO PUERTO | OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN 17 | 79.406.498 | ENRIQUE LOZANO GIL | OFICINA DE CONTROL INTERNO 18 | 52.782.490 | CATALINA CARRANZA ÁLVAREZ | OFICINA DE LA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS 19 | 53.064.078 | CAROLINA LUQUE EUSSE | DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES -TIC 20 | 10.767.541 | JUAN GUILLERMO USTE DE LEÓN | OFICINA DE LA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS 21 | 67.001.290 | MÓNICA ANDREA CORTÉS OCHOA | DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES -TIC 22 | 51.599.104 | MARÍA CRISTINA VÉLEZ VILLAMARÍN | SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 23 | 51.649.014 | DORA BELÉN GUTIÉRREZ HERNÁNDEZ | SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 24 | 52.554.269 | DIVA NISETH CUBIDES ROJAS | SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD DEL SERVICIO 25 | 23.800.841 | YADIRA BUSTOS POVEDA | SUBDIRECCIÓN DE CALIDAD DEL SERVICIO 26 | 1.018.436.257 | GERALDINE AMPARO COCA POVEDA | SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL 27 | 51.872.055 | CLAUDIA MARCELA CARDOZO PÉREZ | SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN DOCUMENTAL 28 | 51.602.843 | AMELIA DEL ROSARIO PINILLA PEÑA | SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA YSISTEMAS 29 | 51.761.248 | MÓNICA MARCELA QUIROGA QUINTERO | SUBIRECCÓN DE SEGUIMIENTO A LA GESTIÓN INSPECCIÓN Y VIGILANCIA - IVC 30 | 39.544.319 | OLGA PATRICIA ESCOBAR SERRANO | SUBDIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO 31 | 51.698.249 | ANA MARIA HELD GÓMEZ | SUBDIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO 32 | 52.146.196 | KATHERYN YOLANDA RODGERS QUIROGA | SUBDIRECCIÓN DISTRITAL DE DEFENSA JUDICIAL Y PREVENCIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO 33 | 51.784.842 | MARÍA MERY MARTÍNEZ HERNÁNDEZ | SUBDIRECCIÓN DISTRITAL DE ESTUDIOS EINFORMÁTICA JURIDÍCA 34 | 52.500.920 | MARINELA CUEVAS GÓMEZ | SUBDIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y 35 | 46.381.711 | YENNY PAOLA MORALES AVELLANEDA | CONTROL DE PERSONAS JURÍDICAS SIN ÁNIMO DE LUCRO 36 | 1.015.398.856 | MARÍA FERNANDA MUÑOZ BARRERA | SUBDIRECCIÓN DISTRITAL DE INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y 37 | 15.889.980 | WILLIAM ABEL PENAGOS SINISTERRA | SUBDIRECCIÓN FINANCIERA 38 | 51.744.676 | MARISOL ROZO MONTAÑA | SUBDIRECCIÓN OPERATIVA 39 | 52.538.676 | EDNA MARGARITA ALDANA QUIROGA | SUBDIRECCIÓN OPERATIVA 40 | 39.750.733 | MÓNICA AREVALO REY | SUBDIRECCIÓN OPERATIVA 41 | 51.822.431 | CASTRO LEGUIZAMON CLARA YOLANDA | SUBDIRECCIÓN OPERATIVA Artículo 2°-: El grupo de gestores de ética de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., contará con el apoyo de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional y de la Subdirección de Talento Humano.
Artículo 3°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución [350](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=59044#0) del 14 de agosto de 2014 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 27 días del mes de marzo del año 2015
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
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