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Resolución 03169 de 2015

Resolución 3169 de 2015 Secretaría Distrital de Ambiente

Tipo
Resolución
Número
03169
Año
2015
Fecha
31 de diciembre de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 03169 DE 2015

(Diciembre 31)

Por medio de la cual se crea la Bolsa de Proyectos Ambientales de que trata el artículo[3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36976#3)del Acuerdo Distrital 391 de 2009. LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 391 de 2009 y el Decreto Distrital 109 de 2009 modificado parcialmente por el Decreto 175 de 2009 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36976#3) del Acuerdo Distrital 391 de 2009 ordenó la creación e implementación de la Bolsa de Proyectos Ambientales en el marco de los mecanismos de desarrollo limpio y sustentable y como una herramienta del Plan Distrital de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático que dicho Acuerdo ordenó formular.

Que de acuerdo al aludido precepto la Secretaría Distrital de Ambiente en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación deberá crear e implementar la Bolsa de Proyectos Ambientales.

Que con tal propósito las referidas Secretarías llevaron a cabo diferentes reuniones en las cuales se determinó la necesidad de elaborar un acto administrativo encaminado a dar cumplimiento al citado mandato, situación para la cual la Secretaría Distrital de Ambiente, como cabeza de sector, debía liderar el proceso de creación de la Bolsa de Proyectos Ambientales, aprovechando para ello la infraestructura que tiene, en especial, el Banco de Proyectos de la entidad.

Que el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35527#15.l.b) del artículo 15 del Decreto 109 de 2009 estableció como función de la Subdirección de Proyectos y Cooperación Internacional de la Secretaría Distrital de Ambiente organizar y poner en funcionamiento el Banco de Proyectos de esta Entidad.

Que conforme la anterior preceptiva mediante Resolución 1727 de 2011 se creó el Banco de Proyectos Ambientales – BPA y su comité técnico evaluador.

Que con el ánimo de hacer más ágil el precitado Banco, suprimiendo el comité evaluador e incorporando las iniciativas relacionadas con cambio climático, según el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36976#3) del Acuerdo 391 de 2009, se expidió la Resolución [1650](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57938#0) de 2014 acto que subrogó la Resolución [1727](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41900#0) de 2011.

Que acorde los principios que rigen la Administración Pública se tiene que el principio de eficacia hace relación al cumplimiento de las determinaciones de la administración, mientras que el principio de eficiencia se orienta a la elección de los medios más adecuados para el cumplimiento de los objetivos.

Que en virtud a los principios de eficacia y eficiencia se hace necesario articular la implementación de la Bolsa de Proyectos Ambientales con las disposiciones normativas contenidas en la Resolución 1650 de 2014.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Objeto.** Créase la Bolsa de Proyectos Ambientales de que trata el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36976#3) del Acuerdo Distrital 391 de 2009 como un instrumento para facilitar la identificación de proyectos susceptibles de financiación por recursos de Cooperación Internacional.

Artículo 2°.

Alcance.** La Bolsa de Proyectos de que trata el artículo primero, funcionará a través del Banco de Proyectos Ambientales de la Secretaría Distrital de Ambiente y solo aplicará para los proyectos cuyo objeto se encuentre dentro del marco de los mecanismos de desarrollo limpio y sustentable.

Artículo 3°.

Implementación.** La inscripción, registro, validación y demás procedimientos exigidos a los proyectos que se presenten para la Bolsa de Proyectos Ambientales, se regirán por las disposiciones normativas establecidas en la Resolución [1650](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57938#0) de 2014 o la norma que la modifique, derogue o sustituya.

Artículo 4°.

Funciones.** La Subdirección de Proyectos y Cooperación Internacional de la Secretaría Distrital de Ambiente será la encargada de administrar la Bolsa de Proyectos Ambientales conforme las atribuciones establecidas en el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=57938#3) de la Resolución 1650 de 2014 o la norma que la modifique, derogue o sustituya.

Artículo 5°.

Publicación.** Publíquese la presente resolución en el Registro Distrital y en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente.

Artículo 6°.

Vigencia.** La presente resolución rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá a los 31 días del mes de diciembre del año 2015.

MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ

DESPACHO DEL SECRETARIO

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5749 de enero 06 de 2016.

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