Resolución 01246 de 2015
Resolución 1246 de 2015 Secretaría Distrital de Ambiente
- Tipo
- Resolución
- Número
- 01246
- Año
- 2015
- Fecha
- 21 de agosto de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 01246 DE 2015 (Agosto 21) “Por medio de la cual se modifica la Resolución [1226](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49882#0) de 2012 de la Secretaría Distrital de Ambiente, se toman otras determinaciones” LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE En ejercicio de sus atribuciones legales en especial el Artículo 48 literal f inciso 2 del Acuerdo 257 de 2006 y las que le confiere el literal g del artículo 8º del Decreto Distrital 109 de 2009, modificado por el Decreto Distrital 175 de 2009; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política de Colombia señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que la conformación y consolidación del Sistema Distrital de Servicio al Ciudadano es un hecho de vital importancia para la Administración Pública porque éste incorpora un aspecto fundamental, esto es, que los ciudadanos acuden a la Administración buscando ser reconocidos y escuchados para que se les brinde solución oportuna a sus necesidades.
Que el literal [f)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#48.f) del artículo 48 del Acuerdo 257 de 2006, establece que es función básica de la Secretaría General del Distrito Capital formular, orientes (sic) y coordinar las políticas, planes y programas para la atención y prestación de los servicios a la ciudadanía y al ciudadano en su calidad de usuarios de los mismos en el Distrito Capital, y para tal fin se establecerá el defensor ciudadano en cada una de las entidades u organismos distritales.
Que sobre esta disposición la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Directiva [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=26035#0) del 9 de agosto de 2007 consagra la obligatoriedad de la figura del Defensor del Ciudadano para todas las entidades de la Administración Distrital, estableciendo que dicha función podría ser ejercida por los Jefes de Servicio al Ciudadano o por los Coordinadores de las Oficinas de Quejas y Soluciones de cada entidad y organismo.
Que tal disposición fue desarrollada posteriormente mediante las Circulares [051](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27233#0) del 2 de noviembre de 2007, por la cual se fijó el reglamento de la figura del Defensor Ciudadano y, la Circular [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39103#0) de 2010 que reitera la Directiva 03 y la Circular 051.
Que en este orden y conforme al Decreto 109 de 2009 Articulo 12 literal [i](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35527#12.l.i), y lo dispuesto en la Directiva 03 de 2007, es en la Subsecretaria General y de Control Disciplinario de la Secretaría Distrital de Ambiente en donde están establecidas las funciones de administrar el sistema de atención al ciudadano de acuerdo con las directrices impartidas por la Secretaría General de la Administración del Distrito.
Que en consecuencia expidió la Resolución [3095](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43057#0) del 27 de mayo de 2011, por la cual el Secretario Distrital de Ambiente designa como defensor ciudadano de la Secretaría Distrital de Ambiente a quien ostente el cargo de Profesional Especializado Código 222 Grado 20 de la Subsecretaría General y de Control Disciplinario en calidad de principal, labor que será indelegable.
Que a fin de garantizar el control efectivo frente a la atención del ciudadano y el trámite de cada una de sus solicitudes ante las áreas a cargo de la Subsecretaría General y de Control Disciplinario, se requiere designar como Defensor(a) del Ciudadano(a), a quien ostente el cargo de Directivo Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría General y de Control Disciplinario de la Secretaría Distrital de Ambiente, dada la importancia de las funciones a cargo del Defensor y en cumplimiento a lo establecido en el Decreto 109 de 2009 en su artículo 12 literal [d](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=35527#12.l.d)., que establece _“Coordinar el cumplimiento de las funciones a cargo de las dependencias misionales y de las dependencias de apoyo de la Secretaría, con el objeto de mantener la unidad de propósitos, al igual que la eficiencia, eficacia y economía de la gestión”._ En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1.
-
Modificar. Modifíquese el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49882#1) de la Resolución 1226 del 2012, el cual quedará así: Artículo 1°.** Designar como Defensor (a) del Ciudadano (a) en la Secretaría Distrital de Ambiente a quien ostente el cargo de Directivo Código 045 Grado 08 de la Subsecretaría General y de Control Disciplinario de la Secretaría Distrital de Ambiente.
Parágrafo. Para las faltas temporales o permanentes del profesional mencionado se podrá designar un suplente del Defensor(a) del Ciudadano(a), para lo cual el Subsecretario General y de Control Disciplinario designará e informará por escrito a uno de los funcionarios de la Secretaría Distrital de Ambiente, tal circunstancia y su elección como Defensor del Ciudadano a fin de suplir dichas faltas.
Artículo 2.
- Publicación.** La presente resolución se publicará en el Boletín Legal Ambiental de la Secretaría Distrital de Ambiente y en el Registro Distrital.
Artículo 3.
- Vigencias y Derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Legal Ambiental y modifica la Resolución [1226](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49882#0) de 2012. Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de agosto del año 2015 MARÍA SUSANA MUHAMAD GONZÁLEZ Despacho del Secretario
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5660 de agosto 27 de 2015.
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