Resolución 041 de 2015
Resolución 41 de 2015 Empresa de Renovación Urbana - ERU
- Tipo
- Resolución
- Número
- 041
- Año
- 2015
- Fecha
- 3 de marzo de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 041 DE 2015 **(Marzo 03)
**“Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la Planta de Personal de la Empresa de Renovación Urbana de Bogotá D.C.”
EL GERENTE GENERAL (E) DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN URBANA
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Acuerdo 01 de 2004; en el artículo 2º, numerales 2, 3, 16, y 18 del Acuerdo 03 de 2004; en el artículo 2º numerales 5, 7 y 8 del Acuerdo 06 de 2008 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122) de la Constitución Política, consagra: ”No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”.
Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=321#9) de la Ley 190 de 1995, consagra que las entidades públicas elaborarán un manual de funciones en el cual se especifiquen claramente las tareas que debe cumplir cada funcionario de la Entidad.
Que mediante Acuerdo [01](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16624#0) del 6 (sic) de julio de 2004 expedido por la Junta Directiva de la Empresa de Renovación Urbana, se establecieron las funciones de la Entidad.
Que la Junta Directiva de la Empresa de Renovación Urbana, en el artículo [16º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16614#16) del Acuerdo 02 del 6 (sic) julio de 2004, delegó en el Gerente General la facultad de expedir y actualizar el Manual Específico de Funciones y requisitos de los cargos correspondientes a la planta de personal de Empleados Públicos, así como el de los de la planta de personal de Trabajadores Oficiales, conforme a lo establecido en el Decreto Ley [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127#0) del 17 de marzo de 2005.
Que teniendo en cuenta que la Empresa de Renovación Urbana tiene una planta global, los cargos pueden ser transferidos a otra dependencia y las funciones de los cargos pueden ser modificadas de acuerdo con las necesidades de la entidad.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital mediante oficio N. 2015-E-E-432 del 2 de marzo de 2015 emite concepto sobre manual de funciones para trabajadores oficiales en el que informa que “no se requiere para su expedición y modificación previo concepto del Departamento, puesto que son obligaciones contractuales y están descritas en su contrato laboral”.
Que la Dirección Corporativa y CID requiere el apoyo adicional de un profesional de planta que realice actividades de recursos físicos y manejo de Caja Menor, entre otras. En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1º.
Modificar la Resolución [097](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=49063#0) de 2012, en lo que concierne a la descripción de las funciones y requisitos correspondientes al Profesional Universitario II de la Dirección Financiera, que a partir del presente acto administrativo pertenecerá a la Dirección Corporativa y CID, de la siguiente manera: | DIRECCIÓN CORPORATIVA Y CID --- II. PROPÓSITO PRINCIPAL Realizar las actividades de manejo, control y administración de los activos fijos, materiales y suministros y bienes de consumo controlado de la ERU. III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES**
1. Apoyar a la Dirección Corporativa en la elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras, de acuerdo con las necesidades de la Empresa. 2. Mantener actualizada la información de los módulos de compras y activos fijos en el software financiero y administrativo de la empresa. 3. Realizar la verificación y actualización de los inventarios de la Empresa, así como la proyección de todos los documentos emanados de los traslados y movimientos del mismo. 4. Verificar permanentemente el estado de los bienes a fin de garantizar su uso, definir su obsolescencia, solicitar conceptos técnicos para futuras bajas o hacer el envío a reparación 5. Convocar y liderar el Comité de Inventarios, además de obrar como Secretaria Técnica de este. 6. Responder por el almacenamiento y custodia de los bienes en bodega, realizando los ingresos, traslados y dadas de baja necesarias dentro la normal actividad de la empresa. 7. Controlar los pedidos de materiales y suministros de la ERU, su recibo, almacenamiento y entrega, así como su inclusión y salida en el software administrativo dispuesto para tal fin por la empresa. 8. Preparar y presentar informes internos y externos, relacionados con la gestión de recursos físicos y tecnológicos de la entidad, cuando sean requeridos por la empresa y/o entes de control. 9. Realizar el Manejo de la Caja Menor de la Entidad. 10. Las demás que surjan de la naturaleza de la dependencia o le sean asignadas por autoridad competente. IV. CRITERIOS DE DESEMPEÑO
1. La elaboración y ejecución del Plan Anual de Compras se efectúa de acuerdo con los lineamientos de la Dirección Corporativa y las necesidades de la entidad. 2. La información de los módulos de compras y activos fijos en el software financiero y administrativo de la empresa se mantiene actualizada permanentemente. 3. Los inventarios de la Empresa se mantienen actualizados de conformidad con lo establecido en las normas y los procedimientos internos. 4. El estado de los bienes es verificado constantemente y se realizan las acciones pertinentes de acuerdo con su destinación. 5. El Comité de Inventarios es convocado oportunamente y opera de acuerdo con la normatividad interna y externa vigente. 6. Los bienes en bodega y los materiales y suministros son controlados y manejados con eficiencia, austeridad y oportunidad. 7. La Caja Menor de la entidad es (sic) maneja de acuerdo con la normatividad externa e interna vigente.
V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN
Clientes internos Clientes externos
VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
*Presupuesto Público. *Normas Generales de Contabilidad Pública. *Gestión Pública *Contratación Pública VII. EVIDENCIAS De producto: Informes periódicos, Auditorias al software, Inventarios, Reembolsos y auditorías de Caja Menor. De desempeño: observación directa. De conocimientos: informes verbales. VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Estudios: Título profesional Economía, Contaduría, Administración de Empresas, Administración Financiera o Administración Pública. | Experiencia: Dos (2) años de experiencia profesional relacionada con las funciones propias del empleo.
Artículo 2º.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE,
Dada en Bogotá, a los 3 días del mes de marzo del año 2015
JUAN PABLO BARRIOS ROMERO
Gerente General (E)**
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