Resolución 19 de 2015
Resolución 19 de 2015 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 19
- Año
- 2015
- Fecha
- 30 de noviembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 19 DE 2015
(Noviembre 30)
“Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá – EAB–ESP para la vigencia fiscal 2015”.
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 28 del Decreto Distrital195 de 2007, y,
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal [(e)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo [28°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=24620#28) del Decreto Distrital 195 de 2007, “las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los gastos de funcionamiento, gastos de operación, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo”.
Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno adoptado en la sesión del 27 de febrero de 2012, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias sobre presupuesto aplicables a las Empresas Distritales.
Que la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB requiere realizar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2015, así: Adicionar $1.232.000.000 en el Presupuesto de Rentas e Ingresos, en el rubro Recursos de Capital, recursos provenientes de excedentes existentes liberados del aprovisionamiento para el laudo arbitral Consorcio Canoas – EAB del Fondo de Obligaciones Contingentes, para incorporarlos en el Presupuesto de Gastos e Inversiones en el rubro de Funcionamiento, restituyendo los recursos utilizados en el pago de una multa impuesta por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB mediante acuerdo Nº 19 del 1º de octubre de 2015, emitió concepto favorable para realizar esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2015.
Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto recomendó aprobar la anterior adición al presupuesto de rentas e ingresos y de gastos e inversiones 2015 de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB.
Que el CONFIS en sesión No. 16 del 27 de noviembre de 2015 aprobó la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la actual vigencia fiscal de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la adición presupuestal aprobada, es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá –ESP – EAB.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2015 de la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO y ASEO DE BOGOTÁ-ESP. EAB, por valor de $1.232.000.000, conforme al siguiente detalle: | | RUBRO | ---|---|--- 2. | INGRESOS | $ 2.3 | Recursos de Capital | 1.232.000.000 | Total adición en Ingresos | 1.232.000.000 3. | GASTOS | $ 3.1 | Gastos de Funcionamiento | 1.232.000.000 | Total adición en Gastos | 1.232.000.000
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de noviembre del año 2015.
GERARDO ARDILA CALDERÓN
Secretario Distrital de Planeación
JOSÉ ALEJANDRO HERRERA LOZANO
Secretario Distrital de Hacienda (E)
NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5729 de diciembre 07 de 2015.
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