Decreto Local 009 de 2015
Decreto Local 9 de 2015 Alcaldía Local de Tunjuelito
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 009
- Año
- 2015
- Fecha
- 17 de diciembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 009 DE 2015
(Diciembre 17) [Liquidado por el Decreto Local 10 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64372#0).
Por el cual se expide el Presupuesto anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, para la vigencia fiscal comprendida entre 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
LA ALCALDESA LOCAL DE TUNJUELITO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto – Ley 1421 de 1993 y cumpliendo con lo establecido en el Artículo 348 de la Constitución, y el artículo 17 del Decreto 372 de 2010 y los Artículos 48 y 49 del Decreto 714 de 1996,
CONSIDERANDO:
Que la Alcaldesa Local de Tunjuelito en cumplimiento de lo establecido en el Artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15) del Decreto 372 de 2010, presentó a consideración de la Junta Administradora Local – JAL durante los tres (3) primeros días de sesiones ordinarias del mes de diciembre, para estudio y aprobación, el proyecto de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito a nivel de agregados: Disponibilidad Inicial, Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital en el Ingreso y de Funcionamiento, Inversión y Disponibilidad Final en el Gasto, Según radicado de esta entidad No. 2015-062-015-6001 Del 02 diciembre del año en curso y Radicado No. 000767 del 02/12/2015 de la Secretaría de la JAL.
Que es competencia de la Junta Administradora Local aprobar y expedir el presupuesto Anual de Ingresos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito a nivel de agregados: Disponibilidad Inicial, Ingresos Corrientes, Transferencias y Recursos de Capital en el Ingreso y de Funcionamiento, Inversión y Disponibilidad Final en el Gasto de conformidad con lo establecido en el Artículo 15 del Decreto 372 de 2010 y en concordancia con el Decreto [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#0) del 15 de noviembre de 1996, Estatuto Orgánico de Presupuesto.
Que mediante oficio de fecha 14 de diciembre del 2015, radicado en la Alcaldía Local con el No. 2015-062-008616-2, el Honorable Edil presidente de la Junta Administradora Local de Tunjuelito informa que el _“PROYECTO DE ACUERDO LOCAL NO. 006-2015 POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE TUNJUELITO, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 01 DE ENERO Y 31 DE DICIEMBRE DE 2016”,_ fue archivado en sesión ordinaria del día 13 de diciembre de 2015, toda vez que en el primer debate no obtuvo la votación por mayoría absoluta conforme lo establece el art. 29 del reglamento interno de la corporación. Por lo cual se autoriza seguir con el procedimiento legal pertinente.
Que en el Artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula: _“La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos”_ __ _“El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación, Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quórum En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobarán las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en el primer debate.”_ __ Que con base en lo anterior, La Alcaldesa Local de Tunjuelito,
DECRETA:
Artículo primero.
Expedir el presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016 por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE (55.533.147.000), conforme al siguiente detalle | CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 1 | Disponibilidad Inicial | 29.126.573.000 2 | Ingresos | 26.406.574.000 2.1 | Ingresos Corrientes | 80.000.000 2.2 | Transferencias | 26.316.574.000 2.4 | Recursos de Capital | 10.000.000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBLIDAD INICIAL** | 55.533.147.000
Artículo segundo.
Expedir el presupuesto de gastos e inversión del presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE (55.533.147.000), conforme al siguiente detalle:
CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3 | Gastos | 55.533.147.000 3.1 | Gastos de Funcionamiento | 2.054.211.000 3.3 | Inversión | 53.478.936.000 4 | Disponibilidad Final | 0 | TOTAL GASTOS + DISPONIBILIDAD FINAL | 55.533.147.000
Artículo tercero.
El presente Decreto rige a partir de la fecha de publicación y surte efectos fiscales a partir del 1 ° de enero de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes diciembre del año 2015.
SANDRA MILENA RODRIGUEZ AMARILLO
Alcaldesa Local de Tunjuelito
**NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5743 de diciembre 29 de 2015.
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