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Decreto Local 006 de 2015

Decreto Local 6 de 2015 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2015
Fecha
6 de mayo de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2015

(Mayo 6)

POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO[005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61622#0)DE 2015 “A TRAVES DEL CUAL SE CONVOCA A SESIONES EXTRAORDINARIAS A LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL”

LA ALCALDESA LOCAL DE SUBA

La alcaldesa Local de Suba, en ejercicio de las atribuciones legales y en especial las que le confieren el articulo 71 y 73, del decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con los Decretos Distritales 032 de 2007, el cual reglamenta el Acuerdo Distrital 12 de 1994 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71.i.2) del artículo 71 del decreto 1421 de 1.993 prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local, debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se preocuparan de los asuntos que este someta a su consideración.

Que el Decreto 372 de 2010 en su artículo [37º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) determina: “Excedentes Financieros: Se define el excedente financiero de cada F.D.L. como el saldo sin comprometer del presupuesto de gastos después de realizar el ajuste presupuestal por cierre. Los excedentes financieros de los Fondos de Desarrollo Local son de propiedad del Distrito. El Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en cada vigencia fiscal determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del Presupuesto Distrital, con destinación a los mismos Fondos.

Que el CONFIS expidió la circular No 04 del 2015 del CONFIS con la cual se determinó la distribución de excedentes financieros generados por los 20 fondos de desarrollo local al cierre de la vigencia 2014.

Que se hace necesario convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de la localidad de Suba para que se estudie la adición de los recursos de excedentes financieros entregados por el CONFIS y que en el numeral segundo de dicha circular se asignaron $4.579.640.813 destinados para la atención al adulto mayor \- apoyo económico Tipo C.

Que mediante el Decreto [005](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61622#0) de 2015 se convocaron sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Suba para los días 5, 6, 7 y 8 de mayo de 2015; y mediante comunicación escrita con radicado 2015112008871-2 el presidente de la Corporación realiza solicitud formal de ampliación de las sesiones para los días 9 y 10 de mayo de 2015, teniendo en cuenta que se requiere el tiempo necesario para el estudio y análisis de la distribución de los excedentes financieros vigencia 2014.

DECRETA:

Artículo primero.

Modifíquese el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=61622#1) del Decreto Local 005 de 2015 y cítese a sesiones extraordinarias de la Junta administradora Local de Suba, a partir del cinco (05) y hasta el diez (10) de Mayo del año 2015 inclusive.

Artículo segundo.

En las sesiones extraordinarias la Junta Administradora Local de Suba se ocupará del trámite del siguiente asunto: Análisis, debate y aprobación de la adición al presupuesto Local de Suba para la Vigencia 2015, por distribución de Excedentes Financieros de la vigencia 2014, como lo contempló el CONFIS en la circular 04 de 2015.

Artículo tercero.

El presente decreto rige a partir de su expedición. **Dado en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de mayo del año 2015.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

MARISOL PERILLA GÓMEZ

Alcaldesa Local de Suba NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5589 de mayo 08 de 2015

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