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Decreto Local 001 de 2015

Decreto Local 001 de 2015 Alcaldía Local de Engativá

Tipo
Decreto Local
Número
001
Año
2015
Fecha
12 de febrero de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 001 DE 2015

(Febrero 12)

_Por el cual de (sic) aclara el Decreto Local No.[04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60067#0)_ _del 15 de Octubre de 2014, que ajustó la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal de 2014_

EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 1 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, el Artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 19 de Decreto 372 de 2010.

CONSIDERANDO:

Que el Alcalde Local expidió el Decreto Local No [04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60067#0) de Octubre 15 de 2014, por medio del cual se ajustó La Disponibilidad Inicial en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la Vigencia Fiscal de 2014.

Que en el encabezado del mismo Decreto, se transcribió por error involuntario de digitación, Octubre 15 de 2013.

Que de conformidad con las directrices entregadas por la Dirección de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda se hace necesario efectuar las correcciones correspondientes.

Que el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011 _“Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”_, señala: _“En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección está deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda”._ Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo primero.

Aclárese el encabezado del DECRETO LOCAL No. [04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60067#0) del 15 DE Octubre de dos mil catorce (2014), quedando así: “DECRETO LOCAL No. 04 DE OCTUBRE 15 DE 2014”.

Artículo segundo.

El presente Decreto rige a partir de su fecha de expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C. a los 12 días del mes de febrero del año 2015.

CARLOS MAURICIO NARANJO PLATA Alcalde Local de Engativá

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