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Decreto Local 006 de 2015

Decreto Local 6 de 2015 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2015
Fecha
11 de junio de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2015

(Junio 11) “Por medio del cual se efectúa una modificación al Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2015, mediante un traslado presupuestal al interior de los gastos de funcionamiento”. EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el Decreto No. 372 del 30 de agosto de 2010, _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local- F.D.L.”_, en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), y Resolución No. SDH-000383 del 15 de septiembre de 2010, _“Por medio de la cual se adopta el Manual del proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL”_, artículo tercero, numeral 4.1, los cuales consagran que: _“los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto”_.

Que el artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) del Decreto 372 de 2010, determina que el Alcalde Local por Decreto incrementará o reducirá el monto de las Obligaciones por Pagar para Llevarlas al valor real, siempre y cuando no se superen las partidas aprobadas por la JAL.

Que de conformidad con lo estipulado en la Circular conjunta 02 de 2014, se establece el ajuste de las Obligaciones por Pagar de funcionamiento e inversión programadas para la vigencia 2015, al valor realmente constituido.

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante oficio radicado Nº. 2015EE148363 del 05 de junio de 2015, determina que el Fondo de Desarrollo Local debe realizar efectuar el traslado presupuestal por $232.052.160 para financiar las Obligaciones por Pagar de los Gastos de Funcionamiento.

Que la presente modificación presupuestal la ampara el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 668 Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable mediante oficio radicado No. 2015EE155219 del 19 de junio de 2015.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto, [Ver Acuerdo Local 048 de 2014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60376#0).

DECRETA:

Artículo 1°.

Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, por la suma de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA PESOS ($ 232.052.160) M/CTE, conforme al siguiente detalle: Contracréditos: | CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3. | GASTOS | 232.052.160 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 232.052.160 3.1.2. | GASTOS GENERALES | 232.052.160 3.1.2.01 | Adquisición de Bienes | 103.241.000 3.1.2.01.02 | Gastos de Computador | 24.000.000 3.1.2.01.03 | Combustible, Lubricantes y Llantas | 66.741.000 3.1.2.01.04 | Materiales y Suministros | 12.500.000 3.1.2.02 | Adquisición de Servicios | 128.811.160 3.1.2.02.04 | Impresos y Publicaciones | 53.100.000 3.1.2.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 37.033.684 3.1.2.02.05.01 | Mantenimiento Entidad | 37.033.684 3.1.2.02.06 | Seguros | 38.677.476 3.1.2.02.06.01 | Seguros Entidad | 38.677.476 TOTAL | 232.052.160**

Artículo 2°.

Efectúese un crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2015, por la suma DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA PESOS ($ 232.052.160) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

Créditos:

CODIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- 3. | GASTOS | 232.052.160 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 232.052.160 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | 232.052.160 3.1.8.02.01 | Adquisición de Bienes | 103.241.000 3.1.8.02.01.02 | Gastos de Computador | 24.000.000 3.1.8.02.01.03 | Combustible, Lubricantes y Llantas | 66.741.000 3.1.8.02.01.04 | Materiales y Suministros | 12.500.000 3.1.8.02.02 | Adquisición de Servicios | 128.811.160 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 128.811.160 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento Entidad | 128.811.160 TOTAL | 232.052.160

Artículo tercero.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Expedido en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de junio del año 2015.

CRISTÓBAL PADILLA TEJADA

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5620 de junio 25 de 2015

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