Decreto Local 14 de 2015
Decreto Local 014 de 2015 Alcaldía Local de Chapinero
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 14
- Año
- 2015
- Fecha
- 22 de diciembre de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 14 DE 2015
(Diciembre 22) [Liquidado por el Decreto Local 015 de 2015](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64642#0) Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y el artículo 17 del Decreto 372 del 2010.
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2015EE275269 de 29 de octubre de 2015, comunicó la Cuota de Asignación para la vigencia 2016 por la suma de $17.629.430.000.
Que mediante Circular No.05 el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, en su reunión No.16 del 27 de Noviembre de 2015 emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal del año 2016, por la suma de $27.436.685.000.
Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#15) del decreto 0372 de 2010.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local para lo cual la administración presentó el anteproyecto de presupuesto 2015 mediante radicado 20150220395041 el 02-12-2015.
Que mediante radicado 20150220146532 de 15-12-2015 la Junta Administradora Local de Chapinero informó a la administración local que el 11 de diciembre de 2015 aprobó una ponencia negativa al proyecto de presupuesto y por tanto no expidió el Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2015.
Que en concordancia con el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17) del Decreto 372 de 2010, el cual reza: “ARTÍCULO 17°. Aprobación y Expedición del Presupuesto: La JAL deberá expedir el Presupuesto Anual del respectivo F.D.L., antes de la media noche del 15 de diciembre; si no lo hace regirá el proyecto presentado por el Alcalde Local, incluyendo las modificaciones que hayan sido aprobadas durante los debates. En dicho caso, el Alcalde Local deberá expedirlo mediante Decreto a nivel de agregados y luego liquidarlo mediante Decreto a nivel de programas y proyectos. El proyecto de presupuesto deberá estudiarse en dos debates en días distintos, efectuados uno en comisión de presupuesto y el otro en sesión plenaria de la Corporación. Las decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de ellos, siempre que haya quórum. En el primer debate se realizará la consideración y discusión del proyecto y se aprobarán las modificaciones a que haya lugar y en el segundo se le dará aprobación definitiva, en este no se podrán introducir modificaciones o adiciones al texto aprobado en primer debate”
Que de acuerdo con lo anterior, le corresponde al Alcalde Local expedir el Presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, mediante Decreto Local. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Chapinero, [Ver Decreto Local 004 de 2016](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65562#0).
DECRETA:
Artículo primero.
Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de VEINTISIETE MIL MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($27.436.685.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | **VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 9.807.255.000 2 | INGRESOS | 17.629.430.000 2.1 | INGRESOS CORRIENTES | 362.050.000 2.2 | TRANSFERENCIAS | 17.216.380.000 2.4 | RECURSOS DE CAPITAL | 51.000.000 | TOTAL INGRESOS MAS DISPONIBILIDAD INICIAL | 27.436.685.000
Artículo segundo.
Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2016, por la suma de VEINTISIETE MIL MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS ($27.436.685.000) M/CTM/CTE., conforme al siguiente detalle:
CODIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 27.436.685.000 3.1 | Funcionamiento | 1.272.658.000 3.3 | Inversión | 26.164.027.000 | TOTAL GASTOS MÁS DISPONIBILIDAD FINAL | 27.436.685.000
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2016.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MAURICIO JARAMILLO CABRERA
Alcalde Local de Chapinero
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5744 de diciembre 30 de 2015.
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