Circular 052 de 2015
Circular 52 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 052
- Año
- 2015
- Fecha
- 8 de abril de 2015
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 052 DE 2015
(Abril 08) | Para: | SECRETARIOS/AS DE DESPACHO; DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; EMPRESAS SOCIALES DEL ORDEN DISTRITAL; PRESIDENTES/AS Y, DIRECTORES/AS, GERENTES/AS DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS; RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES/AS LOCALES. ---|--- De: |
SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Asunto: | Oficio No 6587 - Oficina de Ejecución Municipal de Bogotá, D.C., - Ejecutivo Singular No. 110014003012201101154 Juzgado 12 Civil Municipal Iniciado por Gilberto Gómez Sierra contra Luís Evaristo Bernate Cardozo.
Esta Secretaría recibió el oficio del asunto, suscrito por Diana Paola Cárdenas López, en su calidad de secretaria de la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá, D.C., por medio de la cual comunica que: "_(...) mediante auto de fecha veintiséis (26) de enero de dos mil quince (2015), dictado dentro del proceso de la referencia por el Juzgado Doce de Ejecución Civil Municipal de Bogotá, se decretó el EMBARGO de los bienes y/o remanentes que se llegaren a desembargar de propiedad del aquí demandado que se llegaren a desembargar dentro del proceso de cobro coactivo que adelanta su entidad contra LUIS EVARISTO BERNATE CARDOZO con radicado No. 11496/03 (..._)", entre otros aspectos.
En tal sentido, en desarrollo del artículo [33](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#33) del Código Contencioso Administrativo, me permito trasladar la referida petición al organismo o entidad a su digno cargo, con el propósito que, en el marco de su autonomía administrativa, se atienda lo previsto por el despacho judicial y en ese sentido, se profiera una respuesta directa a la Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá en lo de su competencia.
Cordialmente,
MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA
Secretaria General
c.c: Doctora Diana Paola Cárdenas López. Secretaria Oficina de Ejecución Civil Municipal de Bogotá. Carrera 10 No. 14·33 Piso 1°.
Anexo: Copia de la comunicación en un (1) folio.
Proyectó: Héctor Rafael Ruiz Vega.
Revisó: Bismar Segundo Alemán Cabrera.
Aprobó: Orlando Corredor Torres.
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