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Circular 020 de 2015

Circular 20 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
020
Año
2015
Fecha
18 de febrero de 2015
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 020 DE 2015

(Febrero 18) | **Para:

| DIRECTORES/AS, JEFES DE OFICINAS DE LAS ALTAS CONSEJERÍAS, SUBDIRECTORES/AS Y RESPONSABLES DE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL.

---|--- **De:

| SECRETARIA GENERAL.

**Asunto:

| PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE LAS VISITAS A LA ENTIDAD POR PARTE DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL.

Respetados/as Doctores/as:

Con el propósito de atender los requerimientos y visitas de los organismos de control en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., y en virtud de las disposiciones previstas en la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#0) de 20141, se hace necesario impartir los lineamientos para acoger dichas situaciones, por lo que de manera atenta, me permito socializar el referido protocolo, a efectos de fortalecer la gestión que adelanta esta entidad.

1. Requerimientos por escrito:

A continuación se relacionan los criterios que deben tenerse en cuenta para atender los requerimientos por escrito.

* Todo requerimiento recibido debe cumplir con el procedimiento No. 2211600-PR049, relacionado con la recepción, registro, radicación, digitalización y distribución de comunicaciones oficiales.

* De acuerdo a la temática objeto del requerimiento, éste se direccionará a la dependencia competente.

* El jefe de la dependencia será el directo responsable de velar porque la información sea precisa, correcta, veraz, completa y oportuna.

* En aquellas situaciones en que intervengan varias dependencias, el Jefe de la oficina que posea la mayor parte de la información requerida y/o solicitudes allegadas, será el encargado de consolidar la información con el propósito de emitir una sola respuesta.

* Se allegará copia de la respuesta en todos los casos a la Oficina de Control Interno.

* Se podrá solicitar el apoyo y asesoría de la Oficina de Control Interno cuando se estime pertinente.

* En relación con la información sobre los proyectos y/o planes de gestión la dependencia y/o dependencias podrán solicitar el acompañamiento de la Oficina Asesora de Planeación.

* Toda información es pública salvo disposición constitucional o legal.

Responsables:

ACTIVIDAD | RESPONSABLES ---|---
1. Recepcionar el requerimiento allegado por el organismo de control, asignar la numeración consecutiva mediante su Subdirección Gestión registro y radicación en el SIGA, digitalizarla, clasificarla y Documental direccionarla al Despacho de/la Secretario/a General con copia a la Oficina de Control Interno para su respectivo seguimiento. | Subdirección de Gestión Documental
2. Evaluar la temática objeto del requerimiento y remitirlo a la dependencia y/o dependencias competentes. | Asesor/a del Despacho del Secretario/a General.
3. Atender del requerimiento y emitir la respuesta a la información solicitada. | Jefe de la dependencia y/o dependencias.
4. Enviar la respuesta final ya con los respectivos vistos buenos y firma de la misma al organismo de control, Documental conforme a las actividades previstas en el procedimiento No. 2211600-PR-049 con copia a la Oficina de Control Interno. | Subdirección de Gestión Documental

Atención de Visitas:

Los servidores de los organismos de control que efectúen visitas con el propósito de adelantar indagaciones, evaluaciones, investigaciones, solicitudes de información y cualquier diligencia oficial relacionada con el ejercicio de sus funciones, serán recibidos por servidores de la Oficina de Control Interno de esta Secretaría.

A su vez, la referida oficina deberá solicitarle al servidor que adelante la visita, el documento que lo identifique como funcionario del respectivo organismo de control y el documento en físico con el cual se le autorice expresamente para desarrollar la diligencia.

La Oficina de Control Interno presentará y podrá acompañar a la dependencia y/o dependencias, al personal del organismo de control que adelantará la visita y deberá efectuarse el registro de asistencia formato No. 2211300-FT-211 Versión 06, y asimismo, la dependencia y/o dependencias elaborará un Acta de la diligencia y se remitirá copia a la Oficina de Control Interno.

Finalmente, cabe señalar que el protocolo no incluye la atención de los requerimientos, visitas e investigaciones de carácter judicial, teniendo en cuenta que estos serán atendidos por la Dirección Jurídica Distrital o por quien esta delegue para el efecto, de acuerdo al procedimiento que dicha dependencia estime conducente.

Cordialmente,

MARTHA LUCÍA ZAMORA AVILA

Secretaria General

NOTA DE PIE DE PÁGINA

1.

_"Por medio de la cual_ se _crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso_ a _la Información Pública Nacional y_ se _dictan otras disposiciones. "_

Proyectó: Catalina Cerón Martínez - Samuel Peña Pineda Profesionales Oficina de Planeación _y_ Control Interno Revisó: Nelson Julián Salazar Urrutia - Jefe Oficina asesora de Planeación Ricardo Bogotá Camargo - Jefe Oficina de Control Interno.

Aprobó: Ximena Aguilón Mayorga - Subdirectora Distrital de Doctrina _y_ Asuntos Normativos Orlando Corredor Torres - Director Jurídico Distrital

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