Resolución 400 de 2026
Resolución 400 de 2026 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Oficina Asesora de Planeación
- Tipo
- Resolución
- Número
- 400
- Año
- 2026
- Fecha
- 24 de septiembre de 2026
- Entidad
- Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Oficina Asesora de Planeación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 400 DE 2026
(Septiembre 24)
_Por la cual se actualiza en el sistema de gestión de la entidad el documento Políticas Anticorrupción de TRANSMILENIO S.A. (L-TH-001)_
LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - "TRANSMILENIO S. A."
En uso de sus facultades conferidas en el 5º de la Resolución 342 de 2025 y en el artículo 8º del Acuerdo 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A. y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209), establece: _«...La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley...»_ Que el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley. Que, de conformidad con lo señalado en el artículo [2º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=892#2) del Acuerdo Distrital 004 de 1999 modificado por el artículo [135](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#135) del Acuerdo 927 de 2024: _«corresponde a TRANSMILENIO S. A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos...»_ Que de acuerdo con el artículo [350](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191872#350) del Decreto 652 de 2025, TRANSMILENIO S. A. cuenta con la facultad para fijar las condiciones técnicas y operativas para el funcionamiento del Sistema y ejerce el control de la operación a través de los instructivos y reglamentos de carácter general que expida, tal como lo prevé el artículo 351 ibidem.
Que el artículo [2.2.22.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#2.2.22.1.1) del Decreto 1499 de 2017 estableció:… _"El Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad"_ y en virtud de ello, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, siendo el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos. Que, cumpliendo con lo ordenado en el [parágrafo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#1.p) único del artículo 1º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A., el cual permite contar con una herramienta útil y adecuada como mecanismo de desarrollo organizacional, para servir de guía a quienes lo consulten y a la vez facilitar la difusión y aplicación de procesos estandarizados al interior de toda la entidad en todas sus áreas. Que, de conformidad con sus atribuciones legales y estatutarias, y acorde con la autonomía propia de las entidades descentralizadas, la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A., de manera unánime, aprobó mediante el Acuerdo 05 de 2025, la reformulación de la estructura organizacional de la Empresa, con fundamento en los conceptos técnicos favorables de la Secretaría General, del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y de la Secretaría de Hacienda Distrital.
Que de conformidad con el artículo octavo del Acuerdo No. 05 de 2025 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A., corresponde a la Oficina Asesora de Planeación liderar la formulación y seguimiento de planes estratégicos de la Empresa, buscando que los proyectos de inversión estén alineados con las políticas institucionales, el Plan Distrital de Desarrollo, los Planes Interinstitucionales y demás instrumentos de planeación; liderar el seguimiento a objetivos y resultados empresariales, así como la formulación de riesgos y la implementación de los sistemas de gestión y desempeño, promoviendo la innovación y uso efectivo del conocimiento en la organización.
Que de conformidad con el artículo 5º de la Resolución 342 de 2025 corresponde a la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación adoptar las actualizaciones necesarias del Manual de Procedimientos de la entidad.
Que a través de la herramienta utilizada para tal fin en TRANSMILENIO S.A. se gestionan, se oficializan y se publican los documentos que forman parte del sistema de gestión de la entidad. Que, se requiere actualizar el documento denominado _"Políticas Anticorrupción de TRANSMILENIO S. A. (L-TH-001)"_ con ocasión de la entrada en vigencia de las resoluciones expedidas por la Superintendencia de Transporte en materia del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE), mediante las cuales se fijaron los lineamientos aplicables a los sujetos obligados del sector transporte y se estableció la necesidad de contar con políticas de cumplimiento orientadas a prevenir, detectar, gestionar y mitigar los riesgos de corrupción, soborno transnacional y demás riesgos asociados a la integridad pública. Que, en atención a dichos lineamientos, y considerando que TRANSMILENIO S. A. ya contaba con instrumentos internos relacionados con la prevención de la corrupción, la integridad, la debida diligencia, la gestión de conflictos de interés, la administración del riesgo, la contratación estatal, los canales de denuncia y otras materias afines al PTEE, la actualización del documento no implicó la creación aislada de nuevas políticas, sino el fortalecimiento, armonización y articulación de las políticas existentes con el Manual del Programa de Transparencia y Ética Empresarial M-OP-006 y con el Anexo 1 "Manual PTEE Políticas", con el fin de asegurar su coherencia normativa, trazabilidad documental, consulta integral y aplicación dentro del Sistema de Gestión de la entidad.
Que las referidas políticas anticorrupción fueron publicadas en la plataforma LegalBog para conocimiento y comentarios de la ciudadanía y de los grupos de interés de la Entidad, sin que se presentaran observaciones dentro del término previsto para tal efecto. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. APROBACIÓN: La actualización de las Políticas Anticorrupción de TRANSMILENIO S.A. (L-TH-001), fue elaborada por las dependencias responsables y aprobadas por la Junta Directiva en la sesión del 18 de agosto de 2026 y en el marco del Comité Institucional de Gestión y Desempeño que sesionó de forma asincrónica el 2 de septiembre de 2026. ARTÍCULO 2º ADOPCIÓN: Adoptar la versión 4 de Políticas Anticorrupción de TRANSMILENIO S.A. (L-TH-001) a cargo de la Subdirección de Talento Humano, Oficina de Control Disciplinario Interno, Subgerencia Jurídica y Contractual y Oficina Asesora de Planeación. ARTÍCULO 3°. OBJETO DEL DOCUMENTO: Las políticas anticorrupción establecidas por TRANSMILENIO S.A., tienen como propósitos: · Definir las directrices que se deben aplicar para prevenir, detectar, investigar y mitigar la corrupción en la Entidad. · Delimitar el marco para mitigar los riesgos de soborno o corrupción, a través de un efectivo y oportuno proceso de identificación, valoración e implementación de controles antisoborno y anticorrupción. · Fortalecer una cultura de integridad, transparencia, legalidad y cumplimiento normativo en la Entidad. ARTÍCULO 4°. La presente Resolución deberá ser publicada en la imprenta distrital, rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194417) y deroga la resolución [255](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194368) del 9 de julio de 2026. Dada en la ciudad de Bogotá, D.C. a los 24 días del mes de septiembre del año 2026. FÍRMESE Y CÚMPLASE.
CAROLINA RESTREPO PALACIO
Jefe Oficina Asesora de Planeación
Nota: Ver norma original en los Anexos.
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