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Resolución 352 de 2026

Resolución 352 de 2026 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Tipo
Resolución
Número
352
Año
2026
Fecha
16 de septiembre de 2026
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Formato de Resolución RESOLUCIÓN 352 DE 2026

(Septiembre 16)

_Por medio de la cual se modifica parcialmente el artículo 1 de la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025, en relación con la conformación del Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo - IDT para el período 2025-2027_

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal b) del Artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Consejo de Bogotá, D.C., el Artículo 18 del Acuerdo 1 de 2007 de la Junta Directiva, y el numeral 5 del Artículo 6 del Acuerdo 007 de 2022 de la Junta Directiva.

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Turismo - IDT es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, creado mediante Acuerdo Distrital [275](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023) de 2007. Que, de conformidad con la Resolución [3461](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190589) de 2025, proferida por el Ministerio del _Trabajo “Por medio de la cual se derogan las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, por las cuales se establecen lineamientos para la conformación y funcionamiento del Comité de convivencia Laboral, en entidades públicas y empresas privadas, y se dictan otras disposiciones”_, y en consideración al Decreto [640](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191861) de 2025 “ _Por medio del cual se expide el Decreto Único del Sector Gestión Pública”_, se debe constituir al interior del Instituto Distrital de Turismo el Comité de Convivencia Laboral.

Que la Resolución 3461 de 2025 “ _Por medio de la cual se derogan las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, por las cuales se establecen lineamientos para la conformación y funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, en entidades públicas y empresas privadas, y se dictan otras disposiciones_ ”, en su artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=190589#3) señala que el Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Según esta resolución, las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo con su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes.

Que para el caso del Instituto Distrital de Turismo - IDT y de conformidad con el Decreto Distrital en mención, el Comité estará conformado por cuatro (4) miembros, dos (2) representantes de los trabajadores y dos (2) representantes del empleador, todos con sus respectivos suplentes.

Que mediante la Resolución No. 027 del 25 de marzo de 2025 la Dirección General convocó a la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo - IDT para el período 2025-2027, proceso electoral que se llevó a cabo el 24 de abril de 2025. Que, los representantes principales y suplentes de los trabajadores del Instituto fueron elegidos en la mencionada votación, como consta en el Acta No. 2 “ _Cierre y escrutinio elecciones representantes trabajadores Comité de Convivencia Laboral 2025 - 2027_ ” del 24 de abril de 2025.

Que mediante la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025 la Dirección General conformó el Comité de Convivencia Laboral para el periodo 2025 - 2027 en el Instituto Distrital de Turismo - IDT y se reglamentaron las funciones del mismo.

Que mediante la Resolución No. 067 del 11 de febrero de 2026 se produjo la desvinculación del servidor Jimy Bula Giammaria, quien se desempeñaba como representante suplente de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral, cuya vinculación se extendió hasta el 4 de marzo de 2026, toda vez que la funcionaria Cindy Zulay Barrios Sanabria tomó posesión el 5 de marzo de 2026, generándose así una vacancia que debe ser provista para completar la integración del Comité durante el período 2025- 2027, dando cumplimiento a la normatividad legal vigente.

Que actualmente continúan ejerciendo funciones los demás integrantes del Comité de Convivencia Laboral elegidos y designados para el período 2025-2027, manteniéndose únicamente la vacancia correspondiente a un (1) representante suplente de los trabajadores. Que, mediante la Resolución No. 00326 del 24 de agosto de 2026 se convocó a elección parcial de un (1) representante suplente de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo, para completar la conformación del Comité durante el período 2025-2027. Que, el día 11 de septiembre de 2026 se llevó a cabo la jornada de elección virtual convocada mediante la Resolución No. 00326 de 2026, de conformidad con el cronograma establecido. Que, mediante Acta de Escrutinio No. 02 del 11 de septiembre de 2026 se declaró elegida como representante de los trabajadores en calidad de suplente en el Comité de Convivencia Laboral, a la servidora pública: \- DIANA MARCELA CARRANZA GARCÍA, identificada con la cédula de Ciudadanía 52.933.004. Que, en consecuencia, y con fundamento en los resultados contenidos en el Acta de Escrutinio No. 02 del 11 de septiembre de 2026, resulta procedente modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025, con el fin de incorporar a la servidora pública elegida como representante suplente de los trabajadores y completar la conformación del Comité de Convivencia Laboral durante el período institucional 2025- 2027.

Que la presente modificación no altera el período institucional del Comité de Convivencia Laboral, sino únicamente su conformación. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo

1. Modificar parcialmente el artículo 1 de la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025, únicamente en lo relacionado con la integración de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Convivencia Laboral del Instituto Distrital de Turismo - IDT para el período 2025-2027, en los siguientes términos: \- Los/as servidores/as públicos/as como Representantes de los Trabajadores: Principal: SANDRA PATRICIA PEÑUELA ARIAS,** identificada con la cedula de ciudadanía No. 65.701.997, Profesional Especializado, Código 222, Grado 06.

Principal: DIEGO MANUEL VARGAS MEDINA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 80.057.411, Profesional Universitario, Código 219, Grado 04.

Suplente: ALBERTO ANTONIO AMAYA PÁEZ, identificado con la cedula de ciudadanía No. 79.570.124, Profesional Especializado, Código 222, Grado 06.

Suplente: DIANA MARCELA CARRANZA GARCÍA, identificada con la cedula de ciudadanía No. 52.933.004, Profesional Especializado, Código 222, Grado 06.

Artículo 2.

Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025 continúan vigentes en lo que no sean modificadas por el presente acto administrativo

Artículo 3.

Comunicar la presente resolución a las partes interesadas.

Artículo 4.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica parcialmente el artículo 1 de la Resolución No. 034 del 30 de abril de 2025. **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 16 días del mes de septiembre del año 2026.

ANGELA GARZON CAICEDO

Directora Nota: Ver norma original en Anexos.

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