Resolución 255 de 2026
Resolución 255 de 2026 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Oficina Asesora de Planeación
- Tipo
- Resolución
- Número
- 255
- Año
- 2026
- Fecha
- 20 de agosto de 2025
- Entidad
- Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A - Oficina Asesora de Planeación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 255 DE 2026 (Agosto 20)
[Derogado por el art. 4, Resolución 400 de 2026. ](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194451#4)**
_Por la cual se incorpora en el sistema de gestión de la entidad el documento <<Manual para la Gestión Presupuestal (M-DA-023)»_ __ LA JEFE DE LA OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN DE LA EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO - "TRANSMILENIO S. A."**
En uso de sus facultades conferidas en el numeral 2º del artículo 7º de la Resolución 342 de 2020 y en el artículo 10º del Acuerdo 004 de 2023 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A.; y.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209), establece: _«...La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la Ley...»_ Que el artículo [269](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#269) de la Constitución Política establece la obligatoriedad por parte de la autoridad correspondiente, en cada entidad pública, de diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la Ley. Que, de conformidad con lo señalado en el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=892#2)º del Acuerdo Distrital 004 de 1999 modificado por el artículo [135](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699#135) del Acuerdo 927 de 2024: _«corresponde a TRANSMILENIO S. A. la gestión, organización y planeación del Servicio de Transporte Público Masivo Urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia, bajo la multimodalidad de transporte, en las condiciones que señalen las normas vigentes, las autoridades competentes y sus propios estatutos...»_ Que de acuerdo con el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1613#8) del Decreto Distrital 831 de 1999, TRANSMILENIO S. A. cuenta con la facultad para fijar las condiciones técnicas y operativas para el funcionamiento del Sistema y ejercer el control de la operación a través de los instructivos y reglamentos de carácter general que expida, tal como lo prevé el artículo 9" ibidem.
Que el artículo [2.2.22.1.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71261#2.2.22.1.1) del Decreto 1499 de 2017 estableció:... "_El Sistema de Gestión, creado en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, que integra los Sistemas de Desarrollo Administrativo y de Gestión de la Calidad, es el conjunto de entidades y organismos del Estado, políticas, normas, recursos e información, cuyo objeto es dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad_." y, en virtud de ello, se adoptó la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG con el fin de lograr el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, siendo el marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y de los organismos públicos. Que, cumpliendo con lo ordenado en el parágrafo único del artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#1)º de la Ley 87 de 1993, se adoptó el Manual de Procedimientos de TRANSMILENIO S.A. el cual permite contar con una herramienta útil y adecuada a la entidad como mecanismo de desarrollo organizacional, para servir de guía a quienes lo consulten y a la vez facilitar la difusión y aplicación de procesos estandarizados al interior de toda la entidad en todas sus áreas.
Que de conformidad con el artículo décimo del Acuerdo No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=139663) de 2023 de la Junta Directiva de TRANSMILENIO S. A., corresponde a la Oficina Asesora de Planeación asesorar a la Alta Gerencia, a la Gerencia de Integración y a la Dirección y Control de la Operación, en la planeación estratégica, táctica y operativa; orientar la aplicación de herramientas para la gestión, evaluación y control organizacional y realizar seguimiento a los resultados de los procesos de la Empresa.
Que según el numeral [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=146018#7.n.2) del artículo 7º de la Resolución 342 de 2020 corresponde al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación adoptar las actualizaciones necesarias al Manual de Procedimientos de la entidad.
Que a través de la herramienta utilizada para tal fin en TRANSMILENIO S.A. se gestionan, se oficializan y se publican los documentos que forman parte del sistema de gestión de la entidad. Que, de acuerdo con la solicitud presentada el día 30 de mayo de 2025, por parte de la Dirección Corporativa, se requiere realizar la incorporación del documento «Manual para la Gestión Presupuestal (M-DA-023)»; buscando optimizar la administración de los recursos y asegurar el cumplimiento normativo. Este manual surge de la consolidación de los procedimientos existentes de Programación Presupuestal (P-DA-011), Ejecución Presupuestal (P-DA-012) y Gestión de Vigencias Futuras (P-DA-013) en un documento único y coherente. La integración de estos procedimientos en un solo manual responde a varias necesidades fundamentales: -. Actualmente, la gestión presupuestal se rige por procedimientos separados, con el manual unificado proporcionará una herramienta integral, clara y sistemática para gestionar todo el ciclo presupuestal, desde la programación hasta la ejecución y la gestión de vigencias futuras. -. Al consolidar los tres procedimientos se facilita la trazabilidad de las acciones y se eliminan posibles vacíos o duplicidades entre las diferentes etapas mejorando la eficiencia operativa. -. Con el nuevo Manual se promueve la eficiencia, la transparencia y el fácil acceso a la información para todos los actores involucrados en el proceso presupuestal, definiendo claramente las actividades, responsables y flujos, mejorando la comprensión y el cumplimiento por parte de quienes participan en los procesos.
Que el documento Manual para la Gestión Presupuestal (M-DA-023), recoge los siguientes procedimientos: -. Programación presupuestal (P-DA-011) versión 1, adoptado con la Resolución 410 del 21 de junio de 2018. -. Ejecución Presupuestal (P-DA-012) versión 2, adoptado con Resolución 160 del 12 de abril de 2019. -. Gestión de Vigencias Futuras (P-DA-013) versión 1, adoptado con la Resolución 410 del 21 de junio de 2018. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. APROBACIÓN. El presente Manual para la Gestión Presupuestal (M-DA-023), fue elaborado por el área encargada, por tal razón el mismo cuenta con la aprobación del directivo y demás colaboradores responsables del tema. ARTÍCULO 2°. ADOPCIÓN. Adoptar la versión O del documento Manual para la Gestión Presupuestal (M-DA-023), asociado al proceso de Gestión de Información Financiera y Contable a cargo de la Dirección Corporativa, documento que fue aprobado por parte del Directivo y el responsable del tema a través de la herramienta dispuesta para tal fin. ARTÍCULO 3º. OBJETO DEL DOCUMENTO. Definir las actividades y responsables para la Gestión Presupuestal en TRANSMILENIO S. A., relacionadas con la programación y ejecución del presupuesto de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en esta materia. ARTÍCULO 4 °. La presente Resolución deberá ser publicada en la imprenta distrital y rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194278) y deroga las resoluciones 410 del 21 de junio de 2018 y 160 del 12 de abril de 2019. Dada en Bogotá, D.C. a los 20 días del mes de agosto del año 2025
FÍRMESE Y CÚMPLASE
CAROLINA RESTREPO PALACIO
Jefe Oficina Asesora de Planeación
NOTA: Ver norma original y anexos en Anexos.
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