Resolución 1107 de 2026
Resolución 1107 de 2026 Instituto Distrital de las Artes - IDARTES - Dirección General
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1107
- Año
- 2026
- Fecha
- 10 de septiembre de 2026
- Entidad
- Instituto Distrital de las Artes - IDARTES - Dirección General
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1107 DE 2026
(Septiembre 10)
_Por medio de la cual se adopta, reglamenta y designa al Defensor de la Ciudadanía del Instituto Distrital de las Artes – Idartes y se derogan las Resoluciones No. 487 de 2011 y la No. 073 de 2016_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES – IDARTES
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital No. 440 de 2010 del Concejo de Bogotá, D.C., el Decreto Distrital No. 640 de 2025, el Decreto Distrital No. 649 de 2025, el Acuerdo No. 005 de 2021 modificado por el Acuerdo No. 002 de 2025 y el Acuerdo No. 008 de 2025 expedidos por el Consejo Directivo de la Entidad y,
CONSIDERANDO:
El artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2) de la Constitución Política señala como propósitos fundamentales del Estado prestar servicio a la comunidad, impulsar la prosperidad general y garantizar la materialización de los principios, derechos y deberes establecidos en la Constitución, además de promover la participación de todas las personas en las decisiones que las afectan y garantizar la convivencia pacífica y la existencia de un orden justo. Por su parte el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que la función administrativa se encuentra orientada al servicio de los intereses generales y debe ejercerse con sujeción a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. De igual forma el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#7) de la Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, señala los deberes que deben cumplir las autoridades en la atención al público y en el desarrollo de las actuaciones administrativas, estableciendo la obligación de brindar un trato digno, respetuoso y eficiente, encaminado a garantizar la protección efectiva de los derechos de las personas. En este sentido, el artículo [48](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#48) del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635#6) del Acuerdo Distrital 638 de 2016, dispone que es competencia de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. formular, orientar y coordinar las políticas, planes y programas relacionados con la atención y prestación de servicios a la ciudadanía, así como reglamentar lo concerniente al Defensor(a) de la Ciudadanía en las entidades distritales. Consecuentemente el documento CONPES D.C. [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193263) de 2026 adoptó la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, encaminada a fortalecer la relación entre las entidades distritales y la ciudadanía, mediante la promoción de un modelo centrado en las personas, la generación de confianza institucional, el mejoramiento continuo y el fortalecimiento de los mecanismos de seguimiento y aseguramiento de la calidad en la prestación del servicio. Mediante el Decreto Distrital [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378) del 03 de junio de 2026, “ _Por medio del cual se modifica la Parte 1 del Libro 2 y se sustituye el Título 10 de la Parte 2 del Libro 3 del Decreto Único Distrital 640 de 2025, del Sector Gestión Pública, respecto a los lineamientos en materia de servicio a la ciudadanía y se dictan otras disposiciones_ ”, se estableció el Modelo de Servicio a la Ciudadanía y el Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía como componentes estructurales, orgánicos y permanentes del servicio a la ciudadanía en el Distrito Capital. Adicionalmente el numeral [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378#260.n.4) del artículo 260 del Decreto Distrital 207 de 2026 establece la figura del Defensor(a) de la Ciudadanía en las entidades y organismos distritales, con la responsabilidad de garantizar y verificar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y normativas relacionadas con la prestación del servicio a la ciudadanía. Aunado al anterior el artículo [261](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378#261) del Decreto Distrital 207 de 2026 establece que cada entidad distrital designará al Jefe de Servicio a la Ciudadanía, o quien ejerza dichas funciones, como responsable institucional de la implementación del Título relacionado con el Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía. En desarrollo de lo antedicho, el capítulo del Defensor(a) de la Ciudadanía del Decreto Distrital [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378) de 2026 establece que esta figura debe ser ejercida por una persona servidora pública perteneciente al nivel más alto de la estructura jerárquica de la Entidad, en un cargo directivo o asesor, distinto al de Jefe de Servicio a la Ciudadanía o quien haga sus veces, atendiendo criterios de idoneidad y compromiso con el servicio a la ciudadanía. Mediante la Resolución 487 del 19 de noviembre de 2011, el Instituto Distrital de las Artes – Idartes adoptó y reglamentó la figura del Defensor(a) de la Ciudadanía. Mediante la Resolución 073 del 4 de febrero de 2016, el Instituto Distrital de las Artes- Idartes designó a quien ostentara el cargo de Subdirector(a) Administrativo(a) y Financiero(a) como Defensor(a) de la Ciudadanía de la Entidad, en desarrollo de las disposiciones vigentes para la época en materia de servicio a la ciudadanía. Entonces, teniendo en cuenta lo mencionado, con posterioridad a la expedición de las Resoluciones 487 de 2011 y 073 de 2016, el marco normativo distrital en materia de servicio a la ciudadanía y la estructura organizacional del Instituto Distrital de las Artes -Idartes, fueron objeto de actualización, circunstancia que hace necesario revisar y armonizar las disposiciones vigentes relacionadas con la Defensoría de la Ciudadanía, de manera que respondan a las funciones actualmente asignadas a las dependencias de la Entidad. Por técnica jurídica y en atención al principio de seguridad jurídica, resulta procedente recoger en un solo acto administrativo las disposiciones relacionadas con la designación y ejercicio de la Defensoría de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de las Artes- Idartes, con el fin de actualizarlas, unificarlas y armonizarlas con el Decreto Distrital [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378) de 2026, dejando sin efecto las disposiciones que regulan la materia contenida en las Resoluciones 487 de 2011 y 073 de 2016. El análisis realizado por la Subdirección Administrativa y Financiera – Unidad de gestión de Relacionamiento con la Ciudadanía evidenció la conveniencia de armonizar dicha designación con el actual marco distrital en materia de servicio a la ciudadanía, atendiendo criterios de fortalecimiento institucional, independencia funcional y mejora continua en el relacionamiento con la ciudadanía. Actualmente, la Subdirección Administrativa y Financiera – Unidad de gestión de Relacionamiento con la Ciudadanía lidera y coordina la operación institucional de la política y los canales de atención a la ciudadanía, por lo que resulta conveniente diferenciar dichas funciones de aquellas asociadas al seguimiento, promoción y garantía de derechos propios de la Defensoría de la Ciudadanía. Por su parte, la Subdirección Jurídica, en virtud de sus funciones de orientación y asesoría jurídica, articulación institucional, prevención del daño antijurídico y garantía de la observancia normativa, reúne las condiciones necesarias para asumir el ejercicio de la Defensoría de la Ciudadanía. En atención a lo anterior, se estima procedente recoger en un solo acto administrativo las disposiciones relacionadas con la designación y ejercicio de la Defensoría de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de las Artes- Idartes, con el propósito de actualizarlas, unificarlas y armonizarlas con el marco normativo y organizacional vigente, asignando dicha función a quien ejerza la titularidad de la Subdirección Jurídica y dejando sin efecto las regulaciones anteriores sobre la materia. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°._Adopción y objeto_.** Adoptar y reglamentar la figura del(la) Defensor(a) de la Ciudadanía en el Instituto Distrital de las Artes - Idartes, como instancia encargada de garantizar y velar por el cumplimiento de las disposiciones técnicas y normativas referentes al servicio a la ciudadanía, promover la protección de sus derechos y contribuir al mejoramiento continuo del relacionamiento entre la Entidad y sus grupos de valor.
ARTÍCULO 2°. _Designación._ Designar como Defensor(a) de la Ciudadanía del Instituto Distrital de las Artes (Idartes) a quien ejerza el cargo de Subdirector(a) Jurídico(a), quien desarrollará las funciones previstas en el Decreto Distrital [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378) de 2026, en las demás disposiciones distritales vigentes sobre servicio a la ciudadanía y en la presente resolución.
Parágrafo. La designación recae sobre quien ejerza la titularidad del empleo de Subdirector(a) Jurídico(a), por lo que no será necesaria la expedición de un nuevo acto administrativo ante cambios de personal, encargos o provisión temporal o definitiva del cargo. ARTÍCULO 3°._Principios orientadores_. El ejercicio de la Defensoría de la Ciudadanía se orientará por los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad, transparencia, objetividad, enfoque de derechos, accesibilidad y mejora continua del servicio. ARTÍCULO 4°. _Funciones_. El(la) Defensor(a) de la Ciudadanía ejercerá las funciones asignadas por el Decreto Distrital [207](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193378) de 2026 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. En particular, deberá: 1. Velar por el cumplimiento de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía y de los lineamientos técnicos y normativos aplicables. 2. Actuar como vocero(a) de la ciudadanía al interior de la Entidad para la protección de sus derechos. 3. Conocer y hacer seguimiento objetivo a los requerimientos, quejas y reclamos relacionados con la prestación de trámites y servicios.4. Formular recomendaciones para mejorar la atención, los canales, trámites y servicios institucionales.5. Promover y divulgar la figura de la Defensoría de la Ciudadanía y el alcance de sus actuaciones.6. Presentar los informes y reportes que soliciten las instancias distritales competentes, la Comisión Intersectorial del Servicio a la Ciudadanía o que establezca la normativa vigente. 7. Las demás inherentes a la naturaleza de la figura y las que le sean asignadas por las disposiciones aplicables. ARTÍCULO 5°._Articulación institucional._ La Subdirección Administrativa y Financiera – Unidad de gestión de Relacionamiento con la Ciudadanía suministrará al(la) Defensor(a) de la Ciudadanía la información, los reportes y el apoyo técnico requeridos para el ejercicio de sus funciones. Las demás dependencias deberán atender oportunamente sus solicitudes y recomendaciones, dentro del ámbito de sus competencias. ARTÍCULO 6°. _Notificación_. Notificar el contenido de la presente Resolución a quien ejerza la titularidad de la Subdirección Jurídica del Instituto Distrital de las Artes - Idartes, en calidad de Defensor(a) de la Ciudadanía. ARTÍCULO 7°. _Comunicaciones_ _._ Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Subdirección Administrativa y Financiera y Relacionamiento con la Ciudadanía, a la Oficina Asesora de Planeación y Tecnologías de la Información y a las demás dependencias que corresponda para lo de su competencia. Así mismo, informar la presente designación a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para los fines pertinentes. ARTÍCULO 8°. _Publicación_. Publicar la presente Resolución en la página web de la Entidad, en el Régimen Legal de Bogotá D.C. - Secretaría Jurídica Distrital, y en el Registro Distrital. ARTÍCULO 9 °. _Vigencia y derogatorias_. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=194274) y deroga expresamente las Resoluciones 487 del 10 de noviembre de 2011 y 073 del 4 de febrero de 2016, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE, NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de septiembre del año 2026.
MARÍA CLAUDIA PARIAS DURÁN
Directora General Nota: Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…