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Circular 011 de 2016

Circular 011 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones

Tipo
Circular
Número
011
Año
2016
Fecha
15 de marzo de 2016
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 11 DE 2025

(Marzo 15)

Para: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES Y GERENTES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES; EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DISTRITALES, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DISTRITALES, EL ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO DISTRITAL, ALCALDÍAS LOCALES Y ORGANISMOS DE CONTROL.

De: OFICINA ALTA CONSEJERÍA DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

Asunto: REMISIÓN DE INFORME A LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHOS DE AUTOR SOBRE EL USO DEL SOFTWARE LEGAL

Radicado: 2-2016-11410

La Ley [603](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=13960) del 2000, establece la obligatoriedad de las sociedades comerciales de presentar Informes de Gestión expedidos por los Administradores y que contengan el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor; por esta razón, la Directiva Presidencial No 001 de 1999 y la Directiva Presidencial No [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4813) de 2002, dan instrucciones a los encargados de la adquisición de software en cada Entidad u Organismos Públicos, para que los programas de computador adquiridos estén respaldados por los respectivos documentos de licenciamiento o transferencia de propiedad. La Directiva Presidencial No [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4813) de 2002, también señala a las oficinas de Control Interno, auditores u organismos de control de las respectivas Instituciones, como responsables de la verificación del cumplimiento, y a la Dirección Nacional de Derechos de Autor como la institución coordinadora de todo este ejercicio de promoción de legalidad en el Gobierno Nacional. Con el fin de dar cabal cumplimiento a lo antes mencionado y con ocasión de la comunicación remitida a la Secretaría General por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública y la Dirección Nacional de Derechos de Autor, la Alta Consejería Distrital de TIC se permite recordar que el próximo 18 de marzo de 2016 vence el plazo para cargar el informe sobre el uso del software legal, conteniendo la información relacionada con la verificación, recomendaciones y resultados sobre el cumplimiento de las normas en materia de Derecho de Autor sobre software, conforme con el procedimiento determinado en la Circular [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150720) de 2011 expedida por la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Para tal efecto, la Dirección Nacional de Derecho de Autor, habilitó dentro de su sitio web [www.derechodeautor.gov.co](http://www.derechodeautor.gov.co) el aplicativo para ingresar la información acerca de la legalidad del software con corte al 31 de diciembre de 2015, en el siguiente vínculo. Esperamos la completa colaboración de todos, para que los informes que se deben presentar se remitan dentro de la fecha límite establecida y así dar cumplimiento a lo exigido por la ley. Cordialmente, SERGIO MARTINEZ MEDINA

Alto Consejero Distrital de TIC

Proyectó: Iván M. Hernández Lanao Revisó: Melba Rodríguez P. / Miguel Antonio Díaz / Iván M. Hernández Lanao

Nota: Ver norma original en Anexos.

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