Ley 1802 de 2016
Ley 1802 de 2016 Congreso de la República de Colombia
- Tipo
- Ley
- Número
- 1802
- Año
- 2016
- Fecha
- 29 de julio de 2016
- Entidad
- Congreso de la República de Colombia
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
LEY 1802 DE 2016
(Julio 29)
_Por medio de la cual se establece la tasa real de 0% de intereses en los créditos educativos otorgados por el Fondo Nacional de Ahorro para estudiantes de estratos 1, 2 y 3_ __ El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°.
A los afiliados del Fondo Nacional de Ahorro por cesantías y/o ahorro voluntario contractual que sean beneficiarios de créditos educativos por parte de esta entidad para estudios de pre grado y que pertenezcan a los estratos 1, 2 y 3, priorizados en el Sisbén de acuerdo con los cortes establecidos por el Ministerio de Educación les serán subsidiados por parte del Gobierno nacional el 100% de los intereses del crédito, en las modalidades de corto y largo plazo, previa disponibilidad de recursos. Los beneficiarios sólo deberán asumir el pago del capital actualizado en el IPC.
Parágrafo 1°. El Gobierno nacional establecerá los cortes de Sisbén para los cuales aplica el beneficio otorgado en la presente ley.
Parágrafo 2°. El Ministerio de Hacienda girará el valor correspondiente de los intereses causados de los créditos otorgados descritos en el presente artículo, a FNA.
Artículo 2°.
En un plazo no mayor a 90 días el Gobierno nacional reglamentará la materia. Artículo 3°. Esta ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA **LUIS FERNANDO VELASCO CHAVES
EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA
**GREGORIO ELJACH PACHECO
EL PRESIDENTE DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES
ALFREDO RAFAEL DELUQUE ZULETA EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
REPÚBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de julio del año 2016
**JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
**Mauricio Cárdenas Santamaría
La Ministra de Educación Nacional
Gina Parody D’Echeona
La Ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio
Elsa Margarita Noguera de la Espriella
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