Decreto Local 013 de 2016
Decreto Local 013 de 2016 Alcaldía Local de Chapinero
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2016
- Fecha
- 30 de diciembre de 2016
- Entidad
- Alcaldía Local de Chapinero
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 013 DE 2016
( Diciembre 30)
POR EL CUAL SE MODIFICA DECRETO LOCAL [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68866) EN EL CUAL SE LIQUIDA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y GASTOS E INVERSIÓN DE LA ALCALDÍA LOCAL DE CHAPINERO PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017 EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo[324](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#324) y el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#17) del Decreto 372 del 2010.
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO
En uso de sus facultades legales y en especial la que confiere el artículo[19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) del Decreto 372 de 2010,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2017 mediante Acuerdo No. 004 de 15 de diciembre de 2016, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.
Que en virtud de lo establecido en el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de programas y proyectos.
Que en circular conjunta No. 002 de 2016 de Secretaria Distrital de hacienda y Secretaria Distrital de Planeación, en numeral 2.1 cita “Todos los datos para la programación presupuestal deben registrarse en pesos, redondeando los últimos tres dígitos a miles por lo cual los valores menores a 500 se ajustarán al valor inferior y los mayores o iguales a 500 al valor superior”. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Chapinero,
DECRETA:
Artículo primero.
Ajustar a miles el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma TREINTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL PESOS ($32.189.036.000) M/CTE., conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 1 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 15.985.371.000 2 | INGRESOS | 16.203.665.000 2 1 | INGRESOS CORRIENTES | 374.133.000 2 1 2 | NO TRIBUTARIOS | 374.133.000 2 1 2 03 | Multas | 372.665.000 2 1 2 99 | Otros Ingresos No Tributarios | 1.468.000 2 2 | TRANSFERENCIAS | 15.634.974.000 2 2 4 | ADMINISTRACIÓN CENTRAL | 15.634.974.000 2 2 4 05 | Participación Ingresos Corrientes del Distrito | 15.634.974.000 2 2 4 05 01 | Vigencia | 15.634.974.000 2 4 | RECURSOS DE CAPITAL | 194.558.000 2 4 3 | RENDIMINIENTOS POR OPERACIONES FINANCIERAS | 33.859.000 2 4 3 02 | Otros Rendimientos por Operaciones Financieras | 33.859.000 2 4 9 | OTROS RECURSOS DE CAPITAL | 160.699.000 | TOTAL INGRESOS + DISPONIBILIDAD INICIAL | 32.189.036.000
Artículo segundo.
Ajustar a miles el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2017, por la suma de TREINTA Y DOS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SEIS MIL PESOS ($32.189.036.000) M/CTE. conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 3 | GASTOS | 32.189.036.000,00 3.1 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | 2.240.980.000,00 3.1.2 | GASTOS GENERALES | 1.436.000.000,00 3.1.2.01 | Adquisición de bienes | 169.282.000,00 3.1.2.01.02 | Gastos de computador | 72.000.000,00 3.1.2.01.03 | Combustibles, lubricantes y llantas | 42.200.000,00 3.1.2.01.04 | Materiales y suministros | 28.000.000,00 3.1.2.01.05 | Compra de equipo | 27.082.000,00 3.1.2.02 | Adquisición de servicios | 1.266.718.000,00 3.1.2.02.01 | Arrendamientos | 80.000.000,00 3.1.2.02.03 | Gastos de transporte y comunicación | 55.000.000,00 3.1.2.02.04 | Impresos y publicaciones | 26.000.000,00 3.1.2.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 860.000.000,00 3.1.2.02.05.01 | Mantenimiento entidad | 860.000.000,00 3.1.2.02.06 | Seguros | 120.718.000,00 3.1.2.02.06.01 | Seguros Entidad | 45.000.000,00 3.1.2.02.06.04 | Seguro de vida ediles | 10.000.000,00 3.1.2.02.06.05 | Seguro de salud ediles | 65.718.000,00 3.1.2.02.08 | Servicios Públicos | 125.000.000,00 3.1.2.02.08.01 | Energía | 57.754.000,00 3.1.2.02.08.02 | Acueducto y alcantarillado | 26.000.000,00 3.1.2.02.08.03 | Aseo | 7.251.000,00 3.1.2.02.08.04 | Teléfono | 33.995.000,00 3.1.8 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 804.980.000,00 3.1.8.02 | GASTOS GENERALES | 804.980.000,00 3.1.8.02.01 | Adquisición de bienes | 157.006.000,00 3.1.8.02.01.02 | Gastos de computador | 90.127.000,00 3.1.8.02.01.03 | Combustibles, lubricantes y llantas | 30.164.000,00 CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR 3.1.8.02.01.04 | Materiales y suministros | 10.941.000,00 3.1.8.02.01.05 | Compra de equipo | 25.774.000,00 3.1.8.02.02 | Adquisición de servicios | 647.974.000,00 3.1.8.02.02.01 | Arrendamientos | 8.262.000,00 3.1.8.02.02.03 | Gastos de transporte y comunicación | 36.866.000,00 3.1.8.02.02.04 | Impresos y publicaciones | 28.009.000,00 3.1.8.02.02.05 | Mantenimiento y Reparaciones | 565.967.000,00 3.1.8.02.02.05.0001 | Mantenimiento entidad | 565.967.000,00 3.1.8.02.02.06 | Seguros | 8.870.000,00 3.1.8.02.02.06.01.0001 | Seguros Entidad | 8.870.000,00 | 3.3 | INVERSIÓN | 29.948.056.000,00 ---|---|---|--- | 3.3.1 | DIRECTA | 14.767.665.000,00 | 3.3.1.15 | Bogotá Mejor Para Todos | 14.767.665.000,00 | 3.3.1.15.01 | Pilar igualdad de calidad de vida | 2.659.197.000,00 | 3.3.1.15.01.02 | Desarrollo integral desde la gestación hasta la adolescencia | 255.000.000,00 | 3.3.1.15.01.02.1293 | Contribuir en el desarrollo de la Primera Infancia y la eliminación de las violencias. | 255.000.000,00 | 3.3.1.15.01.03 | Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente | 867.197.000,00 | 3.3.1.15.01.03.1294 | Fortalecimiento a las personas mayores. | 712.197.000,00 | 3.3.1.15.01.03.1295 | Brindar acciones integrales, para personas con discapacidad y sus respectivos cuidadores. | 155.000.000,00 | 3.3.1.15.01.04 | Familias protegidas y adaptadas al cambio climático | 800.000.000,00 | 3.3.1.15.01.04.1296 | Reducción y mitigación del riesgo frente al cambio climático. | 800.000.000,00 | 3.3.1.15.01.07 | Inclusión educativa para la equidad | 120.000.000,00 | 3.3.1.15.01.07.1297 | Por un territorio educado, incluyente y diverso. | 120.000.000,00 | 3.3.1.15.01.11 | Mejores oportunidades para el desarrollo a través de la cultura, la recreación y el deporte | 617.000.000,00 | 3.3.1.15.01.11.1298 | Cultura y deporte: transformando vidas y haciendo ciudadanos felices. | 617.000.000,00 | 3.3.1.15.02 | Pilar democracia urbana | 8.417.570.000,00 | 3.3.1.15.02.17 | Espacio público, derecho de todos | 1.476.767.000,00 | 3.3.1.15.02.17.1300 | Adecuación y mantenimiento de parques. | 1.476.767.000,00 | 3.3.1.15.02.18 | Mejor movilidad para todos | 6.940.803.000,00 | 3.3.1.15.02.18.1301 | Mejorar la calidad de la movilidad. | 6.940.803.000,00 | 3.3.1.15.03 | Pilar Construcción de comunidad y cultura ciudadana | 738.383.000,00 | 3.3.1.15.03.19 | Seguridad y convivencia para todos | 738.383.000,00 | 3.3.1.15.03.19.1302 | Entornos seguros para la ciudadanía. | 738.383.000,00 | 3.3.1.15.07 | Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia | 2.952.515.000,00 | 3.3.1.15.07.45 | Gobernanza e influencia local, regional e internacional | 2.952.515.000,00 | 3.3.1.15.07.45.1304 | Gobernanza y fortalecimiento del desarrollo institucional. | 2.241.335.000,00 | 3.3.1.15.07.45.1305 | En Chapinero participamos todos. | 711.180.000,00 | 3.3.6 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 15.180.391.000,00 | 3.3.6.14 | Bogotá Humana | 13.337.825.000,00 | 3.3.6.14.01 | Una ciudad que supera la segregación y la discriminación: el ser humano en el centro de las preocupaciones del desarrollo | 2.151.296.000,00 | 3.3.6.14.01.01 | Garantía del desarrollo integral de la primera infancia | 161.072.000,00 | 3.3.6.14.01.01.1240 | Fortalecer la primera infancia | 161.072.000,00 | 3.3.6.14.01.02 | Territorios saludables y red de salud para la vida desde la diversidad | 314.075.000,00 | 3.3.6.14.01.02.0876 | Prevención integral en salud a la población vulnerable | 314.075.000,00 | 3.3.6.14.01.04 | Bogotá Humana con igualdad de oportunidades y equidad de género para las mujeres | 60.127.000,00 | 3.3.6.14.01.04.0878 | Acciones de promoción de derechos y oportunidades para las mujeres de Chapinero | 60.127.000,00 CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR | 3.3.6.14.01.05 | Lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital | 341.462.000,00 | 3.3.6.14.01.05.0879 | Acciones contra las situaciones discriminación y violencias | 150.000.000,00 | 3.3.6.14.01.05.0881 | Apoyo a población del Adulto Mayor | 191.462.000,00 | 3.3.6.14.01.08 | Ejercicio de las libertades culturales y deportivas | 1.274.560.000,00 | 3.3.6.14.01.08.0882 | Acciones de formación, promoción, circulación y divulgación artística | 288.207.000,00 | 3.3.6.14.01.08.0884 | Deporte vital para Chapinero | 186.353.000,00 | 3.3.6.14.01.08.0885 | Mantenimiento y dotación de parques | 800.000.000,00 | 3.3.6.14.02 | Un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena alrededor del agua | 9.607.423.000,00 | 3.3.6.14.02.17 | Recuperación, rehabilitación y restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua | 1.050.000.000,00 | 3.3.6.14.02.17.0889 | Recuperación integral de quebradas con enfoque territorial en la Localidad de Chapinero | 1.050.000.000,00 | 3.3.6.14.02.19 | Movilidad Humana | 7.752.423.000,00 | 3.3.6.14.02.19.0890 | Mantenimiento y rehabilitación de la malla vial y andenes de la localidad | 7.752.423.000,00 | 3.3.6.14.02.20 | Gestión integral de riesgos | 630.000.000,00 | 3.3.6.14.02.20.0892 | Fortalecimiento de la gestión de riesgos de la localidad | 630.000.000,00 | 3.3.6.14.02.21 | Basura cero | 75.000.000,00 | 3.3.6.14.02.21.0893 | Basura cero en mi Chapinero | 75.000.000,00 | 3.3.6.14.02.22 | Bogotá Humana ambientalmente saludable | 100.000.000,00 | 3.3.6.14.02.22.1241 | Chapinero promueve la cultura de protección ambiental, fauna doméstica y silvestre | 100.000.000,00 | 3.3.6.14.03 | Una Bogotá que defiende y fortalece lo público | 1.579.106.000,00 | 3.3.6.14.03.24 | Bogotá Humana: participa y decide | 480.848.000,00 | 3.3.6.14.03.24.0898 | En Chapinero participan todos y todas | 480.848.000,00 | 3.3.6.14.03.27 | Territorios de vida y paz con prevención del delito | 525.729.000,00 | 3.3.6.14.03.27.0900 | Vive y muévete seguro en mi Chapinero | 525.729.000,00 | 3.3.6.14.03.31 | Fortalecimiento de la función administrativa y desarrollo institucional | 572.529.000,00 | 3.3.6.14.03.31.0901 | Fortalecimiento de la administración local | 572.529.000,00 | 3.3.6.90 | OBLIGACIONES POR PAGAR VIGENCIAS ANTERIORES | 1.842.566.000,00 |
4. | DISPONIBILIDAD FINAL | 0 | | TOTAL GASTOS MÁS DISPONIBILIDAD FINAL | 32.189.036.000,00 | | | | | | |
Artículo tercero.
El presente Decreto Local rige desde de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 2017.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 30 días del mes de diciembre de 2016
HERNANDO JOSE QUINTERO MAYA
Alcalde Local de Chapinero
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