Resolución 1944 de 2016
Resolución 1944 de 2016 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1944
- Año
- 2016
- Fecha
- 27 de octubre de 2016
- Entidad
- Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1944 de 2017 (Octubre 27) “Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad de la Información de la Secretaría de Educación del Distrito” “LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO” En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1993, el Decreto 330 de 2008 y por el Decreto 01 del 1 de enero de 2016 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#5.) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 establece que las actuaciones administrativas serán públicas y estarán soportadas en tecnologías de información y comunicación, de manera que el acceso a la información oportuna y confiable, facilite el ejercicio efectivo de los derechos constitucionales y legales y los controles ciudadano, político, fiscal, disciplinario y de gestión o administrativo.
Que la Comisión Distrital de Sistemas de Bogotá D.C., en su calidad de organismo rector de las políticas y estrategias a nivel de tecnologías de la información y de las comunicaciones en el Distrito y órganos de control del Distrito Capital, mediante Resolución [305](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=33486) de 2008 determino el marco de referencia de las mejores prácticas para el desarrollo e implementación del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información, los procedimientos para el adecuado uso y administración de los recursos informáticos y señaló que el del Sistema de Gestión de Seguridad de la Información debe estar alineado con el Sistema Integrado de Gestión, en cada uno de sus componentes, esto es, los Sistemas de Gestión de Calidad, Control Interno, Desarrollo Administrativo y Gestión Ambiental. Qué el Gobierno Nacional, a través del documento CONPES 3701 del 14 de julio de 2011, estableció la Estrategia Nacional de Ciberseguridad y Ciberdefensa, con el fin de desarrollar medidas que aseguren la información de los ciudadanos frente a las amenazas informáticas y que deben ser adoptados.
Que el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y la Comunicaciones N°[1078](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62513) de 2015, dispone que las entidades que conforman la administración pública serán sujetos obligados al cumplimiento de las políticas y los lineamientos de la Estrategia de Gobierno en Línea y estableció como uno de sus cuatro componentes el de la Seguridad y Privacidad de la Información comprendido por las acciones trasversales a los componentes de TIC para Servicios, TIC para el Gobierno Abierto y TIC para la Gestión, tendientes a proteger la información y sistemas de información, del acceso, divulgación, interrupción o destrucción no autorizada.
Que se hace necesario que la Secretaría de Educación, adopte y manifieste su compromiso con el establecimiento de políticas y objetivos de la seguridad de la información, en concordancia con los principios de seguridad y privacidad de la información y la normativa aplicable, con el fin de prevenir riesgos, racionalizar trámites y ofreciendo accesibilidad a su trámites y servicios.
Que en mérito de lo expuesto este despacho,
RESUELVE:
Artículo 1°.
Objetivo**. La presente resolución tiene por objetivo adoptar la Política de Seguridad de la Información de la Secretaría de Educación del Distrito, la cual hace parte del Sistema Integrado de Gestión de la entidad.
Artículo 2°.
Política de la Seguridad de la Información:** "La Secretaría de Educación del Distrito en el cumplimiento de su misión y de los objetivos estratégicos se compromete a organizar, planificar, implementar, soportar, operar, evaluar y mejorar la Seguridad de la Información de la entidad, a fin de proteger, preservar y asegurar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los activos de información que soportan los procesos de la SED.”
Parágrafo 1°. El manual que desarrolla la Política de Seguridad de la Información hace parte integral de la presente resolución y tiene como finalidad gestionar adecuadamente la protección de la información de la SED.
Artículo 3º.
La Política de la Seguridad de la Información aplica a todos los servidores públicos, contratistas, terceros, aprendices, practicantes, usuarios y en general a todas las personas que de manera directa o indirecta hagan uso de la información ofrecida por la entidad en el nivel central, local e institucional.
Artículo 4º.
Objetivos específicos de la Política.** Los objetivos de la política son: · Minimizar el riesgo de incumplimiento de los objetivos misionales de la entidad y de afectación de los servicios internos y externos por incidentes, fallas o vulnerabilidades. · Cumplir con los principios generales de seguridad de la información definidos en las normas y reglamentación vigente. · Cumplir con los principios de la función administrativa. · Mantener la confianza de la ciudadanía, entes de control, entidades gubernamentales en la información y servicios ofrecidos por la SED. · Gestionar los riesgos tecnológicos de la institución, cumpliendo con las normas y recomendaciones de mejores prácticas de seguridad. · Proteger los activos de información brindando confiablidad, integridad y disponibilidad. · Establecer el manual de la política, procesos, procedimientos e instructivos en materia de seguridad de la información al interior de la SED. · Fortalecer la cultura de seguridad de la información sensibilizando y capacitando a los servidores públicos, contratistas, terceros, aprendices, practicantes, usuarios y en general todas las personas que usen la información ofrecida por la entidad. · Definir los responsables, funciones y roles en la planificación, implementación, control, seguimiento y mejoramiento del Subsistema de gestión de la seguridad de la información y la gestión del riesgo. · Garantizar la continuidad del negocio frente a incidentes.
Artículo 5º.
Lineamientos de la política.** La Secretaría de Educación del Distrito implementará y divulgará la política y sus lineamientos descritos en el documento “Política General del subsistema de gestión de la seguridad de la información”, teniendo en cuenta: 1. Aspectos organizativos de la seguridad de la información 2. Seguridad de los recursos humanos 3. Gestión de activos 4. Control de accesos 5: Cifrado 6. Seguridad física y ambiental 7. Seguridad operativa 8. Seguridad en las telecomunicaciones 9. Adquisición, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información 10. Relaciones con proveedores 11. Gestión de incidentes en la seguridad de la información 12. Gestión de la continuidad del negocio 13. Cumplimiento
Artículo 6º.
Revisión.** El Manual de la Política de la Seguridad de la Información será revisado anualmente o antes (si es requerido), con el fin de garantizar la pertinencia, oportunidad y vigencia. Esta actividad es propuesta por el Comité Estratégico del Sistema Integrado de Gestión y deberá ser aprobado por la Secretaria de Educación de Bogotá.
ARTÍCULO 7º- Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Dada en Bogotá D.C. a los veintisiete (27) días del mes de octubre de dos mil dieciséis (2016). PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ Secretaria de Educación del Distrito NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5982 del 26 de diciembre de 2016
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