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Circular 090 de 2016

Circular 090 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
090
Año
2016
Fecha
15 de diciembre de 2016
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 090 DE 2016

(Diciembre 15)

| | **Para:

| SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, VEEDURÍA DISTRITAL, ALCALDÍAS LOCALES ---|--- **De:

| SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto: | BIENES OFRECIDOS PARA ENAJENACIÓN A TÍTULO GRATUITO De manera atenta informamos que el Subsecretario Corporativo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., mediante la Resolución Nro. 149 del 30 de noviembre de 2016, autorizó y ordenó la baja de unos bienes servibles no utilizables e inservibles de propiedad de esta entidad, determinándose como destino final para el caso de los bienes servibles no utilizables, su enajenación a título gratuito entre Entidades Estatales conforme el procedimiento establecido en el artículo 2.2.1.2.2.4.3., del Decreto [1082](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62517) del 26 de mayo de 2015.

De conformidad con la citada norma, el día 02 de diciembre de 2016 fue publicado en la página Web de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., el listado de bienes muebles que no utiliza la entidad y que son objeto de ofrecimiento a título gratuito a las Entidades Estatales.

Por lo anterior los invitamos a consultar el listado de bienes ofrecidos en el link: http://www.secretariageneralalcaldiamavor.gov.co/enajenacion-de-bienes-muebles La Entidad Estatal interesada en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud.

Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal que primero haya manifestado su interés tendrá preferencia. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la interesada en recibirlo, suscribirán un acta de entrega en la cual se establecerá la fecha de entrega material del bien, la cual no debe ser mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.

Por favor dirija su manifestación de interés a la siguiente dirección:

Edgar González Sanguino

Subdirector de Servicios Administrativos

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